Relacion Juridica
Enviado por luisalirio005 • 22 de Julio de 2012 • 885 Palabras (4 Páginas) • 793 Visitas
TEMA 3
LA RELACION JURIDICA
ADVERTENCIA NECESARIA
El tema desarrollado a continuación sólo constituye una guía u orientación para uso del estudiante cursante de la asignatura “Derecho Civil”, en la Escuela de Administración y Contaduría de la Universidad Central de Venezuela, que ha sido elaborada por el Profesor Raúl Aguana Santamaría, para los alumnos cursantes de dicha asignatura, mediante la compilación de distintos autores y fuentes, tratando de ajustarla al Programa correspondiente. No se pretende que esta guía constituya elemento que supla o sustituya la bibliografía respectiva que el aludido Programa y/o el Profesor de la materia recomiendan utilizar.
Concepto – Es el vínculo jurídico entre dos o más sujetos, en virtud del cual, uno de ellos tiene la facultad de exigir algo que el otro debe cumplir.
La relación jurídica, según se expresa en la definición, se establece siempre entre los sujetos del derecho (activo y pasivo), y no entre el sujeto y la cosa, como sostiene erróneamente la doctrina tradicional. Entre los sujetos y las cosas, existen relaciones de hecho, pero no vínculos jurídicos. En el capítulo siguiente, al referirnos a los derechos reales, explicaremos entre quienes se establecen las relaciones jurídicas que tales derechos implican.
Con lo dicho se comprende que en virtud de una relación jurídica, una persona tiene la facultad de exigir algo (derecho subjetivo), que otra debe cumplir (deber jurídico a cargo del sujeto pasivo de la relación).
Según una opinión muy corriente, la relación jurídica no es otra cosa que el derecho en sentido subjetivo (no confundir con el derecho subjetivo o facultad jurídica), es decir, la realidad de las consecuencias jurídicas (derechos y deberes) para los sujetos activo y pasivo, consecuencias que surgen una vez realizado el supuesto normativo.
Para cerrar este párrafo, recordaremos que, según Legaz y Lacambra, “el concepto de relación jurídica es uno de aquellos conceptos jurídicos “puros” que son dados con la idea misma del Derecho, así como la existencia de relaciones jurídicas concretas es una simple implicancia de la realidad de un orden jurídico dado”.
70. – Fuentes de la relación jurídica. – Toda relación jurídica se origina o reconoce su fuente en un hecho jurídico (o varios) es decir, en un hecho que coincida con el supuesto o hipótesis de la norma que regule dicha relación. Más que de causa conviene hablar de fuente productora, porque aquél es un término equívoco).
Sobre esta base, es decir, según el hecho jurídico que le haya servido de fuente, se dividen las relaciones jurídicas en convencionales y extraconvencionales (las surgidas de un delito, cuasidelito, etc.).
Relación jurídica es el elemento más importante desde el punto de vista del derecho subjetivo, así como la norma jurídica lo es desde el punto de vista objetivo. Por consiguiente se entiende que
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