Derecho administrtivo y administración pública
Enviado por alexdgekrhfv • 12 de Mayo de 2023 • Ensayo • 1.635 Palabras (7 Páginas) • 46 Visitas
UNIVERSIDAD VALLE DEL MOMBOY
FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS, POLITICAS Y SOCIALES
CARRERA DE DERECHO
AREA:
DERECHO ADMINISTRATIVO
MINUTA:
DERECHO ADMINISTRTIVO Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.
ALUMNA:
CLAUDIA GARCIA CI: 30.671.683
TRUJILLO, 11/5/2023
La Administración Pública es parte fundamental de la formación y desarrollo de los Estados, pues ésta provee a los individuos, desde su nacimiento hasta su muerte, de los recursos necesarios para que estos puedan vivir de una manera digna, está presente, según lo estudiado en cada ámbito de nuestro día a día. El Estado desde sus comienzos ha tenido dentro de su estructura y como parte fundamental a la administración pública, es la base de todo Estado, ya que tiene entre sus principios conservar el orden social y garantizar el bienestar de las personas y sus propiedades.
En un sentido amplio la palabra administración significa, toda actividad pública o privada ordenada para alcanzar fines humanos sean o no económicos, esta definición también incluye el conjunto de entes u órganos que la ejercen desde el punto de vista jurídico, la administración pública puede considerarse como el objeto de regulación por excelencia del derecho administrativo.
El termino administración es empleado como una actividad tarea o función del Estado y como el conjunto de entes u órganos encargados de ejercer esa actividad o función administrativa.
Tenemos entonces que la administración pública es la actividad realizada por la rama Ejecutiva del poder público, es decir, por el conjunto de órganos estatales regidos por relaciones de dependencia, a los cuales corresponde ordinariamente la misión de ejecutar las leyes. Así también, teniendo en cuenta que los poderes públicos son cinco (Ejecutivo, Legislativo, Judicial, Ciudadano y Electoral) no se excluyen totalmente a los demás, el poder legislativo, por ejemplo, tiene facultades administrativas cuando asigna algún presupuesto o realiza actividades de este tipo, el poder judicial a su vez también tiene facultades a través de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura etc.
Ahora bien, al definir la administración pública el autor Allan Brewer Carías sostiene que desde el punto de vista orgánico es el conjunto de órganos de las personas jurídicas que como sujetos de derecho conforman el Estado, es decir, de las personas jurídicas estatales; según el autor desde el punto de vista material la administración pública es el conjunto de actividades realizadas con vistas a satisfacer un interés general del Estado o de la sociedad.
Por ello puedo decir sin temor a equivocarme que, en definitiva, la administración pública es el conjunto de órganos del poder público que tienen a su cargo la tarea de cumplir las actividades o funciones administrativas.
Con respecto a las características de la administración pública:
- Es un poder jurídico, puesto que tiene su base en la constitución, tiene carácter permanente y estable, la administración pública tiene grandes potestades
- Es un poder estructural, así hace referencia la constitución, la administración publica es un complejo orgánico que está integrada por una variedad de sujetos, como ejemplo los poderes públicos, no solo está inmersa en el poder ejecutivo, también se encuentra en las distintas administraciones públicas.
- Es un poder servicial, cuando el texto constitucional la aborda con carácter servicial, impuesto en el articulo 141, que inclusive esta expresa en su propia etimología
- Es un poder subordinado, puesto que, desde el punto de vista constitucional, es un conjunto orgánico que lo ejercen los poderes públicos, no obstante, esta subordinada por el derecho y la ley.
- Es un poder no personificado, es decir, como su nombre lo indica no tienen personalidad jurídica, lo cual es un tema de controversia, pues para autores la administración pública es una herramienta organizada del estado que interviene en la vida cotidiana, por consiguiente, si tiene personalidad jurídica, agregando que existe otro autor que le niega dicha personalidad, argumentando que hay otros entes que tienen potestades administrativas y no cuentan con personificación jurídica.
En cuanto a los distintos enfoques subjetivos y objetivos.
A los subjetivos u orgánico nos referimos a se identifica con el conjunto de órganos o de entes encargados de expresar la función administrativa, se refiere al nombre del sujeto que realiza la actividad administrativa, el cual esta constituido por un conjunto de órganos que se encuentran repartidos dentro del poder público y se encargan de cumplir la función administrativa, es decir, prestar servicios públicos, explicado de otra forma podemos decir que el Estado divide sus funciones en distintos poderes públicos, tales como el legislativo, judicial, ejecutivo, electoral y ciudadano; es el caso que dentro de esos poderes existen entre sí órganos que se encargan de prestar servicios cumpliendo así la función administrativa.
En sentido objetivo, hace referencia al objeto de la actividad, actividad administrativa, es decir, a la realizada por el poder publico en el ejercicio de sus funciones, aplicar y hacer cumplir las leyes (actividad ejecutiva), dictar disposiciones o norma de rango inferior a la ley, resolver reclamaciones en vía administrativa.
Ahora bien la función pública es el género de una serie de funciones que provienen del Estado, dentro de esas funciones esta la función administrativa, hay diferentes criterios que nos permiten entender esta función; un criterio orgánico, nos dice que hay función administrativa cuando proviene de la rama ejecutiva del poder público, es decir, la función administrativa es aquella función que se visualiza en gran medida en la rama ejecutiva del poder público, por órganos servidores públicos que pertenecen a esa rama, por ejemplo, el alcalde municipal, los concejales, pertenecen a la rama ejecutiva por lo tanto ejercen función administrativa, como ya lo expresé anteriormente la función se concentra en gran medida en la rama ejecutiva sin que ello signifique que no puede haber presencia en otras ramas.
...