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La Libertad


Enviado por   •  15 de Enero de 2013  •  3.724 Palabras (15 Páginas)  •  360 Visitas

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Son aquellas prerrogativas que se consideran indispensables para que el hombre pueda cumplir normalmente sus fines naturales y sociales.

Aunque los derechos absolutos se consagran en las constituciones para precisarlos y reafirmarlos, su existencia, según se sostiene en la teoría política, es superior y anterior a todo pacto constitucional, su revelación y reconocimiento ha ido ocurriendo a través de la historia y su numero se ha ido haciendo mas nutrido a medida que las sociedades han ido progresando en moralidad y en actividades.

Los derechos absolutos son llamados también derechos del hombre, derechos individuales, derechos fundamentales, derechos inherentes a la personalidad humana y también derechos humanos. Estos derechos son aplicables de igual forma para todos los que habitan en el territorio, ya sean nacionales o extranjeros, residentes o transeúntes, estos vienen a ser una especie de derecho común aplicable a todos por igual.

El objetivo de su declaración y reconociendo con carácter absoluto, es el de proporcionar a todos, con la posibilidad de su ejercicio una esfera de actividades dentro de la cual puedan desenvolver sus facultades y realizar los fines de la vida con seguridad, provecho y bienestar.

Los primeros derechos del hombre fueron reconocidos, por la vía constitucional en Inglaterra con la carta magna. En nuestra constitución los derechos absolutos se denominan Derechos Individuales y Sociales, y estos están plasmado en el articulo 8 de la constitución Dominicana.

Los derechos del hombre figuran al día de hoy, expresamente reconocidos con diferencias poco fundamentales en todos las constituciones democráticas, solo habiendo divergencia en lo relativo a la inviolabilidad de la vida, debido a que en varios países existe la pena de muerte, negándole así el carácter absoluto a esta prerrogativa humana.

Entre los principales derechos Absolutos e individuales reconocidos por las naciones modernas, podemos hacer citas de las siguientes:

La Inviolabilidad de la Vida.

La libertad de conciencia y de cultos.

La libertad de expresión del pensamiento.

Derecho a la seguridad individual.

La inviolabilidad del domicilio y de la correspondencia.

La libertad de enseñanza.

La libertad de asociación y reunión.

El derecho de propiedad.

La libertad de trabajo.

La libertad de transito.

El derecho a la propiedad intelectual.

La Inviolabilidad de la vida:

Este derecho constituye sin duda alguna el primero y el más grande de los derechos del hombre, puesta que la vida es el hecho a la condición necesaria para que haya sociedad Humana.

Pero este derecho no se presenta como inviolable o absoluto en todas las naciones con sistemas con organización constitucionalmente democrático, ya que numerosas naciones niegan todavía el carácter absoluto a esta prerrogativa humana, contemplando la pena de muerte para ciertos casos en sus constituciones. En nuestra constitución Dominicana este derecho esta claramente plasmado y contemplado en el inciso 1ro. Del articulo 8, y dicta de la siguiente forma:

Articulo 8, Inciso 1.

"La inviolabilidad de la vida. En consecuencia no podrá establecerse, pronunciarse ni aplicarse en ningún caso la pena de muerte, ni las torturas, ni ninguna otra pena o procedimiento vejatorio o que implique la pérdida o la disminución de la integridad física o de la salud del individuo. "

Como se puede observar en este inciso, la constitución dominicana no solo prohibe la pena o condena de muerte, sino que también prohibe todo castigo, tortura o mal trato que atente contra la integridad física del individuo.

La libertad de conciencia y de cultos:

La libertad de conciencia consiste en el derecho que se reconoce a todo hombre de tener en materia de religión, las creencias intimas que este mas de acuerdo con su razón, su tradición y educación, la libertad de culto consiste en el derecho que a todo hombre pertenece de manifestar por actos externos, la intimidad de sus creencias religiosas

La conquista de la libertad de conciencia y de cultos ha representado para el hombre una de las más difíciles de lograr y que aun en la actualidad la lucha por este derecho no ha cesado completamente. La primera nación que reconoció constitucionalmente la libertad de conciencia y de cultos fue la Unión Norte Americana al conquistar su independencia.

En nuestra constitución esta derecho se consagra en el inciso 8, de su articulo 8, y dicta de la siguiente forma:

Articulo 8, Inciso 8.

"La libertad de conciencia y de cultos, con sujeción al orden público y respecto a las buenas costumbres. "

Nuestra constitución como se ve, contempla la libertad de conciencia y cultos, solo con la única limitación de que estos estén sujetos y no vallan en contra del orden publico y a las buenas costumbres.

La libertad de expresión del pensamiento:

Esta prerrogativa es esencial para el hombre, se denomina también libertad o derecho de libre opinión, este es un derecho múltiple o complejo, que abarca tanto la libertad de hablar como la de escribir y la de transmitir el pensamiento por cualquier medio que sea conocido o por conocerse, su manifestación mas importante es la libertad de imprenta y de prensa.

En nuestra constitución este derecho se consagra en articulo 8, inciso 6, y dicta lo siguiente:

Articulo 8, Inciso 6.

"Toda persona podrá, sin sujeción a censura previa, emitir libremente su pensamiento mediante palabras escritas o por cualquier otro medio de expresión, gráfico u oral. Cuando el pensamiento expresado sea atentatorio a la dignidad y a la moral de las personas, al orden público o a las buenas costumbres de la sociedad, se impondrán las sanciones dictadas por las leyes. "

"Se prohíbe toda propaganda subversiva, ya sea por anónimos o por cualquier otro medio de expresión que tenga por objeto provocar desobediencia a las leyes, sin que esto último pueda coartar el derecho a análisis o a crítica de los preceptos legales."

Los Derechos a la seguridad individual:

Este consiste en la libertad física de acción y de movimiento y de no encerramiento o encarcelamiento sin causa justificada en la ley.

La seguridad individual que significa la seguridad física, constituye una libertad muy complejo y se descompone en múltiples garantías todos con el mismo fin.

Entre las prerrogativas que esta comprende están:

La del individuo de no ser sometido a apremio corporal, ósea a encarcelamiento, por deudas ordinarias y normalmente contraidas, es decir sin intervención de fraude o sin infracción de las leyes penales., este derecho se refleja en nuestra

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