ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Convenio De Cartagena


Enviado por   •  9 de Agosto de 2011  •  5.007 Palabras (21 Páginas)  •  982 Visitas

Página 1 de 21

El texto del Convenio de Cartagena

Convenio Para La Protección Y El Desarrollo Del Medio Marino En La Región Del Gran Caribe

Cartagena de Indias, 24 marzo 1983

Las Partes Contratantes,

Plenamente conscientes del valor económico y social del medio marino, incluidas las zonas costeras, de la Región del Gran Caribe,

Conscientes de su obligación de proteger el medio marino de la Región del Gran Caribe para beneficio y disfrute de las generaciones presentes y futuras,

Reconociendo las especiales características hidrográficas y ecológicas de la región y su vulnerabilidad a la contaminación,

Reconociendo además que la contaminación y el hecho de que el medio ambiente no se tenga suficientemente en cuenta en el proceso de desarrollo constituyen una amenaza para el medio marino, su equilibrio ecológico, sus recursos y sus usos legítimos,

Considerando que la protección de los ecosistemas del medio marino de la Región del Gran Caribe es uno de sus principales objetivos,

Apreciando plenamente la necesidad de cooperar entre ellas y con las organizaciones internacionales competentes a fin de asegurar un desarrollo coordinado y completo sin menoscabo del medio ambiente,

Reconociendo la conveniencia de una aceptación más amplia de los acuerdos internacionales relativos a la contaminación marina ya existentes,

Observando, no obstante, que, a pesar de los progresos ya realizados, esos acuerdos no abarcan todos los aspectos del deterioro del medio ambiente y no satisfacen cabalmente las necesidades especiales de la Región del Gran Caribe,

Han convenido en lo siguiente:

Artículo primero ZONA DE APLICACIóN DEL CONVENIO

1. El presente Convenio se aplicará a la Región del Gran Caribe (en adelante denominada «zona de aplicación del Convenio»), definida en el párrafo 1 del artículo 2.

2. Salvo que se disponga otra cosa en un protocolo del presente Convenio, la zona de aplicación del Convenio no comprende las aguas interiores de las Partes Contratantes.

Artículo 2 DEFINICIONES

Para los efectos del presente Convenio:

1. Por «zona de aplicación del Convenio» se entiende el medio marino del Golfo de México, el Mar Caribe y las zonas adyacentes del Océano Atlántico al sur de los 30' de latitud norte y dentro de las 200 millas marinas de las costas atlánticas de los Estados a que se hace referencia en el artículo 25 del Convenio.

2. Por «Organización» se entiende la institución designada para desempeñar las funciones enumeradas en el párrafo 1 del artículo 15.

Artículo 3 DISPOSICIONES GENERALES

1. Las Partes Contratantes procurarán concertar acuerdos bilaterales o multilaterales, incluidos acuerdos regionales o subregionales, para la protección del medio marino de la zona de aplicación del Convenio. Esos acuerdos deberán ser compatibles con el presente Convenio y estar en consonancia con el derecho internacional. Se transmitirán ejemplares de esos acuerdos a la Organización y, por conducto de ella, a todos los Signatarios y Partes Contratarites en el presente Convenio.

2. El presente Convenio y sus protocolos se interpretarán de acuerdo con el derecho internacional aplicable a la materia. Ninguna disposición del presente Convenio o sus protocolos podrá ser interpretada en el sentido de que afecta a las obligaciones contraídas por las Partes Contratantes en virtud de acuerdos concertados con anterioridad.

3. Ninguna disposición del presente Convenio o de sus protocolos afectará a las reivindicaciones actuales o futuras o las opiniones jurídicas de cualquier Parte Contratante relativas a la naturaleza y la extensión de la jurisdicción marítima.

Artículo 4 OBLIGACIONES GENERALES

1. Las Partes Contratantes adoptarán, individual o conjuntamente, todas las medidas adecuadas de conformidad con el derecho internacional y con arreglo al presente Convenio y a aquellos de sus protocolos en vigor en los cuales sean partes para prevenir, reducir y controlar la contaminación de la zona de aplicación del Convenio y para asegurar una ordenación de¡ medio. utilizando a estos efectos los medios más viables de que dispongan y en la medida de sus posibilidades.

2. Al tomar las medidas a que se refiere el párrafo 1, las Partes Contratantes se asegurarán de que la aplicación de esas medidas no cause contaminación del medio marino fuera de la zona de aplicación del Convenio.

3. Las Partes Contratantes cooperarán en la elaboración y adopción de protocolos u otros acuerdos para facilitar la aplicación efectiva del presente Convenio.

4. Las Partes Contratantes adoptarán las medidas adecuadas, de conformidad con el derecho internacional, para cumplir efectivamente las obligaciones previstas en el presente Convenio y sus protocolos y procurarán armonizar sus políticas a este respecto.

5. Las Partes Contratantes cooperarán con las organizaciones internacionales, regionales y subregionales competentes para aplicar efectivamente el presente Convenio y sus protocolos y colaborarán entre sí para cumplir las obligaciones contraídas en virtud de] presente Convenio y sus protocolos.

Artículo 5 CONTAMINACIóN CAUSADA POR BUQUES

Las Partes Contratantes adoptarán todas las medidas adecuadas para prevenir, reducir y controlar la contaminación de la zona de aplicación del Convenio causada por descargas desde buques y, con este fin, asegurarán el cumplimiento efectivo de las reglas y estándares internacionales aplicables establecidos por la organización internacional competente.

Artículo 6 CONTAMINACIóN CAUSADA POR VERTIMIENTOS

Las Partes Contratantes adoptarán todas las medidas adecuadas para prevenir, reducir y controlar la contaminación de la zona de aplicación de] Convenio causada por vertimientos de desechos y otras materias en el mar desde buques, aeronaves o estructuras artificiales en el mar, así como para asegurar el cumplimiento efectivo de las reglas y estándares internacionales aplicables.

Artículo 7 CONTAMINACIóN PROCEDENTE DE FUENTES TERRESTRES

Las Partes Contratantes adoptarán todas las medidas adecuadas para prevenir, reducir y controlar la contaminación de la zona de aplicación del Convenio causada por la evacuación de desechos en las zonas costeras o por descargas provenientes de ríos, estuarios, establecimientos costeros, instalaciones de desagüe o cualesquiera otras fuentes situadas en sus territorios.

Artículo 8 CONTAMINACIóN RESULTANTE DE ACTIVIDADES RELATIVAS A LOS FONDOS MARINOS

Las Partes Contratantes adoptarán todas las medidas adecuadas para prevenir, reducir y controlar la contaminación

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (34 Kb)
Leer 20 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com