MONARQUIA
Enviado por andrijko93 • 19 de Enero de 2014 • 1.356 Palabras (6 Páginas) • 241 Visitas
MONARQUÍA
El art. 1.3 de nuestro código español dispone que la forma política del estado español es parlamentaria lo que supone una especial (…) De la corona en los supuestos en una corona constitucional tenemos que definir la forma política que incluye por un lado las formas de estado y por otro lado las formas de gobierno. Cuando nos referimos a las formas de gobierno hacemos alusión al sistema de relaciones entre órganos constitucionales. Hay que distinguir entre sistemas de gobierno: parlamentario, presidencialista y de asamblea. En cuanto a formas de gobierno tenemos la monarquía y la república. Cuando nos referimos a una forma de gobierno en “stricto sensu” aludimos a que afecta al carácter electivo o no de la alta magistratura del estado (El Rey).
En cuanto a las formas de estado hacemos referencia al sistema de relaciones que se puede desarrollar en los elementos constitutivos del estado que son el territorio, el pueblo y el poder. Estas relaciones entre los elementos constitutivos pueden determinar: La forma jurídica del estado, La organización territorial del poder o las relaciones entre gobernantes y gobernados o entre gobiernos y ciudadanía.
2. La monarquía parlamentaria es un sistema de gobierno:
La forma de gobierno parlamentaria viene establecido en el 1.3 de la C.E. y es una forma de gobierno en stricto sensu. Como saben en nuestra monarquía de estado social y democrático de derecho, nuestra monarquía impregna a la estructura del estado español e incluso afecto a su finalidad.
2.1 vamos a ver las formas históricas de la monarquía:
La evolución del concepto y el origen del mismo se encuentran vinculados a la evolución del estado moderno. La evolución histórica de la monarquía se caracteriza por una pérdida progresiva de poderes.
Tipos de evolución:
• Monarquía absoluta: El rey absenta las funciones principales del estado, el resto de instituciones son dependientes del monarca, opera el principio de jerarquía. (todas las funciones principales recaen en el rey).
• Monarquía Limitada: Tiene su origen en nuestras monarquías españolas del siglo XIX así mismo como en la monarquía Británica existe un límite del poder real, el rey o el monarca sigue teniendo una posición de preeminencia de la voluntad estatal. El rey en las monarquías limitadas se desprende de determinados poderes en favor de otros órganos. Los poderes no atribuidos formaran parte de los poderes del monarca.
• Monarquía constitucional: Existe un límite al poder real, el rey al igual que el resto de poderes tendrá determinados sus funciones en la constitución. El rey participa en menor medida en la formación de la voluntad estatal.
• Monarquía Parlamentaria: Es la última fase de la evolución histórica, se introduce el principio democrático. El rey no dispone de poder de decisión que recae en el gobierno con el apoyo del parlamento. La monarquía parlamentaria se encuentra sujeta a la constitución, además el monarca no goza de poderes de decisión política y no formara parte de los poderes del estado. (“El Rey reina pero no gobierna”)
2.2 Proceso de instauración de la monarquía:
La monarquía debe su legitimidad democrática a la constitución de 1978. Las leyes fundamentales franquistas establecían una monarquía limitada. La ley para la reforma política dotada por el rey de una posición reforzada que puede considerarse como una monarquía presidencialista, lo que suponía en un principio un obstáculo al rey y se convierte en motor de cambio político. La legitimidad historia se produce con la renuncia de D. Juan de borbón. La legitimidad democrática se logra con la aprobación de la constitución española de 1978.
3. La configuración de la corona
La corona se encuentra establecida en el título II de nuestra constitución. La denominación del órgano constitucional que atenta a la jefatura del estado es la corona. La relación de la monarquía con los poderes reúne ciertas características especiales. Históricamente la denominación del título había sido del rey y sus ministros.
3.1 EL rey:
La regulación que afecta al rey continuo la tradición histórica española. En primer lugar el rey es titular del órgano constitucional que es un órgano singular, se caracteriza por representar la unidad del estado. La condición de rey es un derecho público de carácter particular
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