Convenio de Berna
Enviado por pilarxitalucla • 22 de Septiembre de 2014 • Síntesis • 18.221 Palabras (73 Páginas) • 314 Visitas
Convenio de Berna
para la Protección de las Obras Literarias y Artísticas
del 9 de septiembre de 1886,
completado en PARIS el 4 de mayo de 1896,
revisado en BERLIN el 13 de noviembre de 1908,
completado en BERNA el 20 de marzo de 1914
y revisado en ROMA el 2 de junio de 1928,
en BRUSELAS el 26 de junio de 1948,
en ESTOCOLMO el 14 de julio de 1967
en PARIS el 24 de julio de 1971
y enmendado el 28 de septiembre de 1979
ÍNDICE1
Artículo primero:
Constitución de una Unión
Artículo 2:
Obras protegidas: 1. « Obras literarias y artísticas »; 2. Posibilidad de exigir la fijación; 3. Obras derivadas; 4. Textos oficiales; 5. Colecciones; 6. Obligación de proteger; beneficiarios de la protección; 7. Obras de artes aplicadas y dibujos y modelos industriales; 8. Noticias
Artículo 2bis:
Posibilidad de limitar la protección de algunas obras: 1. Determinados discursos; 2. Algunas utilizaciones de conferencias y alocuciones; 3. Derecho de reunir en colección estas obras
Artículo 3:
Criterios para la protección: 1. Nacionalidad del autor; lugar de publicación de la obra; 2. Residencia del autor; 3. Obras « publicadas »; 4. Obras « publicadas simultáneamente »
Artículo 4:
Criterios para la protección de obras cinematográficas, obras arquitectónicas y algunas obras de artes gráficas y plásticas
Artículo 5:
Derechos garantizados: 1. y 2. Fuera del país de origen; 3. En el país de origen; 4. « País de origen »
Artículo 6:
Posibilidad de restringir la protección con respecto a determinadas obras de nacionales de algunos países que no pertenezcan a la Unión: 1. En el país en que la obra se publicó por primera vez y en los demás países; 2. No retroactividad; 3. Notificación
Artículo 6bis:
Derechos morales: 1. Derecho de reivindicar la paternidad de la obra; derecho de oponerse a algunas modificaciones de la obra y a otros atentados a la misma; 2. Después de la muerte del autor; 3. Medios procesales
Artículo 7:
Vigencia de la protección: 1. En general; 2. Respecto de las obras cinematográficas; 3. Respecto de las obras anónimas o seudónimas; 4. Respecto de las obras fotográficas y las artes aplicadas; 5. Fecha de partida para calcular los plazos; 6. Plazos superiores; 7. Plazos menos extensos; 8. Legislación aplicable; « cotejo » de plazos
Artículo 7bis:
Vigencia de la protección de obras realizadas en colaboración
Artículo 8:
Derecho de traducción
Artículo 9:
Derecho de reproducción: 1. En general; 2. Posibles excepciones; 3. Grabaciones sonoras y visuales
Artículo 10:
Libre utilización de obras en algunos casos: 1. Citas; 2. Ilustración de la enseñanza; 3. Mención de la fuente y del autor
Artículo 10bis:
Otras posibilidades de libre utilización de obras: 1. De algunos artículos y obras radiodifundidas; 2. De obras vistas u oídas en el curso de acontecimientos de actualidad
Artículo 11:
Algunos derechos correspondientes a obras dramáticas y musicales: 1. Derecho de representación o de ejecución públicas y de transmisión pública de una representación o ejecución; 2. En lo que se refiere a las traducciones
Artículo 11bis:
Derechos de radiodifusión y derechos conexos: 1. Radiodifusión y otras comunicaciones sin hilo, comunicación pública por hilo o sin hilo de la obra radiodifundida, comunicación pública mediante altavoz o cualquier otro instrumento análogo de la obra radiodifundida; 2. Licencias obligatorias; 3. Grabación; grabaciones efímeras
Artículo 11ter:
Algunos derechos correspondientes a las obras literarias: 1. Derecho de recitación pública y de transmisión pública de una recitación; 2. En lo que concierne a las traducciones
Artículo 12:
Derecho de adaptación, arreglo y otra transformación
Artículo 13:
Posibilidad de limitar el derecho de grabar obras musicales y la letra respectiva: 1. Licencias obligatorias; 2. Medidas transitorias; 3. Decomiso de la importación de ejemplares hechos sin la autorización del autor
Artículo 14:
Derechos cinematográficos y derechos conexos: 1. Adaptación y reproducción cinematográficas; distribución; representación, ejecución pública y transmisión por hilo al público de las obras así adaptadas o reproducidas; 2. Adaptación de realizaciones cinematográficas; 3. Falta de licencias obligatorias
Artículo 14bis:
Disposiciones especiales relativas a las obras cinematográficas: 1. Asimilación a las obras « originales »; 2. Titulares del derecho de autor; limitación de algunos derechos de determinados autores de contribuciones; 3. Algunos otros autores de contribuciones
Artículo 14ter:
«Droit de suite» sobre las obras de arte y los manuscritos: 1. Derecho a obtener una participación en las reventas; 2. Legislación aplicable; 3. Procedimiento
Artículo 15:
Derecho de hacer valer los derechos protegidos: 1. Cuando se ha indicado el nombre del autor o cuando el seudónimo no deje la menor duda sobre la identidad del autor; 2. En el caso de obras cinematográficas; 3. Para las obras anónimas y seudónimas; 4. Para algunas obras no publicadas de autor desconocido
Artículo 16:
Ejemplares falsificados: 1. Comiso; 2. Comiso de la importación; 3. Legislación aplicable
Artículo 17:
Posibilidad de vigilar la circulación, representación y exposición de obras
Artículo 18:
Obras existentes en el momento de la entrada en vigor del Convenio: 1. Podrán protegerse cuando el plazo de protección no haya expirado aún en el país de origen; 2. No podrán protegerse cuando la protección haya expirado en el país en que se reclame; 3. Aplicación de estos principios; 4. Casos especiales
Artículo 19:
Protección más amplia que la derivada del Convenio
Artículo 20:
Arreglos particulares entre países de la Unión
Artículo 21:
Disposiciones especiales concernientes a los países en desarrollo: 1. Referencia al Anexo; 2. El Anexo es parte del Acta
Artículo 22:
Asamblea: 1. Constitución y composición; 2. Labores; 3. Quórum, votación, observadores; 4. Convocatoria; 5. Reglamento
Artículo 23:
Comité Ejecutivo: 1. Constitución; 2. Composición; 3. Número de miembros; 4. Distribución geográfica; arreglos particulares; 5. Permanencia en funciones, límites de reelegibilidad, modalidades de la elección; 6. Labores; 7. Convocatoria; 8. Quórum, votación; 9. Observadores; 10. Reglamento
Artículo 24:
Oficina
...