Pena de muerte en colombia
Enviado por alejo9809 • 22 de Febrero de 2018 • Ensayo • 1.284 Palabras (6 Páginas) • 194 Visitas
La pena de muerte en Colombia
Daybed Alejandro Galarza Otalvaro- 16103050
Universidad ICESI
Facultad de ingeniería
Programa, ingeniería de sistemas
Clase, Lógica y argumentación
2016-I
La pena de muerte en Colombia
La pena de muerte o pena capital es un castigo que ha existido desde hace mucho tiempo, esta sanción fue implementada por las sociedades antiguas con el fin de retribuir o resarcirse a los daños causados por un delincuente. La pena de muerte era aplicada a aquellas personas que violaban las leyes de manera atroz y que eran consideradas como personas peligrosas para la sociedad. La ejecución de esta pena consiste en la afectación directa al físico del sancionado tratando de darle la muerte más dolorosa y lacerante llevándolo hasta el punto de dejarlos sin signos vitales. Los métodos de aplicación de la pena de muerte fueron muy variados según la cultura de la sociedad en la cual se aplicaba, sin embargo todas tenían un mismo fin, que era el imponer el mayor sufrimiento posible al condenado a dicha pena. En Colombia la pena de muerte sigue causando polémica por la intención de legalización que se tiene, para esto se deben examinar muy bien los factores de por qué debe ser legalizada, por qué no debe serlo, si en realidad va a mejorar la situación social o si esta continuaría igual.
En Colombia podemos considerar que la situación social viene en decadencia desde hace muchas décadas por, la intolerancia, la crueldad, desintegración familiar y por pérdida de respeto por los derechos humanos y derechos fundamentales. Por esta razón se ha puesto en consideración la posibilidad de reactivar la pena capital; esto ha causado diferentes polémicas entre las personas que están a favor de la pena de muerte y los que no lo están. El derecho a la vida es el derecho fundamental más importante establecido por las leyes constitucionales y es considerado inquebrantable, los opositores a la pena de muerte se apoyan en este derecho tomándolo como herramienta para defender a los acusados para poder persuadirlos de la pena capital, persistiendo que esta pena es un acto de crueldad inútil, ya que la justicia no puede arrebatarle la vida a algunas personas por cometer algún delito, porque esto no va a remediar el daño hecho, ni va a regresar la situación a como era antes.
Sin embargo, considero que cuando una persona madura, consciente de lo bueno y lo malo, ejecuta un atentado contra la vida de otra persona, como por ejemplo, matar por robar, o por tener distintos pensamientos o ya sea por cualquier otra variedad de motivos, deberá asumir sus consecuencias y ser castigada o sancionada con la pena de muerte, porque la forma de actuar de estas personas está haciendo que la sociedad empeore, evidenciando los vacíos éticos y aumentando los temores e incredibilidad de una sociedad segura, además estarían violando el derecho humano al que tanto incurren para su defensa.
>> El que mate a otra persona lo pagará con su vida, el que mate a un animal lo pagará con otro animal, el que lastime a su prójimo, sufrirá en carne propia el daño que haya causado: ojo por ojo, diente por diente, fractura por fractura.<<
Levítico 24:17-21
Esta cita puede sonar algo cruel, pero es el aspecto de justicia más razonable que le encuentro a la forma de penalizar estos actos. No obstante, es indispensable tener en cuenta el tipo o gravedad del delito, ya que cada acción tiene una consecuencia y su castigo debe variar dependiendo de la gravedad del asunto, en el caso del homicidio hay distintas formas de homicidio, la que ocurre accidentalmente y la que se hace con voluntad propia o intención. La que acontece de forma accidental considero que no es merecedora de la pena de muerte porque no se ha hecho con una conciencia de maldad, como por ejemplo, “un accidente de tránsito, donde el conductor se distrae por un momento y ocasiona un accidente el cual cobra la vida de una persona”. En este caso se debe aplicar un juicio de condena, pero no se debería considerar la pena de muerte como castigo, sino la privación de la libertad. Por el contrario, en aquellos casos de homicidios que está bajo el precepto de la voluntad de la persona, es decir donde lo envuelve una intención y la voluntad sin pensar en la preservación de la vida sino en terminación de la misma, es aceptable la solicitud a la pena de muerte como castigo de su delito.
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