El proceso de planear
Enviado por pedroskpg • 21 de Marzo de 2014 • Informe • 2.580 Palabras (11 Páginas) • 243 Visitas
INSTITUTO UNIVERSITARIO DE TECNOLOGIA
“DR. CRISTOBAL MENDOZA”
COORDINACION DE INVESTIGACION Y PASANTIAS
EXTENSION MERIDA
MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA LA RENDICION DE CUENTAS DE LOS CONSEJOS COMUNALES A TRAVES DEL FOMFICC(Fondo Merideño para el Financiamiento de los Consejos Comunales)
Trabajo especial de grado para optar Título de Técnico Superior Universitario en la Especialidad de Administración de Empresas.
Autor: Angy Gutiérrez Jerez
Mérida, marzo 2014
CAPITULO I
EL PROBLEMA
1.1PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA
Las organizaciones como agrupaciones de personas con propósitos comunes son entes sociales y económicos que en el caso de las instituciones públicas o empresas privadas deben ejecutar un conjunto de procesos administrativos comúnmente plasmados por los procedimientos contables que corresponde a la administración que engloba la dirección, control, planificación y las organizaciones de los diferentes recursos con el fin de alcanzar metas y objetivos organizacionales.
Chiavenato (2001), se refiere a la administración como "el proceso de planear, organizar, dirigir y controlar el empleo de los recursos organizacionales para conseguir determinados objetivos con eficiencia y eficacia” (p.3), de esta forma las instituciones están constituidas por individuos encargados de cumplir los propósitos por los cuales estas fueron creadas, este hecho está presente en cualquier tipo de organización pública, por lo cual la revisión permanente de la adecuación entre la estructura existente y las necesidades es un imperativo en cualquier organización.
Del mismo modo, el diseño organizacional es aquel que incluye la definición de la estructura básica de la empresa y como dividir y asignar la tarea empresarial entre departamentos, divisiones, equipos y cargos, aspectos que generalmente se divulgan en los organigramas y manuales de las organizaciones (p.205).
Tomando en cuenta todos estos aspectos, las instituciones de cualquier índole deben adoptar un diseño organizacional que sea acorde a los objetivos que persigue, de tal manera que cada empleado o trabajador tenga claro cuáles son sus funciones y como debe cumplirlas, dentro de las mismas para garantizar el buen desarrollo administrativo de los parámetros que rigen una organización.
Por otra parte se tiene que en Venezuela se proyecta un nuevo un modelo democrático participativo y protagónico contenido en el texto constitucional de 1999, que plantea construir una sociedad, distinta, nueva, donde lo esencial son los seres humanos y toda la construcción de valores que los enaltezcan y lo desarrollen como personas, generándose al mismo tiempo procesos de organización colectivos y cooperativos, tendentes a la justicia, igualdad, equidad y libertad, lo que implica el desarrollo y cumplimiento impostergable de una serie de condiciones valorativas, políticas, sociales e institucionales que hagan propicio el cumplimiento de estas condiciones.
La distinción entre democracia representativa y participativa es importante en el marco histórico de la sociedad venezolana. La primera se ejerce a través de la representación de las decisiones políticas en funcionarios electos; en la segunda, las decisiones políticas son tomadas directamente por la población mediante asambleas de ciudadanos y ciudadanas, procesos electorales o referendos.
En el mes de abril del año 2006 fue promulgada la Ley de los Consejos Comunales (LCC), cuyo texto expresa en sus objetivos, la creación, organización, desarrollo, funcionamiento de los Consejos Comunales y su relación con los entes del Estado, para la formulación, ejecución, control y evaluación de las políticas públicas; igualmente expresa, que la figura de los Consejos Comunales le permite al pueblo organizado ejercer directamente la gestión de las políticas públicas y proyectos orientados a responder a las necesidades y aspiraciones de las comunidades en la construcción de una sociedad de equidad y justicia social.
Su funcionamiento y acción se rige conforme a los principios de corresponsabilidad, cooperación, solidaridad, transparencia, rendición de cuentas, honestidad, eficacia, eficiencia, responsabilidad social, control social, equidad, justicia e igualdad social y de género. En tal sentido, el artículo 6 de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público (LOAFSP, 2008), establece que están sujetos a las regulaciones de esta Ley, las fundaciones, asociaciones civiles y demás instituciones constituidas con fondos públicos o dirigidas por algunas de las personas referidas en este artículo, cuando la totalidad de los aportes presupuestarios o contribuciones en un ejercicio, efectuados por una o varias de las personas referidas en el presente artículo, represente el cincuenta por ciento o más de su presupuesto. Este es el caso de los Consejos Comunales.
En este contexto se generó la oportunidad de establecer nuevas formas de gerencia, cuyas bases descansan en las organizaciones comunales que permiten aprovechar las ventajas de una administración efectiva en el rango de recursos económicos que mejoran la calidad de vida de los ciudadanos y ciudadanas.
No obstante, la Administración Pública en Venezuela, ha tenido que sufrir varios cambios y avances de la globalización, debido a que ha estado rezagada con respecto a otras del mundo, porque no se ha desarrollado tecnológicamente, sin embargo los manuales son instrumentos y sistemas eficaces con los que se consigue establecer y definir actividades como lo define Gómez (1994). Los manuales "son un conjunto de documentos que parte de los objetivos fijados y de las políticas implantadas para lograrlo" (p.52).
Señala que son secuencias lógicas y cronológicas de una serie de actividades, traducidas a un procedimiento determinado, indicando quien lo realizará, que actividades han de desempeñarse y la justificación de todas y cada una de ellas, suelen tener información y ejemplo de formularios, autorizaciones o documentos necesarios para el correcto desarrollo funcional de una institución, pueden emplearse para las rendiciones de cuentas a un órgano de control competente, que se puede expresar con el término responsabilidad, es decir, la obligación de responder por los actos, pues implica la capacidad de garantizar que las autoridades del gobierno respondan por sus acciones.
De allí que surja de manera inmediata la inquietud,
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