Mediacion laboral como instrumento de resolucion de conflictos
Enviado por jose luis rivero blanco • 3 de Abril de 2025 • Informe • 1.682 Palabras (7 Páginas) • 26 Visitas
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
UNIVERSIDAD BICENTENARIA DE ARAGUA
VICERRECTORADO ACADÉMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS
ESCUELA DE DERECHO
SAN JOAQUÍN DE TURMERO - ESTADO ARAGUA
MEDIACION LABORAL COMO INSTRUMENTO DE RESOLUCION DE CONFLICTOS
AUTOR(A): Rivero Blanco Jose Luis
TUTOR(A): Prof. Yenifer Flores Barazarte
San Joaquín de Turmero, Febrero, 2025
Introducción
En muchas culturas antiguas, como en la Grecia clásica, el Imperio Romano, y en diversas sociedades indígenas, se utilizaba alguna forma de mediación para resolver disputas. Estas prácticas a menudo dependían de líderes comunitarios o ancianos que actuaban como mediadores. En la Europa medieval, los gremios y las corporaciones de oficios utilizaban formas de mediación para resolver disputas entre sus miembros o con los empleadores. Esto era parte de un sistema más amplio de regulación y justicia dentro de las comunidades laborales.
Con la llegada de la revolución industrial y la industrialización y la consiguiente expansión de la fuerza laboral, surgieron más conflictos laborales. En el siglo XIX, en países como Gran Bretaña y Estados Unidos, comenzaron a establecerse mecanismos formales de conciliación y arbitraje para lidiar con las disputas laborales, aunque no siempre se denominaban "mediación" como tal. En Estados Unidos, La Ley de Relaciones Laborales de 1935 (Wagner Act) y la creación del Servicio Federal de Mediación y Conciliación en 1947 marcaron un punto de inflexión. Estos desarrollos institucionalizaron la mediación como una herramienta para evitar huelgas y fomentar negociaciones colectivas.
La mediación laboral se ha consolidado como una herramienta crucial para la resolución de conflictos en el ámbito del trabajo, ofreciendo una alternativa a los métodos tradicionales de litigio. También se le puede considerar como una conciliación llevada a cabo por un conciliador ajeno a las partes e imparcial, el cual facilita el proceso entre ambos por medio de una negociación para que las mismas lleguen a un acuerdo mutuo.
Dicho proceso depende única y exclusivamente de la voluntad de las partes, dejando de lado los procedimientos establecidos por la ley. La mediación no es un proceso que lleva al obligatorio cumplimiento de las condiciones como si lo puede ser un juez o un árbitro, la idea principal es llegar a un acuerdo beneficioso para ambas partes y no que se imponga una decisión. A través de la mediación se busca que la comunicación entre las partes sea lo más abierta y exploren sus intereses y necesidades buscando alternativas a la resolución del conflicto.
Mediación Laboral
William Ury y Roger Fisher - En su libro "Getting to Yes: Negotiating Agreement Without Giving In", definen la mediación como: “Un proceso donde un tercero neutral ayuda a las partes a alcanzar un acuerdo voluntario mediante el cual se satisfacen sus intereses.” Karl Mackie - En "A Handbook of Dispute Resolution: ADR in Action", define la mediación laboral como: “Un proceso voluntario donde un mediador imparcial ayuda a los empleadores y empleados (o sus representantes) a discutir sus diferencias, explorar soluciones y alcanzar un acuerdo mutuamente aceptable”.
Hay que notar que la mediación también puede llamarse concitación según la legislación venezolana ya que ambas palabras se usan sin distinción alguna, según Hoet Linares, considera que existe una diferencia entre la mediación y la conciliación el cual sería el mediador, ya que si la mediación es llevada a cabo por un funcionario público se le denomina conciliación. En el caso de la legislación venezolana algunas leyes como lo son, Código de Procedimiento Civil, Ley Orgánica del Trabajo para los Trabajadores y las Trabajadoras, Código Orgánico Procesal Penal, Código de Comercio, hacen mención directa de la conciliación.
La mediación o Conciliación puede considerarse como un proceso que procura que las partes lleguen a un acuerdo de forma amigable a través de la mediación de un funcionario público, incluso en las leyes ya mencionadas se considera la mediación y la conciliación como un mismo mecanismo. A nivel internacional se consideran ambos conceptos como sinónimos del mismo proceso, países como Ecuador, Costa Rica y Bolivia son claros ejemplos de ello.
Características de la Mediación Laboral
- Voluntariedad: Las partes involucradas participan en el proceso de mediación por propia voluntad. No se impone, sino que se elige como una opción para resolver conflictos.
- Confidencialidad: Las discusiones y propuestas hechas durante la mediación son confidenciales, lo que fomenta un ambiente seguro para la negociación. Esto significa que lo que se dice en mediación generalmente no puede ser utilizado en procedimientos legales posteriores.
- Neutralidad del Mediador: El mediador es un tercero imparcial que no toma partido por ninguna de las partes. Su rol es facilitar el diálogo y la negociación, sin influir en el resultado final.
- Flexibilidad: A diferencia de los procedimientos judiciales, la mediación permite a las partes diseñar soluciones adaptadas a sus necesidades específicas, más allá de lo que la ley podría estipular.
- Enfoque de Interés Mutuo: La mediación busca soluciones en las que ambas partes puedan ganar algo (Ganar-Ganar). Se centra en los intereses subyacentes de las partes en lugar de solo en sus posiciones iniciales.
- Control de las Partes sobre el Resultado: Las partes mantienen el control sobre el acuerdo final. El mediador ayuda a llegar a un acuerdo, pero no decide por ellos; las decisiones las toman los propios afectados.
- Preservación de las Relaciones: La mediación tiende a preservar o incluso mejorar las relaciones laborales, algo crucial en ambientes donde las partes deben seguir trabajando juntas.
- Eficiencia de Tiempo y Costos: Comparada con el proceso judicial, la mediación puede ser mucho más rápida y menos costosa, lo que beneficia a ambas partes en términos de recursos.
- Informalidad: El proceso es generalmente menos formal que un juicio, lo cual puede hacer que las partes se sientan más cómodas y abiertas a la negociación.
- Privacidad: A diferencia de los juicios que son públicos, la mediación se lleva a cabo en privado, protegiendo la reputación de las partes y la empresa.
Tipos de Mediación
- Mediación Judicial Laboral: Esta mediación ocurre dentro del marco de un proceso judicial. En Venezuela, la Ley Orgánica Procesal del Trabajo establece que en cualquier momento del proceso judicial, el juez puede promover la mediación para intentar una solución conciliatoria antes de llegar a una sentencia. Los jueces laborales pueden actuar como mediadores o derivar el caso a mediadores especializados, como lo pueden ser los inspectores del trabajo según el artículo 507 numeral 3 de la L.O.T.T.T. los cuales pueden mediar en la solución de reclamos y ordenar el cumplimiento de la ley o la normativa correspondiente.
- Mediación Extrajudicial o Prejudicial: Se realiza antes de que se inicie un proceso judicial o paralelamente a él, con la intención de evitar el litigio. Esta mediación puede ser promovida por las partes directamente o a través de servicios de mediación ofrecidos por organizaciones laborales, sindicatos, o instituciones privadas especializadas en mediación.
El Mediador
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