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RESPONSABILIDAD CIVIL


Enviado por   •  14 de Mayo de 2013  •  925 Palabras (4 Páginas)  •  386 Visitas

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UNIVERSIDAD ABIERTA PARA ADULTOS

UAPA

ESCUELA DE CIENCIAS POLITICAS Y JURIDICAS

CARRERA DE DERECHO

TEMA

RESPONSABILIDAD CIVIL

SUSTENTANTE

OMEIDA ACEVEDO PEÑA

MAT. 11-3035

FACILITADOR

CRISTIAN MIGUEL ESTEVEZ

ASIGNATURA

DERECHO CIVIL VI

SANTIAGO DE LOS CABALLEROS

REPÚBLICA DOMINICANA

MAYO de 2012

IDENTIFICAR Y ESTABLECER LAS DIFERENCIAS ENTRE RESPONSABILIDAD CIVIL DELICTUAL Y RESPONSABIILDAD CIVIL CONTRACTUAL.

Lo primero es definir responsabilidad civil para poder interpretar mejor el tema a tratar.

La responsabilidad civil es la obligación que recae sobre una persona de reparar el daño que ha causado a otro, sea en naturaleza o bien por un equivalente monetario, habitualmente mediante el pago de una indemnización de perjuicios. Díez-Picazo define la responsabilidad como «la sujeción de una persona que vulnera un deber de conducta impuesto en interés de otro sujeto a la obligación de reparar el daño producido». Aunque la persona que responde suele ser la causante del daño, es posible que se haga responsable a una persona distinta del autor del daño, caso en el que se habla de «responsabilidad por hechos ajenos», como ocurre, por ejemplo, cuando a los padres se les hace responder de los daños causados por sus hijos o al propietario del vehículo de los daños causados por el conductor con motivo de la circulación.

RESPONSABILIDAD CIVIL CONTRACTUAL

Es la obligación de reparar un daño proveniente del incumplimiento culposo de una obligación derivada de un contrato. En este caso, el término contrato está empleado de un modo genérico que comprende no sólo al contrato en sí mismo, sino también todo acto convencional mediante el cual un sujeto de derecho asume una obligación.

RESPONSABILIDAD CIVIL DELICTUAL

Es la obligación de reparar un daño proveniente del incumplimiento culposo de una conducta o deber jurídico preexistente, que si bien el legislador no determina expresamente, sí lo protege o tutela jurídicamente al establecer su sanción dentro del ordenamiento jurídico positivo. Ocurre cuando el agente causa un daño a la víctima mediante la comisión de un hecho ilícito.

Ahora bien, esta responsabilidad civil delictual es la derivada del hecho ilícito, también denominado delito civil.

DIFERENCIAS ENTRE RESPONSABILIDAD CONTRACTUAL Y LA DELICTUAL O CUASIDELICTUAL

Entre la responsabilidad contractual y la delictual o cuasidelictual (extracontractual) se presentan numerosas diferencias, entre las cuales cabe destacar las siguientes:

a) En materia contractual la culpa admite graduaciones, así hablamos de culpa grave, leve y levísima (art.44). En materia de responsabilidad extracontractual, la culpa no admite esas graduaciones, se habla lisa y llanamente de culpa.

b) También se presentan distinciones con respecto al peso de la prueba: en materia de responsabilidad contractual, habiendo incumplimiento del deudor, se presume su culpa y le va a corresponder al deudor, para poder exonerarse de responsabilidad, el probar que actuó con la debida diligencia o cuidado. En tanto que en la responsabilidad delictual o cuasidelictual civil la víctima va a tener que probar

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