Tarea N°3: Justicia y Jurisdicción Universal
Enviado por Miguel Campoblanco • 10 de Mayo de 2023 • Apuntes • 469 Palabras (2 Páginas) • 190 Visitas
Tarea N°3: Justicia y Jurisdicción Universal
1. ¿En el Código Penal de su país debería incorporarse un articulado sobre jurisdicción universal? ¿Y cómo sería una propuesta de su contenido?
El principio de jurisdicción universal tiene como finalidad permitir o exigir a un Estado enjuiciar penalmente determinados crímenes sin que sea relevante el lugar donde éstos se hayan cometido ni la nacionalidad del autor o víctima[1]. En pocas palabras, se busca con esto ejercer la potestad jurisdiccional sobre delitos de interés internacional que los Estados se permiten reprimir[2]. Si bien el Código Penal no busca expresarlo en un solo artículo específico, encontramos que en el Artículo 1°, 2° y 3° del Código Penal se contempla la represión penal, sin importar en dónde se encuentren, sobre funcionarios públicos, naves o aeronaves públicas, o quien busque desde el extranjero afectar al Estado, por parte de un connacional o contra uno. Además, el Código Penal Militar Policial peruano vigente lo tiene contemplado expresamente el Principio de Jurisdicción Internacional en el Artículo 78: “Con respecto a los delitos contemplados en el presente Título[3], este Código rige incluso cuando estos hayan sido cometidos en el extranjero o no tengan vinculación con el territorio nacional”.
2. Opina usted, ¿existen otros delitos que por su naturaleza deban ser incluidos con la misma categoría de los delitos contra la humanidad?
En la pasada campaña presidencial del 2021, resultó cuanto menos curiosa la propuesta de un candidato de buscar considerar a los delitos relacionados a actos de corrupción como delitos que afectan los derechos humanos. Y tal parece que, después de todo, no sonaría tan descabellada la idea como en su momento se tomó, ya que por ejemplo, los efectos de un simple soborno terminan minando el derecho a la tutela jurisdiccional de una de las partes en conflicto, así como termina trastocando el norte del proceso en su totalidad, volviéndolo fraudulento. Así pues, se podría afirmar que la corrupción no solo afecta los derechos fundamentales de un individuo sino que afecta estructuralmente el ejercicio de estos derechos ante la sociedad. Si bien, a pesar de su pestilencia, la corrupción no alcanza el nivel de afectación a la humanidad que sí tienen los delitos contemplados por el Estatuto de Roma (Crímenes de Genocidio, Crímenes de Guerra, Crimen de Agresión y Crímenes de Lesa Humanidad), el debate por incluir a la corrupción dentro de este círculo aparentemente cerrado está latente.
[1] Kenneth C. Randall, “Universal jurisdiction under international law”, Texas Law Review N° 66 (0988), pp, 785-8; I
[2] https://www.lcrc.org/spa/resources/documents/misc/5tdmr.html Jurisdicción Universal Sobre Crímenes de Guerra
[3] Título II: Delitos cometidos en Estados de Excepción y contra el Derecho Internacional Humanitario, Artículos del 75° al 98°. Código Penal Militar Policial. Decreto Legislativo N° 1094, 01/09/2010.
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