Autoridades del trabajo
Enviado por JIMENEZD • 20 de Mayo de 2024 • Documentos de Investigación • 829 Palabras (4 Páginas) • 57 Visitas
AUTORIDADES DEL TRABAJO
Son los órganos del Estado a los cuales les corresponde contribuir con el desenvolvimiento del derecho laboral, así como vigilar su cumplimiento en las empresas y demás centros de trabajo y conocer y resolver los conflictos laborales.
Cuando la ley otorga la facultad a una persona para intervenir y resolver una situación, se dice que tiene autoridad, en ese sentido, el concepto jurídico de autoridad indica que “alguien está facultado jurídicamente para realizar un acto, es decir, la potestad que tiene para modificar legalmente la situación jurídica de los demás”
Las autoridades de trabajo o autoridades laborales tienen su fundamento legal en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (Art. 123 A fracción XXXI), la ley federal del trabajo (Art. 523 al 529) y la ley orgánica de la administración pública federal, estas rigen como instancias u organismos encargados de resolver los conflictos que surgen con motivo de las relaciones laborales (obrero-patronales).
En palabras más sencillas, las autoridades del trabajo son aquellas que tienen la potestad legal de aplicar las normas de trabajo (dando solución a los conflictos derivados de las relaciones laborales) y de imponer a las partes su resolución-
JURISDICCIÓN: Poder del Juez para intervenir legítimamente en un conflicto.
COMPETENIA: Es la medida de ese poder que tiene el Juez para intervenir jurídicamente en un conflicto; es precisamente el modo o manera como se ejerce esa jurisdicción por circunstancias concretas de materia, cuantía, grado y territorio. Es la jurisdicción limitada para el conocimiento de cierta clase de negocios.
Entendemos por autoridades del trabajo a “los órganos del estado a los que corresponde contribuir al desenvolvimiento del derecho del trabajo, vigilar su cumplimiento en las empresas y demás centros del trabajo y conocer y resolver los conflictos del trabajo”.
Se dividen en dos categorías; las autoridades administrativas, las cuales tienen a su cargo promover el desenvolvimiento del derecho y vigilar su cumplimiento, viven dentro o en torno de la STPS, que es el órgano administrativo supremo. Es la dependencia del poder ejecutivo federal que permite a éste exponer y desarrollar la política que se propone seguir en los asuntos que interesan al trabajo y al capital. Sus funciones generales están determinadas en la Ley Organica de Secretarias de Estado y en la LFT: la primera de ellas consiste en la coordinación y vigilancia de las actividades de los subórganos del trabajo y de los organismos auxiliares. Su segunda atribución se relaciona con la formación y revisión de los contratos – ley. La función más importante es la búsqueda de soluciones conciliatorias que pongan fin a los conflictos colectivos de trabajo. Esta tiene en su orden jerárquico otros órganos dependientes como la Procuraduría de la Defensa del Trabajo.
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