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Relaciones Juridicas


Enviado por   •  25 de Octubre de 2012  •  5.068 Palabras (21 Páginas)  •  428 Visitas

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ARGUMENTACION JURIDICA

En la práctica el argumento jurídico es uno de los más frecuentes y reviste una gran importancia en el ámbito jurisdiccional, pues con él se recurre a la jurisprudencia y a la doctrina que son sus vertientes principales. La teoría de la argumentación o del debate, abraza las artes y las ciencias del debate civil, dialéctica parlamentaria, diálogo, conversación y por supuesto la persuasión. Estudia las reglas de la inferencia, la lógica y las reglas de procedimiento en ambos sistemas. La argumentación se preocupa principalmente de llegar a conclusiones a través del razonamiento lógico, es decir, afirmaciones basadas en premisas. Aunque en la teoría de la argumentación se incluye el debate y la negociación, las cuales están dirigidas a alcanzar unas conclusiones de mutuo acuerdo aceptables, su principal motivación circunscribe la rama del debate social en el que la victoria sobre un oponente es el principal objetivo. Este arte y ciencia es con frecuencia el medio por el cual algunas personas protegen sus creencias o propios intereses en un diálogo racional, en simples coloquios o durante el proceso de argumentación o defensa de ideas. La argumentación es usada en la ley, en los juicios, para probar y comprobar la validez de ciertos tipos de evidencias. Los estudiantes de argumentación estudian las racionalizaciones post hoc mediante las cuales un individuo organizado puede justificar decisiones que han sido realizadas de forma irracional. Una de las definiciones de este tipo de argumento es la que propone Perelman en su Tratado de la argumentación, cuando menciona: “El argumento de prestigio que se caracteriza con más claridad es el argumento jurídico, el cual utiliza actos o juicios de una persona o de un grupo de personas como el medio de prueba a favor de una tesis.” A tal efecto pueden considerarse las siguientes tesis como ejemplos de argumento de autoridad por el órgano que emite las tesis, en este caso el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, quien emite su criterio revistiéndolo de las juicios que lo sustenten. Así, por ejemplo: “Los anteriores argumentos son fundados y suficientes para revocar la sentencia que se revisa, atendiendo a que el Tribunal del Pleno ha venido sustentando el criterio en el sentido de que la inconstitucionalidad de una ley no deriva de su contradicción con otra ley ordinaria, sino de su pugna con la Constitución Federal, ello, con independencia que con motivo de la citada contradicción que se aduce se invocan como infringidas las garantías de legalidad y seguridad jurídica, pues tal infracción sólo se reclama en vía de consecuencia, pero no como una violación directa a un precepto constitucional.”

Definición del termino Discurso.

Se puede definir el discurso como "toda sucesión de palabras, extensas o cortas, que sirva para expresar lo que discurrimos, debe ser adecuado, es decir, ordenado, acomodado y proporcionado para lo que se quiere, perfecto para el caso".

Esta definición sugiere que el comunicador sabe lo que quiere con su discurso, y lo organiza para lograr ese objetivo.

Todo discurso posee tres partes fundamentales: la introducción, el desarrollo y la conclusión. A su vez, la introducción tiene cuatro funciones: captar la atención del público, establecer una relación positiva con el público, justificar el tema y anunciar al público la información que recibirá

Concepto de Discurso jurídico.

El discurso jurídico es un tipo de juego de lenguaje, tiene determinadas reglas y procedimientos que lo guían y que le son propias a su naturaleza como discurso.

Lenguaje y discurso jurídico.

Con el concepto juegos del lenguaje, Wittgenstein (1988, 1997) se refiere a una prodigiosa diversidad de actividades que caracterizaría al uso del mismo; entre otras, según Wittgenstein, se encontrarían:

"...Ordenar y actuar según órdenes -Describir un objeto según el aspecto o según las medidas -Crear un objeto según una descripción (dibujo) -Relatar un suceso -Hacer suposiciones sobre un suceso -Plantear una hipótesis y comprobarla -Representar los resultados de un experimento mediante cuadros y diagramas -Inventar una historia; y leerla...-Pedir, agradecer, blasfemar, saludar, orar..." (Wittgenstein, 1988: 43).

A partir de este catastro de actividades, Wittgenstein (1988, 1997, 1998) nos remite también a la idea de que entre los juegos de lenguajes sólo hay parecidos de familia respecto de reglas y procedimientos, pues entre ellos hay una complicada red de semejanzas que se solapan y entrecruzan. Semejanzas en lo grande y en lo pequeño (Wittgenstein, 1988: 73).

Como otros, el discurso jurídico es un tipo de juego de lenguaje. Tiene determinadas reglas y procedimientos que lo guían y que le son propias a su naturaleza como discurso. Este es el punto de partida de algunos autores que describen el discurso jurídico; así lo hacen, por ejemplo, Alexy (1989) y Atienza (1993) que trabajan en argumentación jurídica; también encontramos en Manson (1984) y Barros (1994) trabajos específicos que señalan los procedimientos de este lenguaje.

Como otros juegos, los del lenguaje se rigen por reglas. Wittgenstein aquí (1988, 1997, 1998) nos recuerda también que, para la existencia de una regla, es necesario que varias personas la sigan en diversos momentos: Al respecto Wittgenstein (1988) es preciso:

"...No puede ser que una regla sea seguida una sola vez por una sola persona ... Seguir una regla, comunicar algo, dar una orden, jugar una partida de ajedrez son costumbres (usos, instituciones)."(Wittgenstein, 1988: 91).

Cada institución tiene costumbres, usos específicos que definen el juego de lenguaje en el que participan sus jugadores. En este sentido, la actividad específica del discurso jurídico es una forma de vida que, como tal, tiene una praxis vital común caracterizada por determinadas convicciones fundamentales. Sobre estas convicciones, todo tipo de juego se erige como sistema.

Para Alexy (1989), en particular, el discurso jurídico es un discurso especial dentro del discurso práctico racional general, especializado en buscar la corrección en la emisión de enunciados normativos a través de la argumentación jurídica. Lo central de la búsqueda de la corrección procedimental. Como discurso, Alexy (1989) lo explica del siguiente modo:

"...En los discursos jurídicos se trata de la justificación de un caso especial de proposiciones normativas, las decisiones jurídicas..." (Alexy, 1989: 213).

Otros autores como Barros (1994) o Manson (1984) relacionan directamente el trabajo de la justificación jurídica o argumentación jurídica a los procedimientos empleados por la lógica para desarrollar la deducción

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