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Mediación Como Institución Jurídica De Resolución De Conflictos


Enviado por   •  30 de Agosto de 2013  •  3.659 Palabras (15 Páginas)  •  322 Visitas

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TRABAJO DE FIN DEL CURSO UNIVERSITARIO DE MEDIACIÓN

(ENERO-ABRIL 2013).

Aproximación teórico práctica a la mediación como institución jurídica y social de resolución de conflictos.

INDICE.-

La mediación……………………………………………………………………….. Pag.3

El origen de la mediación…………………………………………………………...Pag.4

Características del sistema de mediación………………………………………….Pag.5

Pros y contras del sistema de mediación……………...……………………………Pag.5

Ámbito de aplicación………………………………………………………………..Pag.6

Métodos de mediación………………………………………………………………Pag.7

Conclusión sobre los métodos……………………………………………………....Pag.10

Voluntariedad del proceso de mediación…………………………………………..Pag.10

¿Cuándo termina el proceso de mediación?.............................................................Pag.11

Comparativa entre mediación y conciliación……………………………………...Pag.11

Concepto doctrinal de mediación…………………………………………………..Pag.11

Características del mediador……………………………………………………….Pag.12

Comparativa con la conciliación…………………………………………………...Pag.12

Diferentes ámbitos y clasificaciones de la mediación……………………………..Pag.13

Caracteres fundamentales e idiosincráticos de la mediación…………………….Pag.14

Ventajas de la mediación…………………………………………………………...Pag.15

Procedimiento de mediación……………………………………………………….Pag.15

Elementos del conflicto……………………………………………………………..Pag.16

Elementos relativos al proceso……………………………………………………..Pag.17

Elementos del objeto de la controversia…………………………………………...Pag.17

Actitudes ante la problemática conflictual………………………………………..Pag.17

LA MEDIACIÓN

La palabra conflicto en la mediación, va a estar referido a conflictos interpersonales, o sea entre personas, entres estas y organizaciones o entre organizaciones. Es decir: vamos a tener siempre en cuenta el carácter relacional del conflicto.

La humanidad posee diferentes formas de conducción de conflictos. Estas modalidades van desde lo más informal hasta lo formal. En el extremo informal, encontramos las siguientes características: Se dan entre familiares, grupos de amigos, grupos de trabajo o deportivos, personas que tienen un gran conocimiento entre si y entre las que existen intensos lazos afectivos.

No hay reglas establecidas e idiosincrásicas de los contextos en los cuales se desarrollan. No hay terceros a quienes involucrar para ayudar.

No es onerosa (peligrosa), a esta forma se la conoce negociación.

En el extremo formal encontramos otras características: Serie de organización de complejidad creciente, desde los inicios sumarios, el Ombudsman (medidor profesional) algunas instituciones tales como “alquiler de jueces” hasta el arbitraje y el proceso judicial tradicional.

Algunos incluyen relaciones interpersonales. Pero también llegan a la justicia formal conflictos en los cuales no hay relaciones afectivas intensas entre las partes, proceso bien definido que ha dado las ramas del Derecho Procesal, sus códigos de procedimientos deben seguirse rigurosamente para la conducción del conflicto.

Hay terceros que cumplen con la función definida, según los casos, del tercero es a pedido de las partes.

Es onerosa comúnmente se llama a esta forma de conducción: Juicio.

Entre estos dos extremos, en la actualidad, un campo intermedio es el de la mediación. Se caracteriza por:

a) los procesos son más formales que los informales pero más informales que los formales.

b) Existe un proceso definido, no establecido, se determina entre las mismas personas que se enfrentan en el conflicto, mas una tercera persona que es llamada en ayuda

c) Es voluntaria la iniciación del proceso. Las dos partes deben acordar este camino

d) No es obligatorio llegar a un acuerdo. Las partes pueden abandonarlo en cualquier momento para realizar una negociación entre ellas o pueden transformarlo en un juicio

e) Este tercero no tiene poder para obligar a cumplir sus agresiones sobre la situación.

EL ORIGEN DE LA MEDIACION

A mediados de la década de los `70 en Estados Unidos nació la mediación, como una nueva institución a la resolución alternativa de conflictos, posterior mente se la incorporo al sistema legal y en algunos estados como California, se la se la instruyó como estancia, previa al juicio.

A finales de la década de los `70, se comenzó con el sistema de mediación en Inglaterra, donde en sus comienzos fue aplicada por un pequeño nuecero de abogados independientes. En 1989 se estableció la primero compañía británica privada dedicada a la solución alternativa de disputas. En Inglaterra hay dos tipos de mediación: la del sector público y la del sector voluntario.

En Inglaterra la mediación está en su mayor parte a cargo de los trabajadores sociales y se basa en sus teorías.

En Francia la mediación parte de la figura del Ombudsman como un intermediario entre los particulares y los distintos organismos oficiales, comienza en el derecho público, se extiende luego al derecho privado. La institucionalización de la mediación en el Derecho Civil de 1990.

En Argentina de 1992 el Poder Ejecutivo Nacional declaro la institucionalización y el desarrollo de la mediación como método alternativo para la solución de controversias.

La práctica de la mediación en todo el mundo ha crecido en estas últimas décadas. La principal razón de esto es la que resultado muy efectiva.

CARACTERISTICAS DEL SISTEMA DE MEDIACION

Para crear un contexto más flexible para la conducción de disputas, tiene una práctica generalmente

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