Ensayo De Administracion
Enviado por Kratcito • 4 de Octubre de 2013 • 1.690 Palabras (7 Páginas) • 225 Visitas
EVOLUCION HISTORICA DEL DERECHO PENAL. PRINCIPALES ANTECEDENTES.
El más importante antecedente en materia de legislación penal en culturas lejanas (Zaffaroni refiere en ésta denominación a culturas distantes en el tiempo), lo encontramos en Babilonia, mas precisamente en el Código de Hammurabi (siglo XXIII ac).
Este código contiene disposiciones referidas al Derecho Civil y al Derecho Penal.
Distinguía entre hombres listos y esclavos y establecía penas para varios delitos. La composición (institución que consiste en volver la situación al estado anterior al delito) devolviendo el triple de lo tomado, se admitía para algunos delitos meramente patrimoniales.
Conforme a la concepción en la época, en que los esclavos y los niños se consideraban cosas, estos podían ser objeto de hurto.
Establecía penas drásticas y de inmediata aplicación, tales como muerte y mutilación.
La ley de talión consistente en devolver un mal equivalente al sufrido (vulgarmente explicitada “ojo por ojo; diente por diente, sangre por sangre”) caracterizaba toda la legislación: se devolvía lesión por lesión – muerte por muerte.
Entre otras características salientes del Código de Hammurabi, pueden citarse:
-Distinción clara entre culpa y dolo.
-Reconocía eximentes tales como fuerza mayor caso fortuito, buena fe, estado de necesidad y legítima defensa.
-Severidad de las penas: ya que la mayoría de los delitos eran sancionados con la pena de muerte o bien de carácter mutilante.
EL DERECHO PENAL ROMANO
Entre las características más salientes del Derecho Penal Romano pueden mencionarse:
- Distinción entre delitos públicos y privados. Los primeros eran perseguidos por los representantes del estado; mientras que los segundos constituían asuntos entre particulares.
- La especial significación que se otorgaba al dolo, caracterizado por el “animus” como voluntad realizadora del tipo, excluido por el desconocimiento de cualquiera de sus características.
- La omisión se penaba en determinados casos.
- La tentativa era un concepto desconocido; no permitido en los delitos privados, penándose como delitos independientes los actos preparatorios de delitos públicos.
- También se conocían causas de justificación, tales como legítima defensa, estado de necesidad, cumplimiento de ordenes y deberes.
- Con respecto a la cuantificación de la pena, esta no llegó a ser en Roma materia de consideración racional, sino que fue objeto de manejo arbitrario por parte de los magistrados.
GRECIA.
La legislación penal griega en general se ha perdido, conservándose solo fragmentos en obras de autores que tratan otras materias.
Una aproximación al Derecho Penal Griego puede extraerse del juicio a Sócrates, que se conserva principalmente en la obra de Platón.
En general se puede decir que el Derecho Penal ateniense no tenía la crueldad que caracterizaba a otras legislaciones del mundo antiguo.
Otro aspecto de relevancia está dado por la secularización (separación de los ámbitos civil/político y eclesiástico) como rasgo característico del Derecho Penal grecoromano. Como consecuencia de la concepción griega de la polis, su ley no respondía a una base estructural teocrática, propia de los estados antiguos.
Asimismo, cada polis tenía su propia legislación penal, y se sabe por ejemplo, que la de Atenas difería notoriamente de la de Esparta. Esta última era mucho más severa, pues recordemos que Esparta era un estado guerrero e imperialista.
A modo de síntesis puede decirse que con Roma y con Grecia se introduce el factor racionalidad en la legislación penal, la que se mundaniza y se seculariza.
De todas formas no se trata de un proceso lineal y definitivo por el cual la concepción teocrática y divina desaparecen definitivamente, sino que este proceso estará signado de marchas y contramarchas, hasta la formación y evolución del derecho penal contemporáneo.
DERECHO PENAL GERMANICO
El predominio germánico puede ubicarse entre los siglos V y XI de la era cristiana. A lo largo de esos siglos el Derecho Penal germano fue evolucionando como resultado del contacto con los romanos primero, y con el cristianismo luego.
El hombre germano se concebía a sí mismo como integrante de una unión: casa, familia, pueblo. A partir de esa concepción fundante, entendía como derecho al orden imperante en las mismas. De allí que la paz dentro de la unión suprapersonal fuese el derecho y su quebrantamiento el delito.
La pena más grave que conocía el derecho penal germano era la pérdida de la paz. Como consecuencia del principio talional, quien lesionaba la paz, debía perder la misma: lo cual importaba la pérdida de la protección jurídica.
La desprotección jurídica no solo refería a la persona, sino también, a sus bienes, permitiéndose cualquier lesión sobre la persona y sobre su patrimonio.
La comisión de un delito, generaba una relación particular entre el autor y la víctima, con lo cual, el Derecho Penal cobraba un carácter extremadamente individualista, y exigía por parte del lesionado y de su familia en la humillación del delincuente.
La humillación no sólo podía ser conseguida mediante el castigo al delincuente, sino que también, mediante el avenimiento del infractor para la celebración de acuerdos de composición consistentes en el pago de una multa al lesionado.
Al fortalecerse la autoridad, especialmente durante el reinado de los francos, se procuró favorecer estos acuerdos, con el fin de evitar las pérdidas causadas por la venganza,
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