DERECHO ADMINISTRATIVO
Enviado por ruben.mendoza • 14 de Noviembre de 2012 • 1.645 Palabras (7 Páginas) • 504 Visitas
El Contrato, es un acuerdo de voluntades entre dos o más personas, que tiene por objeto producir obligaciones.
C.C. art. 1.133, el contrato es una convención entre dos o más personas para construir, regular, trasmitir, modificar o extinguir entre ellos un vínculo jurídico.
Los Contratos Administrativos, son conciertos de voluntad, bilaterales o pluriculturales, en cuya intervención intervienen dos o más entidades administrativas, o bien, además de una entidad administrativa uno o más sujetos de derecho privado.
Clasificación Contratos Administrativos:
1.-Los contratos interadministrativos, los que pueden celebrarse entre dos o más entidades administrativas, a saber: dos o más Municipios entre sí, dos o más Estados entre sí, el Gobierno Nacional con gobiernos estadales, o un instituto oficial autónomo con alguna de las administraciones mencionadas.
2.-Los contratos celebrados entre la Administración y los administrados, es decir, los convenios entre una entidad administrativa y un particular o empresa privada.
3.-Los conciertos de la administración, constituyen acuerdos (sobre las medidas de una obligación o de una ventaja, típicas de una sumisión jurídico-pública previamente establecidas entre la Administración y la persona con que ella conviene).
La Actividad Jurídica de la Administración Pública consiste, por una parte, en la formulación de los actos administrativos, por otra, en la celebración de contratos.
El acto administrativo se distingue, del acto material, ejemplo la orden de arresto de un individuo., librada por un perfecto, en ejercicio de una potestad legal, es un acto administrativo; la ejecución de esa misma orden por los agentes de policía, es un acto material.
La A.A. Comprende: a.-Declaraciones de voluntad, de juicio o de conocimiento, b.- Ejecución de operaciones materiales. Solo las primeras corresponden la denominación de acto administrativo.
Los Actos Administrativos son decisiones, declaraciones o manifestaciones unilaterales de los órganos administrativos. Tales como los decretos del Presidente de la República, las Resoluciones de los Ministerios del Despacho, y los acuerdos de las Junta Directivas, Directorios o Consejos Directivos de los institutos autónomos.
LOPA art. 7, se entiende por Acto Administrativo, a los fines de esta ley, toda declaración de carácter general o particular, emitido de acuerdo con las formalidades y requisitos establecidos en la ley por los órganos administración pública.
Definición Acto Administrativos, las declaraciones de voluntad, de juicio o de consentimiento, emanadas de los órganos de la administración y que tengan por objeto producir efectos de derecho, generales o individuales.
1.-Todo Acto Administrativo es un acto jurídico, esto es un acto voluntario y lícito que contiene una declaración de voluntad.
2.-Pueden ser actos unilaterales o bilaterales, o bien pluriculturales, consistir en declaraciones de autoridad o en contratos administrativos.
3.-Es un acto voluntario. La autoridad esta investida de un poder discrecional, el ejercicio de ese poder se traduce en una manifestación de voluntad ejemplo actos de admisión y de expulsión de extranjeros o la naturalización, decisiones todas ellas que adopta libre mente el presidente el Presidente de la República.
4.-Es necesario que la declaración provenga de una autoridad administrativa, ejemplo un funcionario provisto de aptitud legal para tomar decisiones, o de algún órgano de la administración, autorizado para emitir las declaraciones de conocimiento o de juicio.
ELEMETOS ESENCIALES DEL ACTO ADMINISTRATIVO: (Requisitos De Validez)
La competencia del órgano 1, la voluntad 2, el contenido 3, los motivos 4, la finalidad 5 y las formalidades 6.
A) REQUISITOS DE FONDO:
1.-La competencia del órgano, la autoridad que dicta tenga facultad expresa que le haya sido conferida por una norma jurídica preexistente. Cada órgano tiene su competencia limitada por el derecho objeto al cumplimiento de determinado fines del Estado.
2.- la voluntad, todo comportamiento de un funcionario, aun aquel que se manifiesta, como ejercicio obligatorio de un poder jurídico, es un hecho voluntario. Los actos administrativos son declaraciones de voluntad, de conocimiento o de juicio. Ejemplo de como el libre nombramiento de empleados subalternos de una autoridad administrativa.
3.- el contenido, lo que la autoridad ha querido disponer, ordenar autorizar. (Admisiones, concesiones, autorizaciones, aprobaciones, renuncias, sanciones, expropiaciones y órdenes)
4.- los motivos, las circunstancias del hecho y de derecho que cada caso justifican la emisión de aquél. Ejemplo efectuando un concurso de designación, el nombramiento recaído en el ganador se basa en dos motivos: uno, de derecho, la disposición legal que el concurso; otra de hecho, el veredicto del jurado.
5.-la finalidad, al fin perseguido por la autoridad, debe corresponder al interés general y también a aquellos intereses a los que específicamente cada decisión debe estar dirigida.
B) REQUISITOS DE FORMA:
6.-las formalidades, a.-el conjunto de trámites que forman el procedimiento constitutivo b.- la forma del acto, el conjunto de requisitos conforme a la declaración de voluntad, de conocimiento o de juicio, c.- las formas complementarias, el conjunto de requisito LOPA art 18 establece que debe contener un acto administrativo.
CLASIFICACION DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS:
1) Desde el punto de vista subjetivo u orgánico: si se toma en cuenta el número de órganos que participan en la formación del acto. Actos simples son formados mediante la declaración de un solo órgano del Estado, que puede ser unipersonal
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