PROCEDIMIENTO EXTRAORDINARIO
Enviado por tatto44 • 22 de Febrero de 2014 • 760 Palabras (4 Páginas) • 334 Visitas
PROCEDIMIENTO EXTRAORDINARIO
Origen y evolución
Este procedimiento se empezó a utilizar en la época imperial con carácter extraordinario pero poco a poco fue ganando terreno en época clásica se convirtió en proceso ordinario en época posclásica. Inicialmente se utilizaban para:
- Fideicomisos.
- Tutelas.
- Alimentos entre parientes.
- Las reclamaciones sobre el status de la persona.
La concentración del poder en manos del emperador determinó que l procedimiento extra-ordinem fuera desplazando al formulario hasta que en el año 342 quedó derogado el procedimiento formulario. En las provincias, el único procedimiento que se conocía era el extra-ordinem.
Características
- Todo él se realiza en una sola fase. Desaparece la in iure y la fase apud iudicem; por ello la litis contestatio pierde su importancia.
- La citación del demandado tiene carácter semioficial. Puede ser citado de forma privada pero también por orden judicial o por edictos.
- El procedimiento se tramita ante magistrados-jueces que actúan como delegado del príncipe.
- El demandante tiene que presentar junto con el escrito de demanda las pruebas de que intenta valerse y lo mismo con el escrito del demandado. Además las partes pueden pedir la interrupción del proceso para acortar nuevas pruebas.
- La sentencia puede se objeto de recurso de apelación y eso implica presentar las actuaciones por escrito al órgano superior por lo que se impone el principio de escritura frente al de oralidad.
- Tiene unas costas muy elevadas y eso determina la desigualad de oportunidades entre las partes.
Contenido del proceso
El procedimiento empieza con la citación del demandado que recibe el nombre de litis denuntiatio y se podía hacer por escrito o de forma oral. En época de Justiniano, la citación se realizaba por escrito mediante el llamado litis convetionis. Ése no sólo servía para citar sino que también contenía la de manada. Una vez que se recibía ese libellus conventionis del demandado podía hacer una confessio o allanamiento a la pretensión del demandante y en ese caso no continuaba el proceso. Si no se producía ese confessio, el demandado tenía que responder por medio del libellus contradictionis y se comprometía a comparecer ante el tribunal y para ellos prestaba una garantía con fiadores y esa garantía era la cautio indicio sisti. Si el demandado no comparecía, el proceso continuaba en rebeldía.
La litis contestatio perdió la importancia que tenía en el procedimiento formulario y los efectos de la litis contestatio los produjo la sentencia. Cuando las partes comparecen ante el magistrado, se celebra el debate oral con intervención de los abogados. Las partes reproducen sus alegaciones de los escritos de demandas y contestación. Las excepciones perentorias pueden ser alegadas
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