Concepción De Justicia
Enviado por mrtnz_luna • 20 de Septiembre de 2014 • 2.600 Palabras (11 Páginas) • 455 Visitas
La concepción de la justicia para las diversas corrientes iusfilosóficas.
Pocas cuestiones referentes a la sociedad humana han sido tan estudiadas y debatidas a lo largo de la historia como las preguntas acerca de ¿qué es la justicia? Y ¿qué es el Derecho? Tales interrogantes han generado múltiples respuestas abordadas desde diversos ámbitos: de sus naturalezas, de sus orígenes, de sus fines, etc.
Intentando contestar las preguntas planteadas, se buscará el marco de reflexión más amplio, que no será otro que el de la filosofía moral o ética.
La verdadera filosofía del Derecho es considerada una disciplina especulativa y normativa que comprende una teología jurídica, que trata de determinar los fines del Derecho. En nuestro caso será el problema del “derecho correcto” y con ello, en última instancia, la justicia.
Iusnaturalismo
Durante la historia de la Filosofía del Derecho han sido muy numerosas las corrientes que han estudiado este asunto. El primer período lo constituyó el pensamiento iusnaturalista o del Derecho Natural, expresado por los pensadores griegos y basados en dos grandes principios:
• La existencia del Derecho Natural y su naturaleza superior al Derecho Positivo (el Derecho que realmente existe en las sociedades).
• El Derecho de un Estado tiene que ser justo y estar impregnado de valores éticos, pudiendo ser el Derecho Positivo desobedecido si no se respetan tales principios éticos y de justicia.
Aristóteles, divide la Justicia en lo que llama ley particular (que es la ley de la polis) y la ley común (que es la que rige la naturaleza y que para él es la justicia objetiva).
Esta corriente iusnaturalista experimentó una segunda formulación más adaptada a la realidad social de los siglos XVII y XVIII. Fue el denominado Iusnaturalismo Racionalista, que indicaba que por medio del uso de la Razón, el hombre podía llegar a conocer una serie de reglas, universalmente válidas e inmutables, constitutivas del concepto de Justicia para todos los hombres.
La concepción central estriba en la creencia de que existe una naturaleza humana, abstracta y ahistórica, que funda los derechos “naturales” ¿universales y eternos?, anteriores al Estado y que en consecuencia deben ser reconocidos por éste.
La ideología iusnaturalista se basa en el discernimiento y tiene un carácter normativo porque asigna la validez a las ideas jurídicas sustentadas en “Dios, la Naturaleza, la Razón, la Institución o el Reconocimiento”.
Se trata de un pensamiento metafísico en el campo jurídico. El derecho natural ha intentado, por ejemplo, llegar a una solución definitiva del eterno problema de la justicia y responder a la pregunta de qué es bueno y qué es malo en las relaciones humanas, en cuyo caso tendremos que basarnos en la distinción entre la conducta humana natural, s decir, la que se adecua a la naturaleza porque ésta así lo exige, y la conducta humana que no es natural, o sea, la contraria a la naturaleza y prohibida por ella.
Esta concepción implica que es posible deducir de la naturaleza, o sea de la naturaleza humana, e incluso de los objetos naturales, ciertas reglas que ofrecen normas de conducta humanas en general satisfactorias. También implica que mediante un examen detallado de los hechos naturales se puede encontrar la solución justa a nuestros problemas sociales. Esto implica que los iusnaturalistas tienen a la naturaleza como al legislador supremo.
Este punto de vista sostiene que los fenómenos naturales se dirigen hacia un objetivo o revisten una finalidad; que los procesos naturales o la naturaleza como un todo se ven determinados por causas finales. Esta visión teológica no difiere de la idea según la cual la naturaleza está dotada de voluntad e inteligencia, lo que significa ubicar a la naturaleza en un plano superior a l que el hombre debe subordinarse. En la antigüedad se creía que los objetos naturales (las plantas, los animales, las estrellas, etc.), estaban habitados por almas o espíritus y que, por consiguiente, reaccionaban ante el hombre como si fueran humanos. Se trata, según la concepción iusnaturalista, de una interpretación social de la naturaleza, ya que el hombre primitivo considera que la naturaleza forma parte integral de su sociedad según esta interpretación, los espíritus o almas que habitan los fenómenos naturales deben ser adorados, pues se los considera muy poderosos y pueden beneficiar o perjudicar al hombre. El animismo resulta de esta manera una interpretación religiosa de la naturaleza. Posteriormente, el monoteísmo sustituye al animiso y la concepción cambia al considerar a la naturaleza una creación divina, siendo, por tanto, una manifestación todopoderosa y justa del Creador.
De acuerdo con Nino, citado por Witker y Rogelio Larios en su obra “metodología jurídica”el iusnaturalismo sostiene que existen principios morales y de justiciauniversalmente válidos que conforman el derecho natural. Si nos referimos al derecho natural hablamos de los principios ideales válidos, según los cuales debe de fabricarse el derecho humano, es decir, el derecho positivo, este es una percepción de Recaséns; estos llamados principios ideales constituyen aquello que larazón, referida a la esencia del hombre, a la llamada naturaleza humana, requiere respecto de las relaciones entre humanos y a las relaciones en sociedad; por ende debemos entender que estos citados principios deberán de tener una validez en sí mismos. Debemos de comprender que a los principios a que se refiere Recaséns, no son principios puesto por el hombre, sino que son naturales con una intrínseca validez, por lo cual no están sujetos al arbitrio humano.
Iuspositivismo
Una de las concepciones modernas más brillantes sobre la justicia, está firmada por Hans Kelsen en su ensayo ¿Qué es la justicia?; proporciona una visión genérica en la que los valores de libertad, verdad, paz y democracia pueden florecer en la sociedad al amparo del concepto de justicia
Concretar lo que es la “justicia” y “lo justo” constituye una tarea compleja, pues existen tantas definiciones. Lo que en primer lugar debemos remarcar es la pluralidad de concepciones sobre el concepto analizado. La idea sobre lo justo, entrando en ejemplos, para un europeo de clase media difiere de la de un campesino cocalero de la altiplanicie boliviana; resulta difícil también que coincidan en esa concepción un obrero japonés y guerrillero liberiano.
Pero sin recrear contextos extremos. En una misma manzana, o más aún, en un mismo hogar, la idea de justicia puede variar, e incluso puede ser opuesta. La visión de una cierta idea de justicia se halla condicionada por infinidad de circunstancias y experiencias, que además se va redefiniendo
...