Responsabilidad Civil
Enviado por samiraed • 29 de Junio de 2013 • 823 Palabras (4 Páginas) • 269 Visitas
Metodología externa del código civil y comercial unificado: consta de un Título Preliminar y seis Libros que se encuentran divididos en títulos, capítulos y secciones. En algunas secciones se adoptó una subdivisión interna bajo la denominación de parágrafos. El código civil que hoy nos rige tiene de dos títulos preliminares, cuatro libros divididos en títulos, estos en capítulos y secciones.
En el proyecto de código civil y comercial se realiza una sistematización de las normas que regulan la responsabilidad civil (libro III título V capítulo I). Se incorporan criterios jurisprudenciales dominantes en nuestros tiempos.
Se propone regular dos clases de derecho, los individuales (recaen sobre las personas) y los colectivos. El código civil actual dispone de una regulación solamente sobre derechos individuales.
El proyecto incorpora normas que reconocen tres funciones de de responsabilidad civil la preventiva (art 1711), sancionatoria pecuaria disuasiva (art 1714) y resarcitoria (sección 3 y 4). La sancionatoria solo está prevista para las relaciones de consumo y los derechos colectivos, dicha sanción esta reconocida en la ley 24.240 de defensa de consumidor y usuario ( art 52 bis).
El código civil vigente dispone de un sistema principalmente resarcitoria que tiende a restablecer el equilibrio de patrimonio entre el autor del daño y la victima. Se estipula que tiene facetas preventivas aunque es relativo desde que el sistema de responsabilidad tiene sustento en un factor de atribución que no favorece esta función.
El proyecto unifica la responsabilidad contractual y extracontractual. En código civil actual en su art 1107 establece la división entre responsabilidad contractual y extracontractual.
El proyecto realiza una regulación detallada de los factores de atribución de responsabilidad civil. Establece como principio general residual que si no existe normativa específica el agente responde por su culpa, definiendo a la culpa en los mismo términos que el código civil vigente (art 512). Amplia las disposiciones sobre daño y reparación plena que consiste en la restitución del damnificado a la situación anterior (por pago o por especie) a opción de la víctima.
En materia de daño inmoral se amplían los legitimados y se adopta el criterio de indemnización satisfactoria y compensatoria. Le otorga facultades al juez para atenuar las indemnizaciones como establece el código vigente en su artículo 1069.
Limita la responsabilidad por fallecimiento, lesiones o incapacidad física o psíquica (art 1740,1742, 1745 del proyecto).
En la responsabilidad directa el proyecto en la sección 5 quien causa un daño tiene que repararlo ya sea por omisión o comisión. Establece la posibilidad de fijar indemnizaciones, de acuerdo al principio de equidad, para aquellos daños causados involuntariamente tal como lo establece el actual código, pero además
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