Alerta
Enviado por lilirosi • 4 de Octubre de 2015 • Ensayo • 623 Palabras (3 Páginas) • 157 Visitas
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ASIGNATURA
LEGISLACION LABORAL
ACTIVIDAD Nº 7
CASO, CONTARTO DE TRABJO
PRESENTA
LILIANA ROCIO BAUTISTA PERALTA
ID 000304366
BOGOTA D,C SEPTIEMBRE DE 2015
CASO 1.
Rosita Alonso le manifiesta a usted que fue contratada verbalmente por seis (6) meses, como secretaria de una empresa. Lleva un mes laborando y la persona que la contrató le dijo que su periodo de prueba era de dos meses. Ha recibido una carta en donde le manifiestan que su contrato de trabajo se da por terminado, por cuanto no están en condiciones de seguir cancelándole su salario.
A partir del caso expuesto y con base en el material bibliográfico, responderá de forma individual a la pregunta: ¿es un despido legal y tiene alguna justificación? O por el contrario es ilegal y cuál sería la razón. Para responder argumente bien su respuesta, reflejando claramente las bases jurídicas en que se apoya. Recuerde que no se trata de transcribir los artículos del Código Laboral.
RESPUESTA AL CASO 1.
En el caso de Rosita, su despido de la empresa fue ilegal.
Como primera estancia, la empresa que contrata a rosita, regido bajo el Código Sustantivo del trabajo, debió contratar a la señora rosita por medio de un contrato ya hubiese sido escrito o verbal, ya que el periodo de prueba para un trabajador si se debe desarrollar mediante un escrito.
Si entre rosita y la empresa hubiera existido un periodo de prueba, este estaría viciado debido a que en los contratos de trabajo a término fijo, cuya duración sea inferior a (1) año, el periodo de prueba no podrá ser superior a la quinta parte del termino pactado entre el trabajador y el empleador, sin que de pase de dos (2) meses, para ser más claros y concisos en este caso de rosita, el periodo de prueba no se podría exceder de 36 días.
Para que se dé un despido justificado ante este caso, debe ser por las causales que se encuentran plasmadas en el código sustantivo del trabajo, para ser más concisos y claros se encuentra en el Artículo 62.
Terminación del Contrato por Justa Causa; modificado por el Articulo 7, Decreto 2351 de 1965. El nuevo texto contempla Son justas causas para dar por terminado unilateralmente el contrato de trabajo.
El Empleador:
- La violencia grave de las obligaciones o prohibiciones especiales que incumben al trabajador, de acuerdo con los artículos 58 y 60 del Código Sustantivo del trabajo, o cualquier falta grave.
- Todo acto inmoral que el trabajador cometa en su puesto de trabajo, en el desempeño de sus labores.
- Todo acto grave de violencia, injuria o malos tratamientos en que incurra el trabajador fuera del servicio, en contra del empleador, de los miembros de sus familias, jefes o vigilantes.
- Todo vicio del trabajador que perturbe la disciplina de la entidad o establecimiento de trabajo.
- La ineptitud del trabajador para desarrollar la labor o labores encomendadas en su puesto de trabajo.
EN LOS NUMERALES DEL 9 AL 15 DE ESTE ARICULO , PARA LA TERMINACION DEL CONTRATO, EL EMPLEADOS DEBERA DAR AVISO AL TRABAJADOR CON ANTICIPACION NO MENOR DE QUINCE (15) DIAS.
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