Resolucion 1016/89
Enviado por keydiaz • 10 de Marzo de 2014 • 798 Palabras (4 Páginas) • 382 Visitas
COMO SE DEBE HACER?
En el medio en el cual nos movemos o desenvolvemos estamos constantemente hablando de la seguridad en los lugares de trabajo el cual es un tema casi trillado pero sin lugar a duda supremamente importante y como todo debe estar sujeto o regido por leyes, resoluciones, normas, decretos entre otras a continuación estaremos mencionando una resolución que reglamenta la organización, funcionamiento y forma de los Programas de Salud Ocupacional que deben desarrollar los patronos o empleadores en el país llamada resol. 1016 de 31 marzo del 1989. Todos los empleadores públicos, oficiales, privados, contratistas y subcontratistas, están obligados a organizar y garantizar Programas de Salud Ocupacional (P.S.O.), que aborden: planeación, organización, ejecución y evaluación de actividades de los subprogramas: Medicina Preventiva, Medicina del Trabajo, Higiene Industrial y Seguridad Industrial. Para preservar, mantener y mejorar la salud individual y colectiva de los trabajadores, en sus ocupaciones y deben ser desarrolladas en sus sitios de trabajo en forma integral e interdisciplinaria.
La elaboración y ejecución de los subprogramas podrán ser realizados:
Exclusivas y propias de la empresa, en conjunto con otras empresas (cada empresa debe desarrollar su programa específico, pero podrá compartir en conjunto recursos) Contratando con una entidad que preste este tipo de servicios, pero que sea reconocida por el ministerio de salud.
P.S.O. se desarrollará de acuerdo con la actividad económica de la empresa y será específico de acuerdo a los riesgos reales y potenciales y al número de trabajadores. Debe ir firmado por el representante legal y la persona encargada de desarrollarlo, incluyendo cronograma de actividades.
Tanto el programa como el cronograma deben estar actualizados y disponibles para las autoridades de vigilancia y control.
Es obligación que los empleadores destinen recursos financieros y físicos para el P.S.O., y deben nombrar una persona encargada de dirigir y coordinar las actividades. Cada subprograma debe contar con personal idóneo. P.S.O. cubrirá todas las jornadas laborales y todas las sedes de trabajo para asegurar cobertura efectiva a todos los trabajadores.
Los Artículos 8 y 9 estipulan que las personas naturales o jurídicas que ofrezcan servicios de S.O. deben ser acreditados por la autoridad competente con base en la legislación vigente. Y no implica el traslado de responsabilidades de los empleadores.
Los subprogramas de Medicina Preventiva y del Trabajo buscan promover, prevenir y controlar la salud del trabajador, protegiéndolo de los riesgos ocupacionales, ubicándolo en un sitio de trabajo a acorde a sus condiciones psicofisiológicas y manteniendo la productividad en el trabajo. Funciones:
Realizar exámenes médicos, clínicos y paraclínicos para la admisión, ubicación
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