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FILOSOFÍA Y FILOSOFÍA DEL DERECHO. LA TESIS DE ROLANDO TAMAYO


Enviado por   •  7 de Abril de 2020  •  Trabajo  •  7.330 Palabras (30 Páginas)  •  287 Visitas

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TEMA 1. FILOSOFÍA Y FILOSOFÍA DEL DERECHO. LA TESIS DE ROLANDO TAMAYO.

1.1. PERCIBIR, DESCRIBIR Y REFLEXIONAR: TRES NIVELES DE CONOCIMIENTO.

La filosofía del derecho, que normalmente se entiende como la actividad intelectual que reflexiona sobre los problemas fundamentales de la explicación jurídica o del derecho y esta, a su vez, va vinculada con la ciencia jurídica ya que el objeto de la filosofía del derecho recae sobre la ciencia jurídica es decir que el estudio y solución de estos problemas jurídicos subyacen de la ciencia jurídica.

Rolando Tamayo clasifica por niveles de aprendizaje y que estos niveles empieza desde el nivel 0 hasta el nivel 2, como sigue:

Toda cuestión parte del nivel 0 que sería el derecho positivo, el cual se diferencia ya que es un ordenamiento el cual autoriza mas no enseña.

Para la descripción o explicación del derecho positivo se utiliza la disciplina “ciencia jurídica”, esta actividad la hace el jurista, él nunca va a cuestionar si es válido o no este mismo derecho y este paso ocuparía el nivel 1 de la lista.

Y el nivel 2 y ultimo es cuando se analiza y prueba los datos, conceptos y métodos dados por la ciencia jurídica o dogmática jurídica, en este paso se reflexionara sobre problemas fundamentales jurídicos así como sus implicaciones y este análisis es realizado mediante a la disciplina de la filosofía del derecho.

Para la mejor comprender mejor esto pondremos un ejemplo:

En el nivel 0 se encentra el estudio del código de comercio.

En el nivel 1 se encuentra la búsqueda de enunciados descriptivos que den una explicación del mismo código. “Ártículo 3o.- Se reputan en derecho comerciantes:I.- Las personas que teniendo capacidad legal para ejercer el comercio, hacen de él su ocupación ordinaria;II.- Las sociedades constituidas con arreglo a las leyes mercantiles; III.- Las sociedades extranjeras o las agencias y sucursales de éstas, que dentro del territorio nacional ejerzan actos de comercio”

En el nivel 2 en este nivel se intentara construir aspectos principales del conocimiento científico hecho en el nivel 1 y esto se lograra mediante el estudio de lecciones epistemológicas y metodológicas para llegar a un conocimiento exacto.

CONCEPTO DE FILOSOFÍA DEL DERECHO

La filosofía del derecho es una indagación de carácter universal que se dirige a descubrir lo que hay de general y permanece en el derecho:

-

Esencia de lo jurídico (ontología jurídica)

-

Valor o sentido de lo jurídico (axioma jurídico)

La finalidad de la filosofía del derecho es llegar a una concepción homogénea, no contradictoria y completa del derecho. Tal disciplina ha tenido tres enfoques tradicionales: analítico, ético, e histórico-sociológico

1.2. LA FILOSOFÍA COMO REFLEXIÓN SOBRE LA REALIDAD Y SOBRE LA DESCRIPCIÓN DE LA REALIDAD.

La ciencia jurídica consiste en fundamentalmente en la explicación del derecho y su presentación sistemática. Pero que muchas veces se utiliza indiscriminadamente para referirse a la determinación y sistematización del derecho también con frecuencia se utiliza y se aplica al razonamiento jurídico, al análisis y critica de aquello que es hecho por los juristas a la interpretación jurídica, a la búsqueda de una razón, en esencia erróneamente se aplica al derecho mismo.

Señala que la ciencia jurídica utiliza dos disciplinas: la dogmática jurídica y la filosofía del derecho, estas dos disciplinas son diferentes pero a la misma vez confundidas hasta por los propios juristas, sin embargo ambas disciplinas son colocadas bajo la etiqueta ómnibus de ciencia del derecho.

Ahora todo lo anterior y como todo estudio debe de haber un procedimiento o metodología jurídica y que Ronaldo la define como el análisis de los métodos y estrategias utilizadas para la explicación científica.

Este estudio a posteriori de los procedimientos científicos es decir, va estar enfocada al desarrollo y crecimiento de la disciplina de lo que se llama “ciencia”.

Posteriormente, predominara por ser descriptiva. Con lo anterior podemos entonces entender que el objeto de la metodología es hacer un análisis del quehacer científico ya que se ocupara de la estructura, procedimientos, estrategia y evaluación de sus rendimientos.

Ronaldo también nos habla de la jurisprudencia y menciona que en la actualidad la jurisprudencia se puede ver como una descripción del derecho ya que tiene por objeto el ordenar, determina su sentido así como su alcance del mismo.

De aquí se desprende que la jurisprudencia, al identificar, interpretar y ordenar el material jurídico reformula el derecho positivo, es decir que crea un corpus de doctrina en donde encontramos los lineamientos para identificar, ordenar e interpretar el derecho positivo. De aquí que Ronaldo señala otra aplicación de ciencia jurídica, la designación a la actividad realizada por los juristas cuando describen el derecho positivo.

1.3. LA FILOSOFÍA DEL DERECHO COMO REFLEXIÓN SOBRE EL DERECHO POSITIVO Y SOBRE LA TEORÍA DEL DERECHO.

El conjunto de leyes vigentes en un determinado momento. Conjunto de normas jurídicas vigentes en un Estado o en la comunidad internacional, en un momento dado, cualquiera que sea su fuente. Es el derecho “constituido”, el derecho tal cual existe realmente.

Está constituido por el conjunto normativo vigente en un momento determinado; es decir, es el conjunto de reglas que, por hallarse en vigor, han de aplicarse a los casos que lo ameriten con la garantía última del Estado. En este sentido, puede decirse que el Derecho positivo se contrapone al Derecho natural por cuanto éste representa un conjunto de normas posibles de aplicar pero que, por no estar recogidas en el ordenamiento jurídico, no gozan de la vigencia propia del Derecho positivo. Ahora bien, dado que el Derecho positivo está en constante evolución y cambio, el Derecho natural puede ir incorporándose a aquél, dejando entonces de ser la reserva ideal del Derecho para convertirse en norma vigente. En cierta forma, podría decirse que el Derecho natural es un derecho en potencia, y que el Derecho positivo es un derecho en acto de vigencia o actualidad de aplicación.

El conjunto de leyes vigentes en un determinado momento. Conjunto de normas jurídicas vigentes en un Estado o en la comunidad internacional, en un momento dado, cualquiera que sea su fuente. Es el derecho “constituido”, el derecho tal cual

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