FUENTES DE DERECHO
Enviado por oscar.del.carmen • 9 de Septiembre de 2013 • 1.925 Palabras (8 Páginas) • 274 Visitas
ÍNDICE
1 Introducción
2 Fuentes del derecho
3 Visión teórica de las Fuentes del Derecho
4 Fuentes del Derecho interno
5 Fuentes del Derecho internacional
6 Regulación por países
6.1 Guatemala
6.2 España
6.3 México
6.4 Perú
7 Referencias bibliográficas
1 INTRODUCCION.
El término fuente del derecho designa todo lo que contribuye o ha contribuido a crear el conjunto de reglas jurídicas aplicables dentro de un Estado en un momento dado (derecho positivo).
En los países con derecho escrito, las principales fuentes del derecho son tanto textos como tratados internacionales, constituciones, leyes, reglamentos. Sin embargo, otras fuentes son a veces admitidas según la materia, tales como la costumbre, los principios generales del derecho consagrados por la jurisprudencia (a veces inspirados por la doctrina de juristas especializados, profesores, abogados, magistrados...) o la debatida existencia de unos principios de derecho natural universales escritos en la naturaleza y costumbres de los seres vivos y el ser mismo de las cosas.
Las fuentes del derecho son un criterio de determinación del sistema jurídico de un país considerado según tenga antecedentes de:
• El derecho escrito, por ejemplo el derecho romano, las constituciones de las polis griegas o los estados europeos)
• El derecho anglosajón, basado en la jurisprudencia o conjunto de sentencias precedentes
• El derecho natural, o iusnaturalismo, que se distingue del derecho positivo, en boga a finales del siglo XIX que defiende la existencia de unas reglas universales o derechos del hombre inalienable e innato desde su misma existencia
2 FUENTES DEL DERECHO.
En general, fuente es el principio u origen de una cosa, el lugar donde nace o se produce algo. Es el principio, el fundamento, el origen, la causa o la explicación de una cosa. Cuando hablamos del origen de la norma jurídica, nos referimos a los hechos que le dan nacimiento, a las manifestaciones de la voluntad humana o a los usos o prácticas sociales que la generan, nos referimos, desde luego, al origen del propio objetivo.
• FUENTES MATERIALES
Son las razones o hechos (históricos, políticos, sociales, económicos, éticos, religiosos etc.) que provocan la aparición de una norma y determina su contenido: la Revolución Francesa (que originó el Código napoleónico), la religión islámica (que dio lugar a la Sharia)...
• FUENTES FORMALES
Aluden al lugar donde brota el derecho, donde lo recogemos; tradicionalmente se señalan: la ley, la jurisprudencia y en menor nivel la doctrina. Comprende el estudio de los sistemas que tienen o han tenido vigencia.
• FUENTES HISTÓRICAS
Esta se puede definir como cualquier testimonio, documento, resto u objeto utilizado por el hombre, que nos puede aportar información significativa, parcial o total, sobre los hechos que han tenido lugar, especialmente en el pasado.
3 VISIÓN TEÓRICA DE LAS FUENTES DEL DERECHO.
Según la taxonomía aristotélica de la causa, podemos distinguir:
Por su causa formal: entendemos que es la fuerza social con facultad normativa y creadora, según R. Castro. Esta se jacta por ser derecho vinculante y aplicable. Influye insoslayablemente a esta acepción la Teoría de la Institución, la cual califica como imprescindible a las fuentes formales en el proceso de acción de los entes sociales organizados (instituciones). Dentro de ésta podemos distinguir:
• Por su orientación.
• Fuentes políticas (programas de partidos políticos o movimientos revolucionarios). Pretenden crear presión colectiva o desencadenar procesos institucionales.
• Fuentes culturales (grupos sociales u operadores jurídicos). Persiguen la observancia de las leyes surgidas en el pasado y el estudio teórico de la realidad social actual.
• Por la política en el momento en que se originan
• Fuentes originarias. Las que crean derecho ex nihilo (de la nada), sin un sistema jurídico precedente. Característico de los procesos revolucionarios.
• Fuentes derivadas. Las que crean derecho usando los métodos procedimentales establecidos en un régimen jurídico preexistente.
• Por su causa material: entendemos que son las formas de exteriorización del derecho, donde nos encontramos.
• Fuentes formales de conocimiento jurídico, entendido como formas de manifestación empírica de normas, instituciones, etc. que por su mera percepción nos hace conocer que son o tienen que ver con el derecho.
• Fuentes formales de interpretación y aplicación, dentro de las cuales nos encontramos con las directrices de órganos externos que eligen a los órganos de interpretación y aplicación, así como dirigir su juicio. Segundamente, nos encontramos con los órganos de interpretación y aplicación, que son los tribunales de justicia. Por último nos encontramos las expresiones formales de las normas admitidas, concepto ligado al positivismo jurídico que alza como fuente superior a la ley, como fuente genuina. De la misma forma identifica a las fuentes estatales con las fuentes del derecho. Las fuentes restantes (costumbre, jurisprudencia y principios generales) aparecerán como subsidiarias para aplicar en defecto de ley.
• Por su causa eficiente: son las categorías, instituciones y facultades que fundamentan el derecho. Por ej. Dios, la razón, el ser humano, el sentimiento jurídico, etc.
• Por su causa final: destacamos dentro de ésta a dos muy importantes, que son la seguridad jurídica y la obediencia, problemas que el sistema de fuentes tiende a solventar.
• Seguridad jurídica: el problema aparece si se produce por ausencia de ley. Para ello se utilizan los medios de integración (interpretación extensiva, analogía, equidad, principios generales del derecho) unido al establecimiento de fuentes formales para encontrar una solución.
4 FUENTES DEL DERECHO INTERNO.
Según la doctrina comúnmente aceptada, son fuentes del Derecho interno:
• La Constitución. En algunos países, la constitución puede ser no escrita, como pasa en algunos sistemas de Derecho anglosajón.
• La Ley en sentido amplio, que abarca todas las normas de rango legal emanadas tanto del poder legislativo como del poder ejecutivo su definición sería: la ley dictada por la autoridad competente que se manda o se prohíbe aloja en concordancia con la justicia y para bien de los gobiernos y de los ciudadanos
• La
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