La Cosa Juzgada
Enviado por decg124 • 3 de Noviembre de 2014 • 581 Palabras (3 Páginas) • 429 Visitas
Ensaño.
David Elisandro Camacho García.
Derecho constitucional.
Lic. Ana Rosa Rodríguez Medelez.
Séxto cuatrimestre modulo tres.
Saltillo, Coahuila 14 de agosto del 2014.
En este libro se habla de los conceptos hechos sobre la cosa juzgada, desde los juristas más antiguos ha sido motivo de preocupación y de profundas reflexiones.
Encontraremos que según el artículo 354 del código federal de procedimientos civiles la cosa juzgada es la verdad legal y contra ella no se admitirá recurso ni pruebas de ninguna clase, salvo por los casos expresamente indicados por la ley.
El primer elemento como prueba de validez es la existencia y funcionamiento que constituyen un requisito sine qua non para que el juez entre al fondo del negocio y deicida lo conducente, como presupuestó procesal indiscutible a la jurisdicción y a la existencia de un litigio entre parte, respecto del cual exista incertidumbre en relación con la tutela jurídica.
La cosa juzgada es la autoridad y la fuerza que la ley atribuye a la existencia ejecutoria. Se explica por la necesidad jurídica de que lo resuelto en las sentencias se considere como irrevocable e inmutable.
Entenderemos por preclusión la pérdida de derechos procesales por no ejércelos en el tiempo que señala la ley respectiva.
Precluye un derecho al no contestarse una demanda, al no ofrecerse pruebas, al no impugnar una resolución, dentro de los plazos y oportunidad que la ley fija.
En el artículo 227 del código de procedimientos civiles del estado de México, encontraremos en que consiste la preclusión.
• Cosa juzgada formal: fuerza y autoridad que tiene una sentencia en el juicio que se dictó.
• Cosa juzgada material: aquella cuya eficacia trasciende a todas las clases de juicio.
Sin la cosa juzgada el mundo sería un caos de litigio.
La cosa juzgada, desea la estabilidad y la firmeza de las resoluciones jurídicas, la paz social, la economía del tiempo, del dinero y de la energía que se gasta en la prosecución de los juicios, es indispensable que haya un término improrrogable y que los tribunales no puedan revocar las sentencias que se dictan en ultima instancia.
La cosa juzgada ha sido criticada, porque mediante esta se consagran los errores y violaciones que nunca debieron existir.
Identidad de la causa: hecho jurídico que constituye el fundamento del derecho que se reclama en juicio.
La autoridad de la cosa juzgada deja de existir si la segunda demanda se funda en una causa diferente.
La primera sala de la suprema corte de justicia de la nación ha sostenido que para que proceda la excepción de cosa juzgada en otro juicio
...