Derecho administrativo. Auto evaluación
Enviado por selenelabella • 3 de Febrero de 2024 • Tarea • 7.668 Palabras (31 Páginas) • 86 Visitas
DERECHO ADMINISTRATIVO I
AUTO EVALUACIÓN
TEMA I
1. ¿Cuál es la diferencia entre las funciones del Estado y sus atribuciones?
R.- Las funciones del Estado incluyen garantizar la seguridad y defensa del territorio, mantener el orden interno, promover el bienestar general de la población, proteger los derechos y libertades individuales, regular y controlar la economía, ejercer la soberanía y representar al país en relaciones internacionales.
2. ¿Qué funciones tiene el Estado?
R.- Los criterios con los que se clasifican las funciones del Estado pueden variar según la teoría o enfoque utilizado. Algunos criterios comunes incluyen: funciones de protección, funciones de dirección y planificación, y funciones de servicio.
3. ¿Cuáles son los criterios con los que clasifican las funciones del Estado?
R.- La función administrativa del Estado se refiere a las actividades relacionadas con la organización y gestión de los servicios públicos y la administración de justicia. Incluye la implementación de políticas, la regulación de actividades económicas, y el mantenimiento de una estructura administrativa eficaz y eficiente.
4. Define la función Administrativa del Estado.
R.- La función administrativa del Estado se refiere a las actividades y acciones que realiza el Estado para llevar a cabo sus objetivos y cumplir sus responsabilidades. Esta función incluye la planificación, organización, dirección y control de las actividades y servicios públicos, así como la gestión de los recursos públicos.
La función administrativa del Estado se divide en dos partes:
la administración pública central, que se refiere a las instituciones nacionales y federales, y la administración pública descentralizada, que se refiere a las instituciones estatales y municipales.
La función administrativa del Estado también incluye la regulación de actividades económicas, la protección de derechos y la seguridad de los ciudadanos, y la provisión de servicios públicos esenciales como educación, salud y seguridad.
5. ¿Cómo define Hauriou el Derecho Administrativo?
R.- Hauriou, uno de los pensadores clásicos del Derecho Administrativo francés, lo define como el conjunto de normas y principios jurídicos que regulan la organización y el funcionamiento de las instituciones públicas y las relaciones entre éstas y los particulares, Hauriou, enfatiza en que el Derecho Administrativo no es un derecho autónomo sino una rama del derecho público, y se encarga de regular la actividad administrativa y los procedimientos administrativos, y de establecer las normas y principios que rigen la organización y funcionamiento de las instituciones públicas.
Según Hauriou, el Derecho Administrativo se divide en dos partes: el Derecho Administrativo propiamente dicho, que regula las relaciones entre la administración y los particulares, y el Derecho Administrativo interno, que regula la organización y el funcionamiento de las instituciones administrativas.
6. ¿A qué rama del Derecho pertenece el Derecho Administrativo?
R.- El Derecho Administrativo pertenece a la rama del derecho público.
El derecho público se divide en dos ramas: el derecho constitucional y el derecho administrativo. El derecho constitucional se refiere a las normas y principios jurídicos que regulan la organización del Estado y las relaciones entre las distintas ramas del poder público. El derecho administrativo, por otro lado, regula la actividad administrativa y los procedimientos administrativos, y establece las normas y principios que rigen la organización y el funcionamiento de las instituciones públicas.
7. ¿Qué regula el Derecho Administrativo?
R.- El Derecho Administrativo regula la actividad administrativa y los procedimientos administrativos, así como la organización y funcionamiento de las instituciones públicas.
En específico, el Derecho Administrativo regula:
• La organización y funcionamiento de las instituciones públicas, incluyendo las instituciones centrales y las instituciones descentralizadas (estatales y municipales).
• La actividad administrativa, incluyendo la gestión de los recursos públicos, la planificación, organización, dirección y control de las actividades y servicios públicos.
• Los procedimientos administrativos, incluyendo las reglas y procedimientos para la toma de decisiones, la resolución de controversias y la imposición de sanciones.
• La regulación de actividades económicas y la protección de derechos.
• La provisión de servicios públicos esenciales como educación, salud y seguridad.
8. ¿De dónde se desprende el Derecho Administrativo?
R.- El Derecho Administrativo se desprende de la necesidad de regular la actividad de la administración pública y su relación con la sociedad. La aparición del Derecho Administrativo como disciplina jurídica se da a finales del siglo XIX y principios del siglo XX, con el crecimiento y la complejidad de las instituciones estatales y el aumento de sus responsabilidades en el ámbito social y económico.
En resumen, el Derecho Administrativo se desprende de la necesidad de regular la actividad de la administración pública y su relación con la sociedad, y su desarrollo se da a través del tiempo y en distintos contextos históricos y geográficos.
9. Menciona con que otras ramas del Derecho tiene relaciones el Derecho Administrativo.
R.- Derecho Constitucional: El Derecho Administrativo está estrechamente relacionado con el Derecho Constitucional, ya que ambas ramas regulan la organización y funcionamiento del Estado. El Derecho Administrativo se basa en las normas y principios establecidos en la Constitución.
Derecho Civil: El Derecho Administrativo regula las relaciones entre la administración y los particulares, por lo que tiene relaciones con el Derecho Civil en temas como la responsabilidad civil de la administración, el derecho de propiedad y los contratos administrativos.
Derecho Penal: El Derecho Administrativo regula la responsabilidad penal de las autoridades y funcionarios públicos, por lo que tiene relaciones con el Derecho Penal en temas como la corrupción y otros delitos cometidos por funcionarios públicos.
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