Relaciones sociales y culturales y los derechos civiles y políticos en relación a los aportes de la "Declaración y Programas de Acción de Viena"
Enviado por yus10406626 • 3 de Abril de 2016 • Ensayo • 999 Palabras (4 Páginas) • 500 Visitas
Identificar la relación entre derechos económicos, sociales y culturales y los derechos civiles y políticos en relación a los aportes de la "Declaración y Programas de Acción de Viena" [1993]
Cuando se pretende conciliar o buscar una relación entre cosas semejantes o distintas ha de estar presente una dicotomía, muchas veces insuficiente o insostenible capaz de representar dos conceptualizaciones distintas, de instituciones que desde su origen amalgaman la protección de los Derechos inherente de la persona, Los derechos económicos, sociales y culturales y los derechos civiles y políticos siameses en su origen e intención, por razones quizás de preferencias por autores de la época, lo generacionalizan o estratifican, ubicándolos en situaciones distintas o periodos diferentes sin entender que ambos contienen los principios fundamentales de la declaración universal de los derechos humanos, a fin de darle obligaciones legales entre las distintas naciones signatarias, propiciando de esta manera una garantía formal relativa al cumplimiento por parte de los Estados, pongamos por ejemplo lo tratado en la
¨Teoría y perspectivas de los derechos humanos por camps Victoria (1998) Amnistía internacional Barcelona, Mimeo¨
allí observamos en la pagina 52 las fechas casi dos décadas después de la Declaración de los DDHH ambos son promulgados en fechas iguales bajo el mismo compromiso pacto internacional 1966 y ambos entran en vigor el 1976, luego en la página 75 nos plantea que existen dos generaciones a criterios de muchos autores, la primera en el siglo XVIII derechos Civiles y Políticos, y la segunda generación siglo XIX o XX económicos sociales y culturales en contraposición a lo planteado anteriormente según la fechas de origen las cuales para ambos son las mismas y su compromiso igual. Conlleva esto a una separación a criterio personal innecesaria ya que para su aplicación su obligatoriedad e inclusive la correlación existentes entre ambas no presenta mayor sentido. Y como causales el dispar desarrollo de ambos grupos de derecho tanto a nivel nacional como internacional y que han ocasionado de manera injusta su postergación y como tal el cumplimiento real de las obligaciones estadales sobre todo en materia de derechos económicos, sociales y culturales. Así como se plantea en el tema sobre la justiciabilidad el marco de la unidad I
¨lectura I derechos económicos sociales y culturales: derribar mitos enfrentar retos, tender puentes por Ligia Bolívar, pág. 12 y 13 se plantea los siguiente¨ (Una vez definido el contenido mínimo esencial de un derecho, se creen mecanismos mediante los cuales los ciudadanos, en igualdad de oportunidades y condiciones, puedan reclamar su disfrute tomando en cuenta las obligaciones del Estado en torno a su satisfacción… los mismos requieren del Estado acciones que aseguren su respeto (absteniéndose de actuar en contrario) y su protección (mediante medidas que aseguren su disfrute efectivo).
Recordemos que Cuando se habla de "derechos humanos" hay un acuerdo general en que se refiere a un conjunto de derechos que corresponden a toda persona, sin ningún tipo de excepción, sólo por el hecho de pertenecer a la gran familia humana. Siendo esta la idea que se recoge el primer artículo de la Declaración Universal de los Derechos
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