GLOSARIO DERECHO NOTARIAL
Enviado por alejkfert • 1 de Diciembre de 2014 • 4.695 Palabras (19 Páginas) • 460 Visitas
Ab Intestato:Sin Testamento.
Abogacía: Actividad profesional del abogado.
Abogado. Profesional del derecho que ejerce la abogacía.
Abono. Pago parcial destinado a la amortización de una deuda en dinero que debe cubrirse periódicamente.
Abrogar: Privar a una ley totalmente de vigencia.
Acciones: Títulos de crédito en las llamadas sociedades de capital, representativos de una parte de éste, y que confieren a sus tenedores los derechos correspondientes a su calidad de socios.
Aceptación de Herencia: Acto en virtud del cual una persona a cuyo favor se defiere una herencia, por testamento o ab intestato, hace constar su resolución de tomar la calidad de heredero con todas sus consecuencias legales.
Acervo: Conjunto o totalidad de bienes comunes o indivisos.
Acreedor: Elemento personal activo de una relación obligatoria.
Acreedor Hereditario: Titular de un crédito cuyo pago grava sobre los bienes de la herencia.
Acreedor Hipotecario: Acreedor que tiene su crédito asegurado con garantía hipotecaria.
Acta: Documento escrito en el que se hace constar la relación de lo acontecido durante la celebración de una asamblea, congreso, sesión, vista judicial o reunión de cualquier naturaleza y de los acuerdos o decisiones tomados.
Acta Notarial: Instrumento original autorizado, en el que se relaciona un hecho o acto jurídico que el Notario asienta en el protocolo, bajo su fe, a solicitud de parte interesada
Acto de Ultima Voluntad.: Testamento
Acto Formal: Acto para cuya validez se encuentra sujeto a requisitos de forma sin la concurrencia de los cuales no produce los efectos requeridos por la parte o partes que intervinieron en su formación.
Acto Jurídico: Manifestación de la voluntad humana susceptible de producir efectos jurídicos. Para que produzca efecto, además de la capacidad para realizarlo, se precisa que se verifique de acuerdo con los requisitos legales previamente establecidos para cada caso.
Actos Propios: Expresiones de la voluntad humana realizados directamente o por medio de la representación con el fin de crear, modificar o extinguir algún derecho o situación jurídica
Adición de la Herencia: Aceptación de la calidad de heredero.
Adjudicación Hereditaria: Distribución entre los herederos del haber que les corresponda, haciéndolo constar por medio de hijuelas o lotes asignados individualmente a cada uno de ellos..
Administración de la Herencia: Conjunto de los actos encaminados a la conservación del caudal hereditario.
Administrado: Persona cuyos bienes e intereses se encuentran al cuidado de otra o de un órgano destinado al efecto.
Administrador: Persona que tiene a su cargo la administración de un bien o patrimonio cualquiera.
Adopción: Acto jurídico que crea entre adoptante y adoptado un vínculo de parentesco civil del que se derivan relaciones análogas a las que resultan de la paternidad y filiación legitimas.
Adquirir: Acrecentar un patrimonio, por medio de la incorporación legal al mismo de bienes o derechos que hasta el momento de la incorporación pertenecían a otro o carecían de dueño.
Afianzar: Otorgar una fianzas.
Albacea: Persona designada por el testador, los herederos, el juez o los legatarios - según los casos- para cumplir la ultima voluntad del causante, mediante la realización de todos los actos y operaciones necesarios al efecto.
Albaceazgo: Actividad que el albacea desarrolla en el ejercicio de su cargo, de acuerdo con las normas preestablecidas al efecto por el legislador.
Ampliación de la Hipoteca: Extensión de los efectos de este derecho sobre nuevos bienes del deudor hipotecario, cuando los que habían sido gravados resulten insuficientes, por cualquier causa, para asegurar la obligación de que deben responder.
Anulable: Acto jurídico afectado por un vicio o defecto en virtud del cual puede ser declarado nulo judicialmente.
Apertura del Testamento: Diligencia judicial mediante la cual el juez procede a la apertura de un testamento cerrado u ológrafo.
Apoderado: Persona a favor de la cual otra ha otorgado un poder que la habilita para realizar en nombre de ésta determinados actos jurídicos, en los términos señalados en dicho documento.
Apoderamiento: Otorgamiento de un poder a persona determinada.
Apoderar: Otorgar un poder.
Apógrafo: Copia de un escrito original.
Arrendatario: Persona que toma en arriendo alguna cosa.
Asociación Civil: Contrato en virtud del cual varios individuos convienen en reunirse de manera que no sea enteramente transitoria, para realizar un fin común que no esté prohibido por la ley y que no tenga carácter preponderantemente económico.
Asociado: Persona que forma parte de una asociación.
Autenticar: Legalizar o autorizar algo.
Auto: Resolución judicial dictada en el curso del proceso y que, no siendo de mero trámite, ni estar destinada a resolver sobre el fondo, sirve para preparar la decisión, pudiendo recaer sobre la personalidad de alguna de partes, la competencia del juez o la procedencia o no de la admisión de pruebas.
Autos: Conjunto de las constancias escritas relativas a un proceso judicial.
Aval: Garantía total o parcial del pago de un título de crédito.
Avalúo: Justiprecio
Beneficiario: Persona en cuyo favor se ha constituido un seguro, pensión, renta u otro beneficio.
Bienes Hereditarios: Bienes adquiridos por herencia.
Bienes Hipotecario: Aquellos legalmente reconocidos como susceptibles de constituir una garantía hipotecaria.
Bienes Indivisos: Bienes que, perteneciendo a varias personas, constituyen la materia de una indivisión.
Bienes Inmuebles: Se tienen como tales aquellos que no se pueden trasladar de un lugar a otro sin alterar, en algún modo, su forma o sustancia, siéndolo, unos, por su naturaleza, otros, por disposición legal expresa en atención a su destino.
Bienes Muebles: Los bienes son muebles por su naturaleza o por disposición de la ley.
Son muebles por su naturaleza, los cuerpos que pueden trasladarse de un lugar a otro, ya se muevan por si mismos, ya por efecto de una fuerza.
Son bienes muebles por disposición de la ley, las obligaciones y los derechos o acciones que tienen por objeto cosas muebles o cantidades exigibles en virtud de acción personal
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