TEORIA DE REPRESENTACION
Enviado por dend3 • 11 de Diciembre de 2014 • 469 Palabras (2 Páginas) • 576 Visitas
El art. 1448 del CC. Dispone que lo que una persona ejecuta a nombre de otra, facultada para representarla, produce un efecto como si los hubiera contratado el mismo. Cuando hablamos de representación, encontramos la concurrencia de un representante y un representado. Representado es el que faculta a otro, mediante un poder para que actúe por el, y el representante actúa a nombre de un tercero. En cuanto y cuando el representante actúe, ejerza, pacte y contrate dentro de la esfera de atribuciones que el representado le otorgo, los efectos del acto celebrado se radicarán en el patrimonio del representado. La representación cae en la totalidad de los actos jurídicos, salvo los personalísimos, pero hay un acto donde no cabe, y es en el otorgamiento de testamento, Art. 1004 CC, la facultad de testar es indelegable. Se ha discutido que naturaleza jurídica tiene la representación. Hay tres teorías:
1.-Teoría clásica o ficción: en virtud de la representación y por una ficción legal, en realidad el representado aun cuando no está presente es el que manifiesta su voluntad en el acto. El representante no manifiesta su voluntad sin el representado, y es pura y simplemente por una ficción legal. Se ha criticado esta teoría porque si el representante manifiesta la voluntad del representado.
2.- la teoría del nuncio o mensajero: esta teoría expresada por Von Savigny, sostiene esta teoría que el que manifiesta la voluntad es el representado y no el representante, y lo que hace el representante es ser un nuncio o mensajero de esta voluntad. El problema de esta teoría es que tiene el mismo defecto que la teoría clásica.
3.- La teoría de la cooperación de voluntades: esta teoría sostiene que el acto celebrado es uno solo, pero puede descomponerse la voluntad expresada en ese acto, en dos, es decir, la voluntad del representante en virtud del representado, es descomponible en dos; la voluntad del representante y la del representado.
4.- La teoría de la Modalidad: es decir, la representación es una modalidad de los actos jurídicos y una modalidad según veremos, tiene por función alterar los efectos normales de un acto, así las modalidades más conocidas son la condición, el plazo y el modo, entonces lo normal es que perfeccionado sea un contrato, sus efectos se produzcan de inmediato. Pero en virtud de una modalidad, puede que ese efecto se altere, y así por ejemplo si un contrato está sujeto a un plazo suspensivo, la persona no puede exigir el acto hasta que se cumpla la modalidad. La representación es una modalidad de los actos jurídicos, porque siendo el efecto normal de un acto, los efectos de un acto que se radiquen en las partes, en virtud de la representación, se altera el efecto normal de un acto y los efectos del mismo se radicarán en un tercero llamado representado.
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