Ley General De Salud
Enviado por natyperezzz • 23 de Septiembre de 2013 • 886 Palabras (4 Páginas) • 445 Visitas
LEY GENERAL DE SALUD
TITULO DECIMO PRIMERO PROGRAMAS CONTRA LAS ADICCIONES
CAPITULO I CONSEJO NACIONAL CONTRA LAS ADICCIONES
ARTICULO 184 Bis
SE CREA EL CONSEJO NACIONAL CONTRA LAS ADICIONES, QUE TENDRA POR OBJETO PROMOVER Y APOYAR LAS ACCIONES DE LOS SECTORES PUBLICO, SOCIAL Y PRIVADO TENDIENTES A LA PREVENCION Y COMBATE DE LOS PROBLEMAS DE SALUD PUBLICA CAUSADOS POR LAS ADICCIONES QUE REGULA EL PRESENTE TITULO, ASI COMO PROPONER Y EVALUAR LOS PROGRAMAS A QUE SE REFIEREN LOS ARTICULOS 185, 188 Y 191 DE ESTA LEY.
DICHO CONSEJO ESTARA INTEGRADO POR EL SECRETARIO DE SALUD, QUIEN LO PRESIDIRA, POR LOS TITULARES DE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL CUYAS ATRIBUCIONES TENGAN RELACION CON EL OBJETO DEL CONSEJO Y POR REPRESENTANTES DE ORGANIZACIONES SOCIALES Y PRIVADAS RELACIONADAS CON LA SALUD. EL SECRETARIO DE SALUD PODRA INVITAR, CUANDO LO ESTIME CONVENIENTE, A LOS TITULARES DE LOS GOBIERNOS DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS A ASISTIR A LAS SESIONES DEL CONSEJO.
LA ORGANIZACION Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO SE REGIRAN POR LAS DISPOSICIONES QUE EXPIDA EL EJECUTIVO FEDERAL.
CAPITULO II PROGRAMA CONTRA EL ALCOHOLISMO Y EL ABUSO DE BEBIDAS ALCOHOLICAS
ARTICULO 185
LA SECRETARIA DE SALUD, LOS GOBIERNOS DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS Y EL CONSEJO DE SALUBRIDAD GENERAL, EN EL AMBITO DE SUS RESPECTIVAS COMPETENCIAS, SE COORDINARAN PARA LA EJECUCION DEL PROGRAMA CONTRA EL ALCOHOLISMO Y EL ABUSO DE BEBIDAS ALCOHOLICAS QUE COMPRENDERA, ENTRE OTRAS, LAS SIGUIENTES ACCIONES:
I. LA PREVENCION Y EL TRATAMIENTO DEL ALCOHOLISMO Y, EN SU CASO, LA REHABILITACION DE LOS ALCOHOLICOS;
II. LA EDUCACION SOBRE LOS EFECTOS DEL ALCOHOL EN LA SALUD Y EN LAS RELACIONES SOCIALES, DIRIGIDA ESPECIALMENTE A NIÑOS, ADOLESCENTES, OBREROS Y CAMPESINOS, A TRAVES DE METODOS INDIVIDUALES, SOCIALES O DE COMUNICACION MASIVA, Y
III. EL FOMENTO DE ACTIVIDADES CIVICAS, DEPORTIVAS Y CULTURALES QUE COADYUVEN EN LA LUCHA CONTRA EL ALCOHOLISMO, ESPECIALMENTE EN ZONAS RURALES Y EN LOS GRUPOS DE POBLACION CONSIDERADOS DE ALTO RIESGO.
ARTICULO 186
PARA OBTENER LA INFORMACION QUE ORIENTE LAS ACCIONES CONTRA EL ALCOHOLISMO Y EL ABUSO DE BEBIDAS ALCOHOLICAS, SE REALIZARAN ACTIVIDADES DE INVESTIGACION EN LOS SIGUIENTES ASPECTOS:
I. CAUSAS DEL ALCOHOLISMO Y ACCIONES PARA CONTROLARLAS.
II. EFECTOS DE LA PUBLICIDAD EN LA INCIDENCIA DEL ALCOHOLISMO Y EN LOS PROBLEMAS RELACIONADOS CON EL CONSUMO DE BEBIDAS ALCOHOLICAS;
III. HABITOS DE CONSUMO DE ALCOHOL EN LOS DIFERENTES GRUPOS DE POBLACION Y
IV. EFECTOS DEL ABUSO DE BEBIDAS ALCOHOLICAS EN LOS AMBITOS FAMILIAR SOCIAL, DEPORTIVO, DE LOS ESPECTACULOS, LABORAL Y EDUCATIVO.
ARTICULO 187
EN EL MARCO DEL SISTEMA NACIONAL DE SALUD, LA SECRETARIA DE SALUD COORDINARA LAS ACCIONES QUE SE DESARROLLEN CONTRA EL ALCOHOLISMO Y EL ABUSO DE BEBIDAS ALCOHOLICAS. LA COORDINACION EN LA ADOPCION DE MEDIDAS, EN LOS AMBITOS FEDERAL Y LOCAL, SE
...