Alcoholismo
Enviado por mirian132 • 20 de Febrero de 2014 • 381 Palabras (2 Páginas) • 206 Visitas
ARTICULO 663.- El recurso de apelación tiene por objeto que el superior confirme, revoque o
modifique la resolución del inferior.
ARTICULO 664.- Pueden apelar: el litigante si creyere haber recibido algún agravio, los terceros que
hayan salido al juicio y los demás interesados a quienes perjudique la resolución judicial.
No puede apelar el que obtuvo todo lo que pidió; pero el vencedor que no obtuvo la restitución de frutos,
la indemnización de daños y perjuicios o el pago de costas, podrá apelar también.
ARTICULO 665.- La parte que venció puede adherirse a la apelación interpuesta al notificársele su
admisión o dentro de las veinticuatro horas siguientes a esa notificación. En este caso la adhesión al recurso
sigue la suerte de éste.
ARTICULO 666.- La apelación debe interponerse ante el juez que pronunció la resolución,
verbalmente en el acto de notificarse, o por escrito dentro de cinco días improrrogables si se tratare de una
sentencia definitiva, o dentro de tres si fuera interlocutoria o se tratare de un auto. Se exceptúa la apelación
contra las sentencias de los juicios en rebeldía, cuando no fuere notificado personalmente el demandado, o
cuando se tratare de la apelación extraordinaria.
Los autos e interlocutorias serán apelables cuando lo fuere la sentencia definitiva.
ARTICULO 667.- El litigante al interponer la apelación debe usar de moderación, absteniéndose de
denostar al juez; de lo contrario, quedará sujeto a la pena impuesta en los artículos 61 y 62.
ARTICULO 668.- Interpuesta una apelación, el juez la admitirá sin substanciación ninguna si fuere
procedente, expresando si la admite en ambos efectos o en uno solo.
ARTICULO 669.- El recurso de apelación procede en un solo efecto o en ambos efectos. En el primer
caso, no se suspende la ejecución del auto o de la sentencia, y si ésta es definitiva se dejará en el juzgado, para
ejecutarla, copia certificada de ella y de las demás constancias que el juez estime necesarias, remitiéndose desde
luego los autos originales al Tribunal Superior. Si es auto, se remitirá al tribunal testimonio de lo que el apelante
señalare en el escrito de apelación y a él se agregarán, a costa del colitigante, las constancias que éste solicite
dentro de tres días siguientes a la admisión del recurso.
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