FUENTES DEL DERECHO.
Enviado por znorlaxJaBa • 21 de Agosto de 2013 • Tesis • 1.886 Palabras (8 Páginas) • 293 Visitas
FUENTES DEL DERECHO
I. CONCEPTO
Las fuentes del derecho son los actos o hechos pasados de los que deriva la creación, modificación o extinción de normas jurídicas. A veces, también, se entiende por tales a los órganos de los cuales emanan las normas que componen el ordenamiento jurídico (conocidos como órganos normativos o con facultades normativas), y a los factores históricos que inciden en la creación del derecho. De lo anterior se desprenden, respectivamente, las nociones de fuentes del derecho en sentido material (fuentes materiales) y fuentes del derecho en sentido formal o (fuentes formales).
II. CLASIFICACIÓN
Se clasifican en fuentes directas e indirectas:
a) Fuentes Directas
Son códigos y demás textos, que de un modo inmediato y concreto permite conocer las leyes y costumbres vigentes en una época.
b) Fuentes Indirectas
Son obras redactadas con fines teóricos y prácticos por los tratadistas que suministran datos y noticias para ilustrar o complementar el testimonio de las fuentes legales.
Otras clasificaciones de Fuentes de Derecho son:
ü Fuentes principales o jurídicas
ü Fuentes accesorias o no jurídicas
ü Fuentes escritas, orales o figuradas
ü Fuentes extranacionales, nacionales, regionales y locales.
ü Fuentes de índole territorial (aplicable a todos los habitantes de un país) y de índole personal (aplicable a los individuos de una raza o casta).
La clasificación del tratadista V. Schwerin.
a. Fuentes Inmediatas: Están comprendidos por textos de carácter legal, los trabajos privados y falsificaciones y los refranes que contenga los principios de derecho.
b. Fuentes Mediatas: Están divididas en:
ü Referente a la vida del derecho, ésta a su vez se divide en dos grupos: las que afectan a su vida teórica y las que afectan a su aplicación.
ü No referentes en concreto a la vida del Derecho.
Otra clasificación divide las fuentes en: Gráficas, orales, objeto y actos.
1. Fuentes gráficas: son las fuentes propiamente dichas. Estas se subdividen en escritas y pictóricas.
1.1 Fuentes escritas: Estas pueden tener un valor directo e indirecto, entre las fuentes directas tenemos:
a. El derecho legislado: Es el conjunto de leyes que se han dado en un momento y tiempo determinado.
b. El derecho convencional: son documentos de aplicación del derecho, llámese contratos, escrituras, protocolos, esto es el derecho vivo tal como funcionó entre las partes de los actos o negocios jurídicos.
c. El derecho judicial: No sólo la jurisprudencia de los tribunales, es decir los fallos de los jueces, sino también alegatos, demandas, documentos de registro, civil, de propiedad, etc.
d. El derecho doctrinario: son las obras de los jurisconsultos que influyen sobre el derecho, así como textos, diccionarios, etc.; que nos presenta el pensamiento e ideas jurídicas de la generación.
1.2 Fuentes pictóricas
Son representaciones plásticas que han quedado acerca del derecho de una época determinada. En el Perú por ejemplo encontramos las especies de la cerámica prehispánica como la cerámica Mochica que representa juicios, aplicación de penas, ceremonias, etc.
2. Fuentes orales
Formado por el estudio de las palabras que pueden ser útiles para la investigación del fenómeno jurídico, éste tipo de fuente nos permite analizar la existencia o no existencia de determinadas palabras en una época y un territorio determinado. Un ejemplo sería las palabras ama sua, ama quella, ama llulla, que usaron los incas en símbolo a una ley.
3. Fuente de objeto
Son los instrumentos, emblemas o sellos antiguamente usados, incluso obras públicas y las edificaciones, entre ellos tenemos la corona, las banderas, los aparatos de ejecución, etc.
4. Fuente de actos
Son los hechos de trascendencia familiar o legal como la transferencia de domicilio o el matrimonio. Hay actos como motines, demostraciones de espíritu popular que expresan un estado de ánimo colectivo frente al derecho.
III. NORMAS DE CONDUCTA Y DERECHO PENAL EN EL TAHUANTINSUYO
Los pobladores del Incario debían observar normas de conducta tanto en la esfera moral como en la de los preceptos gubernamentales o públicos. La inobservancia acarreaba penas severas.
Los delitos no eran una ofensa a las divinidades, salvo el caso de incumplir con las reglas impuestas por el culto. Por ello mismo, eran ofensa al estado y en las manos de sus administradores estaba la imposición de los castigos.
H. Cunow y especialmente H. Timborn, han calado con maestría en el tema del derecho en el Incario.
DELITOS Y PENAS: Toribio Mejía Xesspe ha reconstruido algo así como los ..preceptos.. fundamentales de la moral incaica: nos ser mentiroso, no ser haragán, no ser ladrón, no ser asesino, no ser libertino.
AMA LLULLA…………. NO SEAS MENTIROSO
AMA SUA………………NO SEAS LADRÓN
AMA QELLA……………NO SEAS OCIOSO
AMA SIPIX……………..NO SEAS ASESINO
AMA MAQLLA…………NO SEAS PERVERTIDO O AFEMINADO
Las normas morales regían para la gobernabilidad de los pobladores incluyendo los gobernantes. El quebrantarles eran ofensas del Estado, y no a las divinidades.
Las normas de conducta tocantes a la esfera sexual eran distintas para el caso de los nobles, que habían institucionalizado para ellos la poligamia. Al indio común, en cambio le estaba vedado poseer más de una esposa so pena de muerte.
Los crímenes más graves eran aquellos que estaban dirigidas contra el Estado: traición, inobservancia de normas de respeto y veneración, actos de sabotaje como quema de puentes y seducción de Acllas.
La residencia solía castigarse con penas cada vez mayores. Así, el declarado por mentira era castigado con veinte azotes en público; si reincidía se le aumentaba, y si volvía a quebrantar la norma podía llegar a merecer la muerte.
LOS JUECES: la potestad civil y penal eran aplicados por jueces especiales. La potestad penal era ejercida por los mismos funcionarios (Curaca, Tocricoc, Apo). En la potestad civil existían inspectores para vigilar a los funcionarios. A veces el mismo inca era quien juzgaba crímenes y delitos, especialmente cuando el supuesto culpable era parte de la nobleza.
LOS CASTIGADOS: La violación de ley era ..pecado.. contra el Estado, además era considerado desobediencia al monarca. A estos se aplicaba diversos tipos de castigo según su infracción y/criterios importantes. Los castigos eran aplicados de acuerdo al Status
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