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TIERRAS EJIDALES


Enviado por   •  7 de Abril de 2016  •  Biografía  •  3.476 Palabras (14 Páginas)  •  936 Visitas

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TIERRAS EJIDALES

1.- COMO SE DIVIDEN LAS TIERRAS EJIDALES POR SU DESTINO

 TIERRAS PARA EL ASENTAMIENTO HUMANO

TIERRAS DE USO COMUN

TIERRAS PARCELADAS

2.-CUALES SON LOS CONTRATOS QUE PUEDEN SER OBJETO LAS TIERRAS EJIDALES  YA SEA PARCELADAS Y/O USO COMUN

 DE CUALQUIER CONTRATO DE ASOCIACION O APROVECHAMIENTO CELEBRADO POR EL EJIDO O LOS TITULARES DE DERECHOS RESPECTIVAMENTE.

ARRENDAMIENTO, DE ASOCIACION EN PARTICIPACION, DE APARCERIA, MEDIERIA, USUFRUCTO, PERMUTA,  DE CESION Y DE COMPRAVENTA

3. CUAL ES  LA DURACION DE UN CONTRATO  QUE IMPLIQUEN EL USO DE TIERRAS EJIDALES POR UN TERCERO

 NO MAYOR A 30 AÑOS PRORROGABLES

4. PUEDEN OTORGAR EN GARANTIA EL USUFRUCTO DE LAS TIERRAS DE USO COMUN  Y/O PARCELADAS  A UNA INSTITUCION DE CREDITO O DE AQUELLAS PERSONAS CON LAS QUE TENGAN RELACIOES DE ASOCIACION O COMERCIALES. CONTESTA SI O NO  POR QUE

 SI PERO DEBERA SER POR RESOLUCION DE LA ASAMBLEA EN LAS TIERRAS DE USO COMUN

EN LAS PARCELADAS POR LOS EJIDATARIOS EN LO INDIVIDUAL

5. CUALES SON LAS CARACTERISTICAS O ELEMENTOS DE LA POSESION

 PACIFICA, CONTINÚA Y PUBLICA

6EN QUE CASOS PROCEDE LA PRESCRIPCION  NEGATIVA CUANDO UNA PERSONA ADQUIERE DERECHOS  POR LA POSESION ( ART. 48)

CUANDO HAYA POSEIDO TIERRAS EJIDALES EN CONCEPTO DE TITULAR DE DERECHOS DE EJIDATARIO DURANTE UN PERIODO DE 5 AÑOS SI ES DE BUENA FE  Y DE 10 AÑOS SI ES DE MALA FE DEBIENDO SER PUBLICA, PACIFICA Y CONTINUA LA POSESION.

7.- COMO ESTAN INTEGRADAS LAS TIERRAS DE ASENTAMIENTO HUMANO

POR EL AREA NECESARIA PARA EL DESARROLLO DE LA VIDA COMUNITARIA DEL EJIDO COMPUESTA POR TERRENOS EN QUE SE UBIQUE LA ZONA DE URBANIZACION Y SU FUNDO LEGAL.

 8.- SE DICE QUE LAS CARACTERISTICAS DE LAS TIEERAS DE ASENTAMIENTO HUMANO SON INALIENABLES, IMPRESCRIPTIBLES E INEMBARGABLES  SALVO UNA CIRCUNCUNSTANCIA CUAL ES

  CUANDO  EL NUCLEO DE POBLACION LAS APORTE AL MUNICIPIO O ENTIDAD CORRESPONDIENTE PARA DEDICARLAS A UN SERVICIO PUBLICO

  9.-QUIENES INTERVIENEN EN LA LOCALIZACION, DESLINDE Y FRACCIONAMIENTO DE LAS ZONA DE URBANIZACION Y SU RESERVA DE CRECIMIENTO

 AUTORIDADES MUNICIPALES CORRESPONDIENTES DEBIENDOSE OBSERVAR LAS  NORMAS TECNICAS DE SEDESOL.

10.- COMO SE ACREDITA LA PROPIEDAD DE LOS SOLARES

 CON EL TITULO DE PROPIEDAD

11.-COMO ESTAN CONFORMADAS  LAS TIERRAS DE USO COMUN

ESTAN CONFORMADAS POR AQUELLAS TIERRAS QUE NO HUBIEREN SIDO RESERVADAS POR LA ASAMBLEA PARA EL ASENTAMIENTO HUMANO DEL NUCLEO NI SEAN TIERRAS PARCELADAS. CONSTITUYEN EL SUSTENTO ECONOMICO  DE LA VIDA EN COMUNIDAD DEL EJIDO.

