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Análisis del Impuesto Sobre la Renta


Enviado por   •  30 de Agosto de 2024  •  Documentos de Investigación  •  1.177 Palabras (5 Páginas)  •  50 Visitas

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Análisis del Impuesto Sobre la Renta

Una de las maneras por la que los mexicanos pueden contribuir al gasto público del país es mediante es mediante los impuestos y el Impuesto Sobre la Renta es un impuesto general directo y personal que grava los ingresos de las personas físicas y morales y se rige por la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR).

De acuerdo con el artículo 1 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta son sujetos de impuesto las físicas y morales y están obligadas al pago de impuestos sobre la renta en los siguientes casos:

  1. Los residentes en México, respecto de todos sus ingresos, cualquiera que sea la fuente de riqueza de donde procedan.
  2. Los residentes en el extranjero que tengan un establecimiento permanente en el país respecto de los ingresos atribuibles a dicho establecimiento permanente.
  3. Los residentes en el extranjero respecto de los ingresos procedentes de la fuente de riqueza situadas en territorio nacional, cuando no tengan un establecimiento permanente en el país o cuando teniéndolo, dichos ingresos no sean atribuibles a este.

Residentes en México  

Para efectos fiscales se les considera residentes en México a los siguientes supuestos:

  • A las personas físicas, nacionales y extranjeras que hayan establecido su casa habitación en México.
  •  Cuando también tengan una casa habitación en otro país se considera residente en México si en este país tienen su centro de intereses vitales; es decir que más del 50% de los ingresos anuales de las personas físicas procedan de fuente de riqueza ubicada en México, o bien que el centro de sus actividades profesionales este ubicado en territorio nacional entre otros casos.
  • A las personas físicas de nacionalidad mexicana que sean funcionarios del Estado incluso cuando su centro de intereses vitales se encuentre en el extranjero.
  • A las personas morales (sociedades mercantiles, asociaciones y sociedades civiles, entre otras) que hayan establecido en México el principal asiento de su negocio o su sede de dirección efectiva.

Establecimiento Permanente

De acuerdo con el Artículo 2 de la LISR, se considera como establecimiento permanente cualquier lugar de negocios en el que se desarrollen, parcial o totalmente, actividades empresariales o se presten servicios personales independientes.

Se entenderá como establecimiento permanente, entre otros, las sucursales, agencias, oficinas, fábricas, talleres, instalaciones, minas, canteras o cualquier lugar de exploración, extracción o explotación de recursos naturales. También se considerará que existe establecimiento permanente de una empresa aseguradora residente en el extranjero, cuando esta perciba ingresos por el cobro de primas dentro del territorio nacional u otorgue seguros contra riesgos situados en él, por medio de una persona distinta de un agente independiente, excepto en el caso del reaseguro. De igual forma, se considerará que un residente en el extranjero tiene un establecimiento permanente en el país, cuando actúe en el territorio nacional a través de una persona física o moral que sea un agente independiente.

Residentes en el extranjero 

No solo los residentes en México están obligados al pago de impuestos, está obligación se extiende para los residentes en el extranjero cuyos ingresos provienen de una fuente de riqueza en el territorio nacional.

Los residentes en el extranjero pueden obtener ingresos en el territorio nacional de diversas formas, por ejemplo, prestando sus servicios, vendiendo inmuebles, arrendados bienes muebles vendiendo acciones, entre otros.

Para efectos fiscales, se consideran residentes en el extranjero:

•Las personas físicas, nacionales o extranjeras, que no tengan su casa habitación en México.

•No obstante, si tienen casa habitación en México se considerarán residentes en el extranjero si en este país no tienen su centro de intereses vitales; es decir, si más de 50% de los ingresos anuales que perciben no procede de fuente de riqueza ubicada en México, o bien si el centro de sus actividades profesionales no está ubicado en territorio nacional, entre otros casos.

•Las personas morales (sociedades mercantiles, asociaciones y sociedades civiles, entre otras) que no hayan establecido en México el principal asiento de su negocio o su sede de dirección efectiva.

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