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DERECHO ADMINISTRATIVO


Enviado por   •  24 de Octubre de 2012  •  13.658 Palabras (55 Páginas)  •  448 Visitas

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INTRODUCCIÓN

Con la finalidad de buscar el conocimiento teórico y práctico de la materia Derecho Administrativo, nos situamos en la conveniencia de estudiar y establecer en primer término los conceptos básicos que rige la materia en cuestión, a fin de sentar las bases de los que se procederá a efectuar en el ejercicio de la profesión.

PRESENTACIÓN

Presento el siguiente trabajo de investigación para comprender el análisis y la descripción del Derecho Administrativo, con el cual deseo exponer de manera clara y precisa el conocimiento, en extensión y profundidad, de la materia que he tratado; la accesibilidad de esta información; y finalmente, el uso de un lenguaje sencillo pero preciso que permita comprender de inmediato lo que se quiere dar a conocer.

Se trata pues, de una cuidadosa y selectiva recopilación de conceptos, clasificación, relación, caracteres; demás generalidades y particularidades del Derecho Administrativo, así como su aplicación y evolución hasta nuestros días con la consiguiente repercusión en la sociedad, su contribución al desarrollo de los pueblos y el fortalecimiento del Estado y sus Instituciones que lo conforman.

1. CONCEPTO Y ÁMBITO DEL DERECHO ADMINISTRATIVO

Concepto

La palabra administración proviene de dos voces latinas: AD y MINISTRARE. Ad es una preposición que tiene varias significaciones según las relaciones que indica, expresa la causa por la que se hace algo. Ministrare, significa ocuparse en, poner atención en, o atender. Etimológicamente significa servir, y se identifica a la Administración Pública con el servicio que presta el Estado a través del gobierno.

ENFOQUES:

Enfoque legalista.- el conjunto de leyes y disposiciones que en cada nación forman su administración particular.

Enfoque jurídico.- estudia las relaciones del derecho entre la Administración y los administrados.

Enfoque doctrinal.- funcional o actividad total del Estado, es todo lo que debe hacer el Estado; es administrar.

Enfoque formal.- se identifica con la actividad que realiza la función ejecutiva, omite los casos de excepción al principio de división de poderes.

Enfoque que parte del servicio público.- la doctrina francesa sostiene que la principal actividad del Estado es prestar servicios públicos.

Enfoque negativo.- pretende definir por exclusión, diciéndonos que la Administración no es legislación, ni jurisdicción.

Enfoque a partir de la Teoría de los fines.- lo define como la actividad total del Estado para desarrollar sus fines.

En el Derecho administrativo se establece lo referente a la Administración Pública, entendiéndose por esta cualquier esquema que de ella adopte la constitución de un país, sin importar si se trata de una organización nacional o federación local o Estados y municipios, sea con una Administración activa o directo – o con varias administraciones – activa o directa y autárquica o descentralizada -.

Ámbito Derecho Administrativo

El Derecho administrativo comprende el estudio de:

 La estructura y organización del Estado.

 El ejercicio de las facultades que las entidades públicas realizan como parte de la función administrativa.

 La relación de los particulares con la Administración.

El Derecho administrativo atendiendo a la influencia que sobre el ejercen otras ramas del derecho y otras disciplinas puede clasificarse en:

a) Derecho administrativo material.- comprende las teorías, principios y reglas sobre el funcionamiento de las entidades públicas y los derechos de los administrado.

b) Derecho administrativo procedimental.- comprende las teorías, reglas y principios del procedimiento administrativo general, el procedimiento trilateral y el procedimiento sancionador.

c) Derecho organizativo.- comprende las teorías, reglas y principios que regulan la organización de las entidades públicas.

d) Derecho burocrático.- comprende las teorías, reglas y principios que regulan la relación del estado con los agentes de la Administración Pública, y de estos con los administrados.

e) Derecho administrativo económico.- comprende las teorías reglas y principios que regulan la tutela del consumidor, la propiedad intelectual.

2. ESTRUCTURA ADMINISTRATIVA Y LA FUNCIÓN ADMINISTRATIVA

ESTRUCTURA

Es el resultado del proceso de organización, corresponde a modelos pre concebidos de organización y está en función de lo que se persigue de la Administración pública.

Las formas de estructura administrativa responden a los siguientes modelos:

La Centralización

Las decisiones así como la capacidad resolutiva se encuentran concentradas en una sola persona jurídica de naturaleza pública: el Estado Nacional; en consecuencia no se demandará a un órgano sino a aquél. La Centralización trae aparejada la subordinación jerárquica entre los distintos órganos del ente.

En la Administración Pública centralizada hay dos principios: el de jerarquía y el de competencia. Al interior de ella se dan relaciones inter orgánicas y mantienen relaciones inter administrativas con las demás entidades de la Administración Pública.

La Descentralización

Implica la existencia de diferentes personas jurídicas de naturaleza pública, dotadas de personalidad jurídica propia en virtud de la particular actividad que desarrollan, tienen su propia facultad de decisión y capacidad resolutiva. En este tipo de administración encontramos a los entes autárquicos y a las empresas estatales, sociedades del estado y sociedades con participación estatal.

Las notas que caracterizan la descentralización son las siguientes:

 Transferencia de poderes de decisión. No basta que los poderes sean de propuesta o de informe sino que son precisas facultades resolutorias.

 La creación de una persona jurídica distinta del Estado.

 Que esa persona jurídica sea de derecho público, es decir que esté encuadrada en la organización general del Estado, siendo su patrimonio estatal. Este criterio es fundamental por cuanto no basta con la colaboración que puede ser prestada por un concesionario, en mérito de un contrato administrativo, ya que la concesión no implica precisamente una descentralización.

 Existencia de control, que los franceses llaman tutela, sobre los entes descentralizados.

La Desconcentración

Es

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