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TEORIA GENERAL DE LOS CONTRATOS TEMA No. 1


Enviado por   •  8 de Noviembre de 2017  •  Resumen  •  562 Palabras (3 Páginas)  •  144 Visitas

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                                TEMA DE CONTRATOS

    TEMA No. 1

1.- TEORIA GENERAL DE LOS CONTRATOS

CONCEPTO.- Es el conjunto de principios, reglas e instituciones que presiden y regulan la formación de los contratos, establecen sus requisitos, las clases, modalidades, determinan sus efectos, disolución y extinción de los contratos.

2. HECHOS JURIDICOS

Son acontecimientos de la naturaleza o acciones del hombre que al materializar los supuestos de la norma jurídica y al individualizar esta, en relación a una determinada persona producen efectos de derecho.

3. CLASIFICACION DE LOS HECHOS JURIDICOS

Los hechos jurídicos se clasifican en naturales y humanos o voluntarios, estos últimos a su vez, se clasifican en lícitos o ilícitos, y, ambas categóricas, en intencionales y no intencionales.

4. HECHO JURIDICOS ILICITOS Y LICITOS.

Los hechos jurídicos ilícitos son aquellos que van contra el ordenamiento jurídico, el orden público y las buenas  costumbres, es decir son antijurídicos.    Mientras que los hechos jurídicos voluntarios ilícitos se adecuan al ordenamiento jurídico vigente, al orden publico, a la moral y las buenas costumbres,  por lo que precisamente son reconocidos y  garantizados por el ordenamiento jurídico.

  1. ILICITOS SIN INTENCIONALIDAD.- Son los producidos por negligencia o imprudencia, conocidos dentro de la fuerza clasica de las obligaciones como cuasideltos, modernamente llamados hechos ilícitos culposos.
  2. ILICITOS CON INTENCIONALIDAD.- Son aquellos cuyos efectos son deseados previstos por el sujeto y ratificados con acciones, llamados dentro de la referida clasificación de la fuente de las obligaciones, delitos y hechos ilícitos dolosos en la doctrina moderna.
  3. LICITOS SIN INTENCIONALIDAD.- Son actuaciones puramente voluntarias del sujeto de las que surgen consecuencias de derecho previstas por el ordenamiento jurídico, aunque no representadas ni queridas por el sujeto actuante. Dentro de este tipo de hechos jurídicos tenemos: a) gestión de negocios (art. 973 al 983 C.C.),b) pago de lo no debido (art. 963 al 972)c) enriquecimiento ilegitimo (art. 961 al 962 C.C.)
  4. LICITOS CON INTENCIONALIDAD.- Son aquellos cuyos efectos son deseados y previsto por el sujeto y ratificados con su actuación, a estos se los conoce en la doctrina francesa como actos jurídicos y en la italiana se los denomina actos jurídicos o negocios jurídicos.

5. CONCEPTO DE ACTO JURIDICO.- Son todas las manifestaciones de la voluntad que tengan por fin producir un efecto jurídico.      Acontecimiento en virtud de los cuales las relaciones de derecho comienzan o acaban (Savigny).

6. CONCEPTO DE NEGOCIO JURIDICO.- Es todo acto voluntario licito realizado de conformidad con una norma jurídica que tenga por finalidad directa y especifica crear, conservar, modificar, transferir o extinguir derechos y obligaciones dentro de la esfera del Derecho Privado.   Son actos normativos  regulados que pueden llevar a efecto los particulares, ya sea unilateralmente (como el caso del testamento) o bilateralmente (como el caso del contrato) con el fin inmediato de producir consecuencias jurídicas validas.

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