ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Teoría General Del Contrato


Enviado por   •  23 de Noviembre de 2011  •  1.578 Palabras (7 Páginas)  •  834 Visitas

Página 1 de 7

Teoría General del Contrato

1.

2. Prólogo

3. Convenio y contrato

4. Clasificación de los contratos

5. Elementos de los contratos: existencia y validez

6. Interpretación e integración del contrato

7. Contratos nominados e innominados

8. Conclusión

9. Bibliografía

Introducción

Es importante distinguir las diferencias que existen entre un contrato y un convenio, ya que de esto depende su estricta aplicación de los mismos y no tratarlos como figuras jurídicas iguales.

La aplicación de los contratos en México es sumamente importante por ello es menester conocer plenamente las características y elementos que los deben conformar.

Prólogo

Muchos problemas se plantean al pretender celebrar contratos, tal es el caso cuando se desea celebrar un contrato de compraventa, pero no sabe si éste debe ser de carácter civil o mercantil.

¿Cuáles son los elementos que se deben considerar para cada uno de ellos? ¿Características debe revestir tratándose de menores de edad?

Y, ¿en el caso de comerciantes, que deseen vender mercaderías?

Y si son sociedades mercantiles que quieran transmitir la propiedad de sus acciones, ¿el contrato es igual de simple que una compraventa lisa y llana?

Por lo cual, es importante conocer cuales son las bases para la realización de los mismos.

A continuación se señala el marco jurídico de ellos.

1. Convenio y Contrato

El artículo 1792 del Código Civil del Distrito Federal (CCDF) y sus correlativos en el interior de la república, señalan que:

"Convenio es el acuerdo de dos o mas personas para crear, transferir, modificar o extinguir obligaciones."

Asimismo, el artículo 1793 del mismo ordenamiento categóricamente expresa:

"Los Convenios que producen o transfieren las obligaciones y derechos toman el nombre de Contratos."

De lo anterior, se desprende que la principal diferencia es que en tanto:

Convenio Contrato

• crea, transfiere, modifica o extingue obligaciones • crea, produce, transfiere, modifica o extingue derechos y obligaciones

Y por otro lado:

• Crean • Producen

Donde:

• Crear es hacer algo de la nada • Producir es de una cosa natural, salir otra de sí misma

2. Clasificación de los contratos

Los contratos, de acuerdo a nuestra legislación, se pueden dividir en :

• Unilaterales, • Bilaterales • Onerosos y • Gratuitos

Unilateral Bilateral Oneroso Gratuito

El contrato es unilateral cuando una sola de las partes se obliga hacia la otra sin que ésta le quede obligada. (Artículo 1835 CCDF) El contrato es bilateral cuando las partes se obligan recíprocamente. (Artículo 1836 CCDF) Es oneroso el contrato en el que se estipulan provechos y gravámenes recíprocos; (1837 CCDF), El contrato es gratuito cuando el provecho es solamente de una de las partes.

Por ejemplo, la compraventa es un contrato oneroso pues genera provechos y gravámenes recíprocos para las partes:

• para el vendedor:

o el provecho consiste en recibir el precio y

o el gravamen consiste en desprenderse de la cosa, y

para el comprador:

• el provecho es recibir la cosa, y

• el gravamen pagar el precio.

La donación es un contrato gratuito, pues sólo genera provechos para el donatario, consistentes en recibir la cosa, y gravámenes para el donante, consistentes en desprenderse de la cosa misma.

Pueden también, existir contratos que sean gratuitos y al tiempo bilaterales, como el comodato, ya que aunque se generan obligaciones para ambas partes, sólo existen gravámenes para el comodante y provechos para el comodatario.

Asimismo, pueden existir contratos que sean onerosos y al mismo tiempo unilaterales, como el mutuo con interés.

Por otro lado, el artículo 1838 del CCDF dispone que los contratos onerosos se subdividen en conmutativos y aleatorios:

Conmutativos Aleatorios

Son conmutativos, cuando los provechos y gravámenes son ciertos y conocidos desde la celebración del contrato; es decir, cuando la cuantía de las prestaciones puede determinarse desde la celebración del contrato, como la compraventa, la permuta, o el arrendamiento.

Son aleatorios, cuando los provechos y gravámenes dependen de una condición o término, de tal manera que no pueda determinarse la cuantía de las prestaciones en forma exacta, sino hasta que se realice la condición o el término. Como contratos aleatorios el CCDF regula la renta vitalicia, la compra de esperanza y los contratos de juegos y apuesta permitidos.

La doctrina también reconoce a otro tipo de clasificación de los mismos:

Clasificación Descripción

Los contratos reales son aquellos que se constituyen por la entrega de la cosa.

Contratos consensuales Son aquellos donde se requiere se otorgue expresamente el consentimiento

Cuando se dice que un contrato es consensual, en oposición a real, simplemente se indica que no se necesita la entrega de la cosa para la constitución del mismo.

Son contratos consensuales en oposición a reales, todos los que reglamenta nuestro derecho respecto a prestaciones de cosas.

Contratos formales y consensuales. Son contratos formales aquellos en los que el consentimiento debe manifestarse por escrito, como un requisito de validez, de tal manera que si no se otorga en escritura pública o privada, según el acto, el contrato estará afectado de nulidad relativa.

El contrato consensual en oposición al formal es aquel que para su validez no requiere que el consentimiento se manifieste por escrito y, por lo tanto, puede

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (11 Kb)
Leer 6 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com