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QUIMICOS PALACIO ECHANDIA S.A.S, QUIMIPAL S.A.S


Enviado por   •  11 de Octubre de 2016  •  Documentos de Investigación  •  867 Palabras (4 Páginas)  •  333 Visitas

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CARTA DE INSTRUCCIONES

Medellín,

Señores:

QUIMICOS PALACIO ECHANDIA S.A.S, QUIMIPAL S.A.S

Ciudad

El (la) suscrito (a) ________________________________________, mayor de edad, vecino(a) de la ciudad de_________________, Identificado(a) como aparece al pie de mi firma, obrando en nombre propio y en representación de la persona jurídica ____________________________________, con domicilio principal en ___________, ____________________, constituida por __________________________________________, el _______________ de _________ del año _______, NIT _________________, por medio de la presente y haciendo uso de las facultades conferidas por el artículo 622 del Código de Comercio, faculto a QUIMICOS PALACIO ECHANDIA S.A.S, QUIMIPAL S.A.S, o a quien haga sus veces o represente sus derechos, de manera permanente e irrevocable, para llenar sin previo aviso y en caso de incumplimiento de cualquier obligación actual o futura que haya adquirido individualmente y/o en representación legal de la persona jurídica___________________________________, el pagaré N° ______ adjunto, que hemos otorgado a su favor, con los espacios relativos a cuantía, intereses, fecha de emisión y  vencimiento y lugar de pago en blanco, conforme a las siguientes instrucciones:

  1. Deberá ser llenado en el momento en que existan una o más obligaciones vencidas a cargo de los suscritos y/o la persona jurídica_________________________________________.
  2. La cuantía será igual al monto de todas las sumas que por cualquier concepto y tipo de operación adeude o adeudemos, de manera directa o indirecta, conjunta o separadamente, incluidos los impuestos, gastos de cobranza, intereses, comisiones.  Para estos efectos, habrá de entenderse, que por el solo hecho de entrar en mora, en una cualquiera de las obligaciones a nuestro cargo para con QUIMICOPS PALACIO ECHANDIA S.A.S., QUIMIPAL S.A.S, esta entidad podrá declarar de plazo vencido todas las obligaciones que tengamos con ella y por ende llenar el pagaré, con los valores resultantes de las mismas.
  3. La fecha de emisión será la del día en que el título sea llenado.
  4. La fecha de vencimiento será el día siguiente a la fecha de emisión
  5. La tasa de interés de mora será la máxima permitida por las leyes aplicables.
  6. El lugar del pago. Será uno cualquiera de los municipios en los cuales QUIMICOS PALACIO ECHANDIA S.A.S, QUIMIPAL S.A.S, tenga domicilio principal, sucursales, agencias u oficinas, en donde aparezcan contabilizadas obligaciones a nuestro cargo.

QUIMICOS PALACIO ECHANDIA S.A.S, QUIMIPAL S.A.S, queda autorizada irrevocablemente, para declarar vencido el plazo estipulado y exigir inmediatamente el pago total de la obligación, incluido capital, intereses, y demás accesorios y para que en tal evento proceda inmediatamente al cobro judicial o extrajudicial del mismo, en los siguientes casos:

  1. Por mora en el pago de una cualquiera de las obligaciones a nuestro cargo, asumida directa o indirectamente, conjunta o separadamente.
  2. Si en forma conjunta o separada fuéremos perseguidos judicialmente por cualquier persona y en ejercicio de cualquier acción.

  1. Por muerte de uno cualquiera de los deudores; en este caso el acreedor queda con el derecho de exigir la totalidad de la obligación con sus intereses y los gastos de cobranza pertinentes a cualquiera de los herederos del deudor fallecido sin necesidad de demandar a todos.
  2. Por la admisión a concordato preventivo, por la solicitud o admisión del acuerdo de reestructuración según la Ley 550 de 1990 y demás normas que regulan la insolvencia económica, declaratoria de quiebra, concurso de acreedores, liquidación administrativa u otro instituto semejante.
  3. Por la presencia de una causal de disolución y liquidación de la o las sociedades que suscriben el presente título o, por la disolución o liquidación de ésta o éstas.
  4. Por desafiliación de la empresa a QUIMIPAL S.A.S, o por cualquier causa, u otra circunstancia que ponga en riesgo el pago del crédito, a juicio de la Caja.

Así mismo certificamos con la firma de la presente Carta de Instrucciones, que recibimos copia de la misma.

Las presentes instrucciones tienen vigencia indefinida y se extienden a toda clase de obligaciones adquiridas por el suscrito a título personal y en nombre y representación legal de la persona jurídica que represento.

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