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Enviado por   •  7 de Mayo de 2015  •  3.471 Palabras (14 Páginas)  •  179 Visitas

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INTRODUCCIÓN

La ley del ISR establece en primer término las disposiciones preliminares aplicables en rasgos generales en materia de dicho impuesto, y fija los tratamientos que corresponden a las personas morales (empresas) y personas físicas.

El objeto del impuesto sobre la renta está constituido por el ingreso en efectivo, en especie o en crédito, provenientes de la realización de actividades comerciales, agrícolas, industriales, ganaderas o de pesca, o por los obtenidos por personas físicas y por los percibidos por asociaciones de carácter civil.

Personas Morales

Las PM se clasifican en regímenes dependiendo de la actividad a la que se dediquen, los regímenes fiscales son los siguientes:

PERSONAS MORALES CON FINES NO LUCRATIVOS

Incluye a todas las PM cuya finalidad no es obtener una ganancia económica, tales como instituciones de asistencia o de beneficencia, asociaciones de padres de familia, sociedades civiles de enseñanza, etc.

PERSONAS MORALES DEL RÉGIMEN SIMPLIFICADO

Este régimen incluye sólo a quienes se dedican exclusivamente al autotransporte terrestre de carga o de pasajeros, así como a quienes desarrollan actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas o pesqueras, y a las empresas integradoras.

PERSONAS MORALES DEL REGIMEN GENERAL

Comprende a las sociedades mercantiles, asociaciones civiles de profesionales que realicen actividades lucrativas, sociedades cooperativas de producción, instituciones de crédito tales como bancos y casas de bolsa, organismos descentralizados que comercialicen bienes o servicios.

OBLIGACIONES DE LAS PERSONAS MORALES

Los contribuyentes que obtengan sus ingresos dentro de los regímenes de las personas morales tienen las obligaciones siguientes:

Las personas morales deberán calcular el impuesto sobre la renta, aplicando al resultado fiscal obtenido en el ejercicio la tasa del 32%.

Llevar la contabilidad de conformidad con el código fiscal de la federación.

Las personas morales llevaran una cuenta de utilidad fiscal neta.

Expedir comprobantes por las actividades que realicen y conservar una copia de los mismos a disposición de las autoridades fiscales.

Expedir constancias en las que asienten el monto de los pagos efectuados que constituyan ingresos de fuente de riqueza ubicada en México.

Obtener y conservar la documentación comprobatoria, tratándose de contribuyentes que celebren operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero.

Impuestos de personas morales de IVA e ISR

¿Qué es el servicio de declaraciones y pagos?

Es un servicio para presentar pagos provisionales o definitivos del ISR, IETU, IVA o IEPS, incluyendo retenciones, a través de medios y formatos electrónicos, incluyendo complementarias, extemporáneas y de corrección fiscal, por medio del portal de internet del SAT.

Fundamentos: Artículos 20, séptimo párrafo; 31, primer párrafo del CFF, 53 del RCFF y regla II.2.8.5.1. de la RMF 2013 publicada en el DOF el 28 de diciembre de 2012.

¿Quiénes están obligados a utilizar el servicio de Declaraciones y Pagos?

Están obligados a utilizar este servicio todos los contribuyentes conforme al calendario que se publique en el portal de internet del SAT. Los contribuyentes obligados a utilizar el servicio de Declaraciones y Pagos son: Contribuyentes que se incorporan en 2012 A partir de febrero de 2012, para presentar los pagos provisionales y• definitivos correspondientes a enero y subsecuentes: TODAS las personas morales.• Contribuyentes que ya se incorporaron en 2011 y 2009 A partir de febrero de 2011, para presentar los pagos provisionales y• definitivos correspondientes a enero y subsecuentes: Los contribuyentes que sean sujetos del Impuesto Especial sobre• Producción y Servicios (IEPS)

Fundamentos: Artículos 20, séptimo párrafo; 31, primer párrafo del CFF, 53 del RCFF y regla II.2.8.5.1. De la RMF 2013 publicada en el DOF el 28 de diciembre de 2012.

¿Cómo declarar por primera vez si soy persona moral?

Las personas morales que hayan obtenido ingresos en el año fiscal, así como aquellas no lucrativas como asociaciones civiles y ONG's deben presentan la declaración.

"Es recordable que aunque la empresa no haya tenido operaciones haga su declaración si quiere evitar cargos", destaca José Manuel Valderrain, socio director del despacho Velderrain Sáenz y Asociados.

El SAT informa que para poder realizar la declaración las empresas deben descargar e instalar el programa electrónico Declaración Anual de personas morales (DEM) 2013, desde el portal del organismo.

Se debe capturar la información a declarar en el formulario electrónico que corresponda según el régimen y generar el archivo de la declaración y enviarlo al organismo.

Después, el SAT remitirá un acuse con sello digital que acredita que se recibió dicha declaración. En el caso que no le resulte impuesto a cargo, ahí concluye el cumplimiento de dicha obligación.

En caso de obtener saldo a cargo, el pago deberá realizarse mediante transferencia electrónica en el portal del banco autorizado y deberá señalarse el número de operación y fecha de presentación contenidos en el acuse de recibo electrónico.

Para enviar la declaración por internet es necesaria la Firma Electrónica (FIEL), que tiene una vigencia de cuatro años para las personas morales.

"Las modificaciones hechas con la Reforma Fiscal aún no tendrán efectos en esta declaración, debido a que correponderá al ejercicio fiscal 2014 que se declara hasta 2015", precisó Valderrain Sáenz.

Además recomendó a los contribuyentes realizar la declaración anual con el apoyo de un contador porque en el caso de personas morales el proceso es más complejo. Se deben determinar los ingresos gravados para cada uno de los impuestos, las deducciones autorizadas y los beneficios a los que tenga derecho el contribuyente.

¿Cuáles son las fechas que debemos cumplir con el fisco?

Además de la declaración fiscal que deben presentar las personas físicas y morales a más tardar el 17 de cada mes y la declaración informativa para operaciones con terceros (DIOT) el último día del mes, los contribuyentes deben tener presentes otras fechas para cumplir con sus obligaciones fiscales.

De no hacerlo, las multas pueden ir desde 1,100 pesos hasta 13,720 pesos, según el Código Fiscal federal, comentó el contador y fiscalista José Manuel Velderrain.

“Siempre va a ser más barato cumplir a tiempo con las contribuciones, y así evitar recargos, actualizaciones y multas”, dijo el integrante de la Comisión de Investigación Fiscal del Colegio de Contadores Públicos

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