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Enviado por   •  20 de Abril de 2015  •  3.042 Palabras (13 Páginas)  •  251 Visitas

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PROBLEMAS PLANTEADOS POR EL SISTEMA CONFLICTUAL TRADICIONAL.

ALGUNOS PROBLEMAS ESPECÍFICOS.

En cada sistema jurídico positivo hay una serie de normas cuya función y objeto inmediato es posibilitar la aplicación de ese derecho que dé la respuesta directa. Tales normas han sido denominadas por la doctrina reglas o normas de conflicto.

Esas normas, al igual que la gran mayoría de las que conforman todo sistema jurídico, constan de un supuesto o condición y de una consecuencia jurídica. La diferencia consiste en que en las normas sustanciales o sustantivas, el supuesto o condición representa generalmente cierta condición humana ("...si el menor fue reconocido por el tutor...", "si los contratantes se pusieron de acuerdo...", etc.) y su consecuencia jurídica una permisión así, por ejemplo, en el primer supuesto, la consecuencia jurídica es una permisión que puede concretarse en los términos siguientes: si el menor fue reconocido por el tutor, hay adopción. Lo mismo en el segundo caso: si los contratantes se pusieron de acuerdo sobre precio y cosa, habrá compraventa y, en algunos casos, habrá una prohibición o un mandato. ("Los actos ejecutados contrael tenor de las leyes prohibitivas o de interés público")... serán nulos; o bien("cuando haya un conflicto de derechos, a falta de ley expresa, se decidirá la controversia en favor del que trate de evitarse perjuicios y no en favor del que pretenda obtener lucro. En cambio, en la norma conflictual, el supuesto o condición es un concepto o categoría jurídica (forma de los actos, capacidad de las personas, etc.) y la consecuencia jurídica el señalamiento del derecho susceptible de ser aplicado, derecho que dará la respuesta directa.

Hans LEWALD, autor alemán, propuso una clasificación de normas conflictuales que se considera clásica. Según este autor, primero "se debe analizar si los hechos que configuran cierta relación son susceptibles de producir efectos jurídicos, para en seguida saber cuáles son sus consecuencias jurídicas". Dicho de otro modo, se debe saber si los hechos constitutivos de cierta relación tienen o no valor jurídico, y de ser positiva la respuesta, conocer el derecho aplicable a las consecuencias de esa relación.

De esta forma, LEWALD propone tres categorías de normas conflictuales:

a) las que designan la norma que rige las condiciones constitutivas de una relación;

b) las que designan la norma que debe regir los efectos o consecuencias de esa relación,

c) ylas que designan al mismo tiempo las normas que rigen tanto las condiciones constitutivas como los efectos.

PROCESO DE CALIFICACIÓN

PRIMERA ESCUELA: CALIFICACION LEX FORI

Este tipo de calificación fue planteado por primera vez en las obras de KAHN (1891), autor alemán, y más tarde por BARTIN (1897), francés. Consiste en lo siguiente: "para interpretar los conceptos establecidos por la norma de conflicto (forma de los actos, lugar de conclusión, contratos, etc.) hay que recurrir al derecho interno"; así, el juez debe recurrir a su propio derecho para saber qué se entiende por forma del acto, por contrato de compraventa, por matrimonio, etc., aun cuando la compraventa o el matrimonio se hayan celebrado en el extranjero y conforme al derecho extranjero. Como es previsible, una interpretación de este tipo no resulta conveniente en la medida en que se interpretará la existenciade instituciones extranjeras, con sus peculiaridades y características, conforme a un derecho distinto derecho del foro, lo cual puede provocar una interpretación distorsionada.

SEGUNDA ESCUELA: CALIFICACIÓN LEX CAUSAE

Tal calificación fue defendida en Francia por DESPAGNET (1909), en Alemania por WOLJ'F (1933) y en Italia por PACCHIONI (1935). Se considera que "la calificación debe hacerse con base en el derecho extranjero designado aplicable, incluidossus propios conceptos o categorías", con lo cual se logra conservar másfielmente la interpretación de la relación jurídica concreta. Dicho en otros términos,mediante esta calificación se designa no sólo una norma jurídica extranjera(como la relativa a los requisitos para celebrar el matrimonio), sino también se designa al derecho al que pertenece dicha norma jurídica, conforme al cual deberá interpretarse esta última. Así, en el ejemplo, se podrá saber si se trata de un matrimonio que -independientemente de su forma laica o religiosa es válido en cualquier lugar.

Una de las principales críticas que se hicieron a esta teoría fue la de NIBOYET, quien afirmó: "Debido a que la calificación es necesaria para determinar la ley aplicable, ¿cómo partir de la calificación establecida por la ley extranjera si aún se ignora cuál será ésta? En otros términos, equivale a caer en un círculo vicioso, pero esta crítica pierde fuerza en la medida en que en toda situación existen puntos de contacto evidentes que nos indican con qué país y, en ocasiones, con qué ley está conectada dicha situación y, por tanto, puede llegarse a determinar la ley aplicable.

TERCERA ESCUELA: MÉTODO COMPARATIVO

De forma parecida a la calificación lexcausae, a partir de 1933 el jurista alemán ERNEST RABEL propuso un nuevo sistema: el método comparativo, que dio lugar al surgimiento de la llamada tercera escuela. Después de hacer un análisis de las calificaciones lexforiy lexcausae, RABEL propuso que la norma de conflicto poseyera conceptos propios. Su idea es la siguiente: Las normas sustantivas de todo sistema jurídico nacional tienen un objetivo definido (regular conductas en el ámbito interno); en cambio, en las normas de conflicto,el fin es distinto (coordinar diferentes sistemas jurídicos) y, para lograrlo, la normaconflictual debe elaborarse de manera que prevea la aplicación de cualquier derecho,ya sea nacional o extranjero. De este modo, las categorías previstas en la propianorma conflictual deberán estar desvinculadas de las nociones de derecho interno. Así, las categorías matrimonio, divorcio, adopción, contratos, etc., deberánser más amplias que las mismas categorías previstas en el derecho interno.

EL REENVÍO

Conforme a la calificación, el juez del foro sabe cuál es el derecho

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