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TESIS AVERIGUACION PREVIA


Enviado por   •  5 de Septiembre de 2014  •  347 Palabras (2 Páginas)  •  227 Visitas

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AVERIGUACIÓN PREVIA. EL DERECHO DEL INDICIADO PARA OFRECER PRUEBAS ESTÁ CONDICIONADO A QUE COMPAREZCA PERSONALMENTE ANTE LA AUTORIDAD MINISTERIAL (LEGISLACIÓN FEDERAL).

El artículo 20, apartado A, fracción V, en relación con su fracción X, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su texto anterior a la reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 18 de junio de 2008, prevé el derecho del indiciado a ofrecer pruebas durante la fase de averiguación previa, en los términos y con los requisitos y límites que las leyes establezcan. Por otra parte, el artículo 128, fracción III, del Código Federal de Procedimientos Penales, dispone que cuando el inculpado fuese detenido o se presentare voluntariamente ante el Ministerio Público Federal, éste procederá de inmediato a hacerle saber los derechos constitucionales que le asisten, entre ellos, el de ofrecer pruebas en la etapa ministerial. Ahora bien, el ejercicio de ese derecho está condicionado a que el indiciado comparezca personalmente ante la autoridad ministerial, pues sólo hasta que el representante social ha desahogado previamente las diligencias tendentes a comprobar que existe el cuerpo del delito denunciado y ha determinado que la persona señalada como indiciada en realidad reúne ese carácter, podrá detenerla o citarla a comparecer, hacerle saber la imputación existente en su contra y el nombre del denunciante o querellante, en términos del artículo 128, fracción II, del ordenamiento legal en cita, por lo que será a partir de ese momento cuando estará en condiciones de ejercer su defensa y ofrecer pruebas, pues de otro modo desconocerá cuáles son exactamente los cargos a desvirtuar.

CONTRADICCIÓN DE TESIS 11/2011. Entre las sustentadas por el Segundo Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Cuarta Región y el entonces Décimo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, actual Décimo Octavo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del mismo circuito. 7 de septiembre de 2011. Cinco votos. Ponente: Arturo Zaldívar Lelo de Larrea. Secretaria: Carmina Cortés Rodríguez.

Tesis de jurisprudencia 126/2011 (9a.). Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión de fecha diecinueve de octubre de dos mil once.

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