12.- LA CESION DELOS  DERECHOS  SOBRE TIERRAS DE USO COMUN POR UN EJIDATARIO SI TODAVIA CONSERVA PARCELAS A SU FAVOR PIERDE SU CALIDAD DE EJIDATARIO

 NO IMPLICA QUE PIERDA SU CALIDAD DE EJIDATARIO SINO SOLO PIERDE SUS  DERECHOS AL APROVECHAMIENTO Y BENEFICIO DE ESTAS TIERRAS AL MENOS QUE YA NO TENGA PARCELAS A SU FAVOR , EN ESTE CASO DEJA DE SER EJIDATARIO

 13.-CUAL ES EL DERECHO QUE CORRESPONDE A LOS EJIDATARIOS SOBRE SUS PARCELAS

EL DERECHO DE APROVECHAMIENTO, USO Y USUFRUCTO DE SUS PARCELAS

14.-PUEDEN USAR, DISPONER O DETERMINAR LA EXPLOTACION COLECTIVA DE LAS TIERRAS  PARCELADAS DEL EJIDO LA ASAMBLEA O EL COMISARIADO EJIDAL CONTESTA SI O NO Y POR QUE

 NO, EN NINGUN CASO, DEBE SER CON EL PREVIO CONSENTIMIENTO POR ESCRITO  DE SUS TITULARES

15.- COMO SE ACREDITA  LOS DERECHOS DE LOS EJIDATARIOS SOBRE SUS PARCELAS

 CON SUS CORRESPONDIENTES CERTIFICADOS  DE DERECHOS AGRARIOS O CERTIFICADOS PARCELARIOS

16.-CUALES SON LOS CONTRATOS QUE PUEDE SUSCRIBIR EL EJIDATARIO  PARA CONCEDER A OTROS EJIDATARIOS  O TERCEROS EL USO O USUFRUCTO DE SUS PARCELAS SIN LA AUTORIZACION DE LA ASAMBLEA O DE CUALQUIER AUTORIDAD

 APARCERIA, MEDIERIA, ARRENDAMIENTO, CESION, PERMUTA Y COMPRAVENTA, USUFRUCTO

17.-EXPLICA COMO SE ADQUIERE EL DOMINIO PLENO DE UNA PARCELA

VER ART 82 L.A

EXPROPIACION DE BIENES EJIDALES Y COMUNALES

18.-QUE SIGNICA EXPROPIACION  EN MATERIA AGRARIA

ACTO POR EL CUAL SE PRIVA A UNA PERSONA  DE SU PROPIEDAD Y SUPONE  POR LO MISMO UNA DETERMINACION DE AUTORIDAD CON PODER  PARA ESA PRIVACION.  O BIEN,  DESPOSEER A ALGUIEN DE SU PROPIEDAD CON UN FIN DE UTILIDAD PUBLICA Y MEDIANTE INDEMNIZACION

19.-MENCIONA TRES CAUSAS  DE UTILIDAD PÚBLICA QUE SE PUEDEN EXPROPIAR LOS BIENES EJIDALES

ART. 93

20.- ANTE QUIEN SE TRAMITA LA EXPROPIACION DE TIERRAS EJIDALES

 ANTE LA SECRETARIA DE LA REFORMA AGRARIA

 QUIEN DETERMINA EL MONTO DE LA EXPROPIACION

 EL INSTITUTO NACIONAL DE ADMINISTRACION Y AVALUOS DE BIENES NACIONALES (INAABIN) ANTE CABIN.ATENDIENDO EL VALOR COMERCIAL DE LOS BIENES EXPROPIADOS.

21.-EN EL CASO DE SE EXPROPIEN  POR CAUSA DE UTILIDAD PUBLICA DE LA REGULARIZACION DE LA TENENECIA DE LA TIERRA URBANA Y RURAL  QUIEN DETERMINA EL MONTO DE LA INDEMNIZACION

 PARA LA FIJACION DEL MONTO SE ATENDERA A LA CANTIDAD QUE SE COBRARA POR LA REGULARIZACION.LO REALIZA DE IGUAL MANERA LA S.R.A.

22.-SE PUEDE AUTORIZAR LA OCUPACION PREVIA SIBRE LOS BIENES A  EXPROPIAR

 NO, A MENOS QUE LOS EJIDATARIOS AFECTADOS O LA ASAMBLEA, SI SE TRATA DE TIERRAS COMUNES, APRUEBEN DICHA OCUPACION ART.95

23.- EN QUE CASO PROCEDE EL DERECHO DE REVERSION O RECURSO DE REVERSION

CUANDO LOS BIENES EXPROPIADOS SE DESTINEN A OTRO DISTINTO  DEL SEÑALADO EN EL DECRETO O SI TRANSCURRIDO 5 AÑOS NO SE HA CUMPLIDO CON LA CAUSA DE UTILIDAD PUBLICA  

24.-QUIEN EJERCITA LAS ACCIONES PARA EL RECLAMO DE LA REVERSION PARCIAL O TOTAL DE LOS BIENES EXPROPIADOS Y OPERE LA INCORPORACION DE ESTOS A SU PATRIMONIO

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