ROMA MÉXICO
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ROMA MÉXICO
“mancipio accipiens” : que es el adquiriente
“mancipio dans”: que es el tranferente,
“librepens”: que es el agente público “testis classicis”: que son cinco
La Injure Cessio.- Era un juicio fingido que encubría un negocio de transferencia de bienes; un simulacro de juicio reivindicatorio, en el que el demanda confesaba la demanda.
La Traditio.- Se trataba de una entrega de la cosa con desapoderamiento. Por eso, en el lenguaje jurídico-Moderno, traditio también quiere decir entrega.
1768 se dictó el documento "La instrucción de los señores fiscales", que contiene conceptos regístrales y notariales tales como lo es el estudio de los oficios de hipotecas y la escribanía en México.
• 1784 la Audiencia en México aprobó "Las instrucciones de señores fiscales de hacienda aplicables a la Nueva España".
• 1853 se expidió la Ley y Arancel sobre el Oficio de Hipotecas lo que regulaba la venta del oficio hipotecario.
• 1861 se aprobó un ordenamiento especial e independiente del Código Civil denominado "Ley Hipotecaria".
• 1867 el presidente Benito Juárez expide la Ley Orgánica de Notarios y Actuarios del Distrito Federal, siendo esta ley la que sienta las bases de lo que hoy conocemos como: Oficio del Registro Público.
• 1868 se expide el Código Civil del Estado de Veracruz cuyo Título XXI denominado Del Registro Público de la Propiedad estuvo integrado por 9 capítulos.
• 1870 después de la restauración de la República, se aprueba el Código Civil del Distrito Federal y Territorio de Baja California.
• 1871 el Ministerio de Justicia e Instrucción Pública expidió el Reglamento del Título XXIII del Código Civil del Distrito Federal y de la California, con ordenanza de instalación de la oficina denominada Registro Público de la Propiedad.
• 1884 El Código Civil del Distrito Federal y Territorio de la Baja California dispuso, que un reglamento especial establecería "los derechos y obligaciones de los registradores, así como las fórmulas y demás circunstancias con que debe extenderse el registro".
• 1917 Venustiano Carranza introdujo reformas al Código Civil en materia registral.
• 1921 se expidió un nuevo Reglamento del Registro Público de la Propiedad.
• 1928 fue redactado un proyecto de Código Civil, mismo que una vez aprobado entró en vigor el 1° de octubre de 1932.
• 1940 fue expedido un nuevo Reglamento del Registro Público de la Propiedad, redactado por una comisión presidida por Don Manuel Borja Soriano.
• 1952 un nuevo Reglamento del Registro Público de la Propiedad para el Distrito Federal fue publicado en el Diario Oficial de la Federación
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