CODIGO DE ETICA
Enviado por CAMELIA31 • 20 de Septiembre de 2012 • 2.912 Palabras (12 Páginas) • 418 Visitas
CÓDIGO DE ÉTICA DEL PERSONAL DE PERUPETRO S.A.
Diciembre, 2011
PRESENTACIÓN
El Código de Ética del Personal de PERUPETRO S.A. tiene por objeto orientar a sus trabajadores en la búsqueda de un ideal de conducta humana, que trascienda el cargo o función que ocupan actualmente, y que conlleve al beneficio de quienes formamos parte de ella, a nuestros clientes, proveedores, contratistas y al Estado Peruano.
Los problemas éticos no son creados por las personas en sí, pero surgen ante ellas, obligándolas a enfrentarlos. Las líneas generales de este Código de Ética analizan un conjunto de situaciones por las que debe velarse, pero no detallan todos los problemas que pueden ocurrir en la labor cotidiana. De ese modo, eventualmente, podrán surgir dudas sobre cuál es la conducta más correcta a ser adoptada.
Por ello, cada trabajador tiene la obligación de comunicar en forma inmediata al Gerente o Jefe de su dependencia siempre que aparezca alguna situación que pueda caracterizar un conflicto de intereses, o cuando se sospeche o tenga conocimiento de hechos que puedan perjudicar a la Empresa, se opongan o parezcan contrariar lo establecido en el Código de Ética del Personal de PERUPETRO S.A. que presentamos a continuación.
Es función del área de Recursos Humanos y Desarrollo de Personal, la divulgación del Código de Ética, proponer su actualización, así como dar apoyo en su aplicación a las demás Gerencias y Divisiones.
La responsabilidad del cumplimiento del Código de Ética corresponde a todos y cada uno de los trabajadores de PERUPETRO S.A., incluyendo al personal contratado bajo cualquier modalidad y becados o practicantes.
PRINCIPIOS ÉTICOS
El Personal de PERUPETRO S.A. actúa de acuerdo a los siguientes principios:
- Actúa con rectitud, honradez y honestidad, procurando satisfacer los intereses legítimos de la empresa, sus clientes y la sociedad en su conjunto, desechando el provecho o ventaja personal, obtenido por sí o por interpósita persona.
- Profesa y practica un claro rechazo a la corrupción en todos los ámbitos de desempeño de la Empresa y cumple cabalmente con las normas vigentes.
- Brinda calidad en cada una de las labores a su cargo, y busca el resultado más adecuado y oportuno.
- Se expresa con autenticidad en las relaciones laborales con todos los miembros de la empresa y con terceros.
- Actúa de manera responsable, leal y solidaria con los miembros de la empresa.
- Actúa con reserva y diligencia en el manejo de la información que conoce o está a su disposición.
DEBERES Y PROHIBICIONES
1. Respecto a la Empresa
1.1 Decoro en la Imagen de la Empresa. Los trabajadores de PERUPETRO S.A. son responsables por la preservación del prestigio de la Empresa como un valor que pertenece a todos, valor que es compartido por el sólo hecho de pertenecer a la misma y participar del ideal común. El personal no debe involucrarse en actividades o transacciones que puedan afectarla.
1.2 Bienes de PERUPETRO S.A. Los trabajadores de PERUPETRO S.A son responsables del uso adecuado y racional de los bienes de propiedad de la Empresa que se les ha asignado para el ejercicio de sus funciones, debiendo prevalecer el concepto de austeridad en forma permanente.
En tal sentido, deben proteger y conservar los bienes de la Empresa evitando su abuso, derroche o desaprovechamiento, sin emplear o permitir que otros empleen los bienes de la empresa para fines particulares o propósitos que no sean aquellos para los cuales hubieran sido específicamente destinados.
2. De la Transparencia, Neutralidad y No Discriminación
2.1 Transparencia. Todo trabajador de PERUPETRO S.A. debe llevar a cabo los actos de su labor de manera transparente, ello implica que dichos actos son accesibles al conocimiento de la ciudadanía a través de los mecanismos legales, de acuerdo a las disposiciones de la Directiva sobre Transparencia aprobada por FONAFE.
2.2 Neutralidad. Todo trabajador de PERUPETRO S.A. debe actuar con absoluta imparcialidad política, económica o de cualquier otra índole en el desempeño de sus funciones demostrando independencia a sus vinculaciones con personas, partidos políticos o instituciones ajenas. Por tanto, queda prohibido de realizar actividades de proselitismo político a través de la utilización de las propias labores o por medio de la utilización de infraestructura, bienes o recursos de la Empresa, ya sea a favor o en contra de partidos, organizaciones políticas o candidatos.
2.3 Contratación de bienes y servicios. Los trabajadores de PERUPETRO S.A. que participen de los procesos de contrataciones de bienes y servicios deberán observar los principios establecidos en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones del Estado, su Reglamento y demás normas complementarias aplicables.
2.4 Selección de personal. Sujeto a los requisitos establecidos para ser trabajador de PERUPETRO S.A., las personas responsables de la selección y contratación de los empleados, deben efectuarlas con base en las capacidades que muestran los candidatos para el desempeño de su trabajo, sin ejercer sobre ellos ninguna discriminación por razones de raza, religión, color, sexo, estado civil, o por cualquier impedimento que no guarde relación directa con la labor que vaya a realizarse y las competencias requeridas para tal fin. La selección y contratación deberá efectuarse sin que exista ninguna presión personal o política, con pleno respeto a la normatividad vigente aplicable a la Empresa.
3. De la Información de la Empresa
3.1 Información privilegiada. Los trabajadores de PERUPETRO S.A. se abstendrán de utilizar en provecho propio, directa o indirectamente, o de terceros, aquella información a la que hubieran accedido por su condición o por el ejercicio de su función. Asimismo, los trabajadores de PERUPETRO S.A. están obligados a respetar el secreto profesional y garantizar la adecuada preservación de la reserva de aquella documentación que las leyes y procedimientos internos hayan calificado como tal. Esta prohibición no alcanza a los documentos de carácter público que obren en la institución ni a las labores de difusión que la institución realiza respecto de sus atribuciones.
3.2 Adelanto de opinión. Los trabajadores de PERUPETRO S.A. deberán abstenerse de expresar su opinión
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