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Derecho Subjetivo


Enviado por   •  27 de Enero de 2013  •  1.474 Palabras (6 Páginas)  •  693 Visitas

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Derecho subjetivo

Las consecuencias jurídicas resultantes de realizar la hipótesis normativa, son atribuibles al hombre y pueden consistir en el nacimiento, la transmisión, la modificación o la extinción de derechos y obligaciones. En este apartado, se estudiarán las principales doctrinas que estudian al derecho subjetivo, basándonos para ello en la obra de Introducción al Estudio del Derecho del autor Eduardo García Máynez

Principales tesis del derecho subjetivo) Tesis de Bernardo Windscheid (Teoría de la voluntad)

El derecho subjetivo es un poder o señorío de la voluntad reconocido por el orden jurídico.

Para este autor, la expresión derecho subjetivo, suele emplearse en dos sentidos diferentes:

1. Por derecho subjetivo se entiende la facultad que tiene el titular del derecho de exigir cierta conducta, positiva o negativa, del obligado. Esta facultad surge cuando el orden jurídico señala que en determinadas circunstancias se realice u omita alguna cosa.

2. Por derecho subjetivo se entiende la voluntad que tiene la persona para crear facultades o para transmitir, modificar o extinguir las ya existentes, de tal manera que de la voluntad de la persona depende la existencia o determinación de imperativos jurídicos. Como ejemplos, el derecho que tiene el propietario de enajenar sus cosas, que el acreedor pueda ceder su crédito, o que un contratante esté facultado para rescindir el contrato, si la otra parte no cumple con lo pactado. Esta teoría ha sido sumamente criticada, una de las críticas más sólidas es la de Kelsen que puede resumirse en lo siguiente:

1. Existen casos en los cuales el titular de un derecho subjetivo no desea ejercitarlo. Por ejemplo, el derecho que tiene el acreedor de exigir de su deudor el pago de una cantidad que le ha prestado, pero si no quiere cobrarle no se destruye la facultad concedida al acreedor, si el derecho subjetivo dependiese de su voluntad, al desaparecer ésta, aquél debería extinguirse.

2. Existe carencia de voluntad en numerosas personas jurídicas. Son incapaces de querer y sin embargo, poseen facultades y deberes. Es el caso de los incapacitados, los recién nacidos, las personas morales. Si la esencia del derecho subjetivo radicase en el querer, se les tendría que negarla calidad de personas en sentido jurídico.

3. Los derechos no desaparecen porque el titular de los mismos ignore su existencia y no haya, en el propio titular, un querer orientado hacia ellos.

4. Existen derechos que aunque se renuncien le ley hace caso omiso a dicha renuncia, sin importar la voluntad del titular de no hacerlos valer. En respuesta a las críticas que se le hicieron Windscheid sostuvo que por voluntad debía entenderse la del ordenamiento jurídico, sin embargo, esta variante modificó esencialmente su tesis original, extinguiendo su verdadero sentido, ya que la voluntad del orden jurídico es muy diferentea la de los individuos, es decir, del querer en sentido psicológico.

b) Tesis de Rodolfo Jhering (Teoría del interés).

Sostiene que en todo Derecho hay igualmente importantes: uno formal y el otro substancial. La relación entre ambos elementos es comparable a la que existe entre la corteza y la médula de una planta, donde el interés represente el elemento interno (médula de la planta); la acción, el protector del derecho subjetivo, por lo que este debe definirse como un interés jurídicamente protegido. El interés debe tomarse en sentido altísimo, ya que no sólo se aplica a los intereses susceptibles de apreciación pecuniaria (económicos), sino a los de otra índole, como la personalidad, el honor, los vínculos familiares, etc.

Conceptos jurídicos fundamentales

Jhering, dice que bien es cualquier cosa que posea utilidad para un sujeto, a esta idea se encuentran indisolublemente unidas las de valor e interés. El valor es la medida de la utilidad de un bien; el interés, el valor en su relación con el individuo y sus aspiraciones. Para que exista derecho no basta el elemento material; sino que además se requiere que el interés esté jurídicamente garantizado, es decir, que el disfrute del bien se encuentre protegido pormedio de la acción.

Crítica de la Teoría del interés

Si la nota del interés fuese esencial al derecho subjetivo, éste no existiría, da faltar aquélla.‖ La teoría de Jhering encuentra prácticamente las mismas

objeciones hechas a la de Bernardo Windscheid, puesto que los conceptos de interés y voluntad pertenecen al mismo linaje psicológico. Sólo se quiere aquello en que se tiene interés; sólo se tiene interés en aquello que se quiere.

c) Teoría ecléctica.

Entre sus partidarios se encuentra Jorge Jellinek, quien define al derecho

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