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Teoría de la argumentación con perspectiva de género


Enviado por   •  6 de Septiembre de 2023  •  Resumen  •  437 Palabras (2 Páginas)  •  56 Visitas

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Universidad Nacional Autónoma de México

Facultad de Derecho / División de Estudios de Posgrado

Maestría en Derecho[pic 1]

TEORÍA DE LA ARGUMENTACIÓN CON PERSPECTIVA DE GÉNERO[pic 2][pic 3]

DRA. MARÍA DE JESÚS MEDINA ARELLANO

Inicio de la vida y aborto

En el texto se aborda el comienzo de la vida humana desde la formación de las células, el embrión, sin dejar a un lado las tecnologías de reproducción humana asistida y el feto humano.

Continua con el Derecho a la salud, sexuales y reproductivos, en cuanto a este tema se resalta lo señalado en el artículo 1o. constitucional: “todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte”. Principios fundamentales para la efectiva garantía y protección de los derechos humanos; como lo son los derechos sexuales y reproductivos.

En ese sentido, la salud sexual y reproductiva —al igual que de forma genérica el derecho a la salud— su garantía depende del cumplimiento de cuatro elementos: disponibilidad, accesibilidad, aceptabilidad y calidad (se refiere a los establecimientos, bienes, servicios e información que se debe brindar a toda persona).

Como lo señalan las autoras, los derechos sexuales y reproductivos, y en especial el derecho al aborto, siempre han causado muchas controversias en todos los sectores de la sociedad, pero lo realmente importante es pensar de manera crítica en el tema de salud pública, el cual se ha relacionado con diversas posturas éticas, religiosas, políticas, y que incluso pareciera ser que la expropiación del cuerpo de la mujer, como un medio para el fin reproductivo humano, todavía se entiende como un tema de debate público y no como la expresión de la autonomía de una persona con libre derecho a decidir.

No omito hacer mención a la Norma Oficial Mexicana NOM-007-SSA2-2016, Para la Atención de la Mujer durante el Embarazo, Parto y Puerperio, y de la persona recién nacida, publicada en el DOF el 7 de abril de 2016, en la que se reitera el derecho universal a la salud sexual y reproductiva, la opción libre e informada, el respeto a la integridad física y el derecho a no sufrir discriminación ni coerción en todos los asuntos relacionados con la vida sexual y reproductiva de la mujer, en cabal cumplimiento a los derechos humanos y con perspectiva de género.

Así mismo se hace notar que en cuanto a la regulación jurídica en materia Penal sobre la interrupción del embarazo, se encuentra regulado de forma distinta en cada entidad federativa, esto en cuanto a su sanción, supuestos de excluyentes de responsabilidad, penas alternativas como en el caso de tratamientos alternativos, entre otras.

Carlos Genaro Valdez Olmos

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