Responsabilidad Social
Enviado por tonychiki • 25 de Septiembre de 2012 • 1.269 Palabras (6 Páginas) • 391 Visitas
DERECHOS HUMANOS SOCIALES
Cuando hablamos de Derechos Humanos Sociales, nos referimos a aquellas libertades, facultades o reivindicaciones relativas a bienes primarios o básicos que incluyen a toda persona, por el simple hecho de su condición humana, para la garantía de una vida digna, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.
Los países que suscriben los Pactos Internacionales de Derechos Humanos y sus Protocolos -Carta Internacional de Derechos Humanos- están obligados jurídicamente a su cumplimiento. Así por ejemplo, en relación con la pena de muerte, el Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, destinado a abolir la pena de muerte no ha sido firmado por países como la República Popular China, Irán, Estados Unidos, Vietnam, Japón, India o Guatemala.
Los derechos humanos permiten crear una relación integrada entre la persona y la sociedad, que permita a los individuos ser personas jurídicas, identificándose consigo mismos y con los otros.
En los últimos años ha cobrado fuerza la idea de la indivisibilidad e interdependencia de los derechos humanos. Se considera entonces que si no se garantizan los derechos económicos, sociales y culturales, los derechos civiles y políticos no podrán ser respetados ni protegidos.
Los Derechos Humanos sociales son aquellos que posibilitan un nivel de vida adecuado para las personas. Cubren las siguientes áreas:
• La igualdad entre hombres y mujeres
• La accesibilidad y las condiciones de empleo
• La sindicalización
• La seguridad social
• La prioridad a la familia y a la protección especial a los niños
• El disfrute de la cultura
• La alimentación
• La vivienda
• La educación
• La salud física y mental
• El medio ambiente sano
En la Conferencia Mundial de Derechos Humanos de Viena (1993) se declaró, precisamente, la indivisibilidad, interconexión e interdependencia de todos los derechos humanos. La comunidad internacional se comprometió allí a no desmembrar la universalidad de estos derechos.
El principio de indivisibilidad ya se encontraba consagrado en la Declaración Universal de los Derechos del Hombre de 1948. En 1966 se adoptó el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC), y se creó el órgano encargado de controlar las obligaciones de los estados firmantes (Comité de DESC).
Hasta 2008, no existía un mecanismo efectivo de exigibilidad y justiciabilidad. Esto constituyó una de las principales demandas de la sociedad civil: la adopción, por parte de la Asamblea General de la ONU, de un protocolo facultativo al PIDESC, lo que finalmente ocurrió el 10 de diciembre de 2008 coincidentemente con el 60 aniversario de la Declaración Universal de los Derechos Humanos.
El Protocolo Facultativo al Pacto Internacional de Derechos Económicos Sociales y Culturales (PIDESC) significa que ahora las personas podrán presentar denuncias individuales o colectivas ante la comunidad internacional cuando sus derechos a salir de la miseria sean violados. Para que el protocolo facultativo entre en vigor, es necesario que 10 Estados ratifiquen o quieran hacerlo. La Coalición International de ONGS por un Protocolo Facultativo al PIDESC está en campaña para asegurar la ratificación e implementación del PF para el 24 de setiembre, día de la ceremonia de firma en Nueva York.
A nivel de América Latina las ONG vienen movilizándose activamente. En 1998, un conjunto muy representativo de organizaciones y redes regionales y de defensores de derechos humanos se reunió en Quito para discutir sobre la exigibilidad y proponer iniciativas que pudieran servir para viabilizarla.
Allí se estableció que “la forma y medida en que un Estado cumpla con sus obligaciones respecto de los DESC no solamente ha de ser materia del escrutinio de los órganos de verificación del cumplimiento de las normas que los consagran y garantizan,
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