INCOTERMS 2010
Enviado por alextan • 15 de Junio de 2015 • 2.784 Palabras (12 Páginas) • 238 Visitas
I. INCOTERMS 2010
Los Incoterms 2010 (Camara de Comercio Internacional, 2012) son usos y reglas aceptadas mundialmente que se utilizan en el contexto del comercio internacional para delimitar los derechos y obligaciones del comprador y del vendedor en relación a la entrega de la mercancía objeto de la relación comercial. (Pymes, Gestión y dirección de PYMES - Área de, 2012)
Recuerda que:
Sirven para delimitar claramente qué parte de la compraventa asume el riesgo de la mercancía y así evitar o reducir complicaciones jurídicas y de incertidumbre derivadas de las distintas interpretaciones de los términos del contrato.
La CCI (Cámara de Comercio Internacional) con sede en París, se encarga desde 1936 de la elaboración y actualización de los Incoterms.
Existe una nueva clasificación:
Los Incoterms marítimos, que son exclusivos del transporte por mar y vías navegables, es decir, fluviales (ríos, canales, etc.). Son: FAS, FOB, CFR, CIF (en la versión 2010 desaparecen los Incoterms DES y DEQ).
Los Incoterms polivalentes, que se utilizan para cualquier medio de transporte, incluidos el marítimo y fluvial. Son: EXW, FCA, CPT, CIP, DAT, DAP y DDP (en la versión 2010 desaparecen los Incoterms DAF y DDU).
i. EXW - Ex Works (en fábrica)
1.- Definición
Significa que el vendedor cumple su obligación de entrega cuando pone la mercancía, en su establecimiento (fábrica, almacén, etc.), a disposición del comprador.
El Incoterms EXW se puede utilizar con cualquier tipo de transporte o con una combinación de ellos. El comprador asume el grueso de los gastos con esta modalidad.
2.- Obligaciones Comprador
• Cargar la mercancía en vehículos proporcionados por el mismo o de despacharla de aduana para la exportación, salvo acuerdo en contrario, correrá con todos los gastos (licencias, autorizaciones, formalidades, impuestos,...) y riesgos de tomar la mercancía del domicilio del vendedor hacia el destino deseado, e incluso los de pérdida o daño que pueda sufrir la mercancía a partir del aviso del vendedor.
• Asumir los gastos aduaneros.
• Reembolsar los gastos que haya realizado el vendedor al prestar su ayuda en la obtención de documentos, permisos, etc. y efectuar el pago de la mercancía según lo estipulado.
3.- Obligaciones Vendedor
• Suministrar la mercancía y la factura, o su equivalente mensaje electrónico, de conformidad con el contrato de venta y ponerla a su disposición en el lugar designado a la fecha estipulada, en caso contrario, en el lugar y fecha acostumbrados, con aviso suficiente al comprador.
• Prestar la ayuda que precise el comprador para obtener cualquier licencia, autorización, seguro, etc.
• Soportar todos los gastos (marcado, embalaje, peso, etc.), incluidos los riesgos de pérdida y daño, hasta que la mercancía no haya sido puesta disposición del comprador.
4.- Documentación mínima a aportar por el vendedor
Factura comercial.
Lista de contenido (en el supuesto de que la expedición esté compuesta por más de un bulto).
Otros documentos dependiendo de las características del producto:
• Certificado Sanitario.
• Certificado de Pesos.
• Otras Certificaciones relativas al producto a tramitar en el país de origen.
5.- Medios de pago habituales
• Transferencia.
• Remesa simple.
• Remesa Documentaria.
• Crédito Documentario.
6.- Gráfico
La flecha verde hacia abajo ( ) indica el momento de la entrega por parte del vendedor, lo que conlleva el final de sus responsabilidades para con la mercancía. En este caso, el vendedor cumple con sus responsabilidades en el momento en el que deja la mercancía disposición del comprador en los almacenes del vendedor.
Recuerde que EXW es un término multimodal, por lo que es utilizado con cualquier modalidad de transporte principal.
ii. FCA - Free Carrier (franco porteador)
1.- Definición
El vendedor cumple su obligación de entregar la mercancía cuando la pone despachada en aduana para la exportación, a cargo del transportista nombrado por el comprador o persona designada por él en el lugar o punto fijado, si no es así el vendedor podrá escoger dentro de la zona estipulada el lugar o punto de entrega. El vendedor se compromete a entregar la mercancía en un punto acordado dentro del país de origen (generalmente relacionado con los espacios del transportista).
Si la mercancía se recoge en las instalaciones del vendedor este debe asumir los costes y gastos de la carga en el medio de transporte, si es recogida en cualquier otro lugar el vendedor no será responsable de la descarga.
2.- Obligaciones Comprador
• Pagar según lo dispuesto en el contrato de venta.
• Conseguir todas las licencias, autorizaciones y formalidades que necesite.
• Soportar los gastos de transporte y flete, a partir de la recepción de la mercancía por parte del transportista, en la forma y maneras que exija el transporte, dando aviso al vendedor con suficiente antelación del modo de transporte, fecha de entrega y punto de entrega. Si el transportista no se hace cargo de la mercancía, el comprador soportará los gastos a partir de la fecha convenida o último plazo fijado para ello.
• También estará obligado al pago, si no se conviene otra cosa, de los gastos de inspección previa al embarque, excepto si la inspección ha sido ordenada por las autoridades del país exportador.
• Rembolsar al vendedor los gastos ocasionados por la ayuda prestada, así como pagar todos los derechos, impuestos y otras cargas oficiales.
• Dar al vendedor aviso sobre el nombre del transportista y especificar el modo de transporte, fecha y el punto dentro de la zona donde la mercancía debe ser entregada al transportista. Además aceptará la prueba de la entrega.
• Pagar todos lo gastos y gravámenes en que se haya incurrido para la obtención de documentos.
• Reembolsar los gastos efectuados por el vendedor al prestar su ayuda al respecto y para contratar el transporte.
• Proporcionar las instrucciones al vendedor para contratar el transporte, si previamente se lo ha requerido el vendedor.
3.- Obligaciones Vendedor
• Suministrar la mercancía de conformidad con el contrato de venta.
• Obtener licencia de exportación y los tramites aduaneros necesarios para la exportación de la mercancía.
• Entregar la mercancía a la custodia del transportista designado por el comprador o escogido por el vendedor en el lugar o punto fijado en la fecha o dentro del plazo convenido
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