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Bulas Alejandrinas


Enviado por   •  23 de Enero de 2014  •  2.156 Palabras (9 Páginas)  •  1.605 Visitas

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Bulas Alejandrinas

Alejandro VI

Alejandro VI (1431?-1503), papa (1492-1503) de la familia Borgia, famoso por su vida licenciosa y corrupta. Rodrigo de Borja (en italiano Borgia)...

1.

Introducción

Bulas Alejandrinas, nombre por el que son conocidos cuatro documentos papales concedidos por el papa Alejandro VI a los Reyes Católicos españoles entre abril y septiembre de 1493, después del hallazgo del Nuevo Mundo. Con estas bulas el papa hacía donación a los Reyes Católicos de las islas descubiertas y por descubrir que se encontrasen por occidente y que no perteneciesen a ningún príncipe cristiano; hacía concesión de privilegios en las tierras donadas, análogos a los concedidos a Portugal; y establecía la demarcación en las expediciones hacia el oeste

2 ANTECEDENTES

La mayoría de los juristas y teólogos del siglo XV defendía el poder universal del papa para intervenir en los asuntos temporales de los pueblos, ya que la sociedad cristiana daba prioridad a los fines espirituales. De esta manera, la Iglesia, salvaguarda de la doctrina evangélica y, en su lugar, el romano pontífice como cabeza de la misma, podía tener jurisdicción sobre paganos e infieles, ignorantes o enemigos del Evangelio, y en algunos casos, incluso, disponer de sus tierras en favor de un príncipe cristiano bajo obligación evangelizadora.

Al amparo de tales doctrinas teológico-jurídicas y, sobre todo, tras la obtención de las bulas papales Romanus Pontifex (1455) e Inter Caetera (1456), Portugal había iniciado y consolidado su expansión atlántica a la vez que limitó la de Castilla. El Tratado de Alcáçovas, firmado por los Reyes Católicos y Alfonso V de Portugal en 1479, y confirmado por la bula Aeterni Regis (1481), delimitaba con claridad la zona de expansión de los reinos peninsulares en vísperas del descubrimiento de América: Castilla podría navegar hasta el paralelo de las islas Canarias, mientras que el resto del océano y tierras africanas al sur del citado paralelo, hasta la India, quedaba reservado en exclusiva a Portugal. Para el hijo y sucesor de Alfonso V, Juan II, en consecuencia, lo descubierto por Cristóbal Colón en 1492 "le pertenecía", según confesó al almirante en la entrevista de Valparaíso.

EL ORIGEN DE LAS BULAS

Cuando a finales de marzo de 1493 llegó a la corte española la noticia del éxito colombino, mezclada con las alarmantes pretensiones de Juan II de que lo recién descubierto por Colón al otro lado del océano pertenecía a Portugal, los Reyes Católicos pusieron inmediatamente en marcha su dispositivo diplomático con el fin de alcanzar dos objetivos principalmente:

1º) Que el papa reconociera por medio de unas bulas (Bulas Alejandrinas) el derecho de los Reyes Católicos sobre los descubrimientos de las Indias. Con ello, Castilla no hacía sino repetir el procedimiento seguido por Portugal años antes en los mares y tierras africanas al sur de las Canarias.

2º) Que Portugal aceptara un meridiano de demarcación sobre el océano, en lugar del paralelo de las Canarias, con el fin de delimitar el campo de actuación exclusiva correspondiente a uno y otro reino en el futuro (véase Tratado de Tordesillas).

Entre los meses de abril y septiembre de 1493, los monarcas hispanos supieron compaginar diplomacia y fuerza en aras a ganar la partida a Juan II de Portugal. Primeramente, en Roma, el papa de origen español, y en esas fechas amenazado por tropas francesas, Alejandro VI, no le negaba nada a su buen aliado Fernando el Católico. En segundo lugar, la segunda flota colombina, bien equipada militarmente, cubriría el escenario indiano, por si había que atajar algún peligro portugués. Por último, la armada de Vizcaya, organizada con extraordinaria rapidez (mayo y junio de 1493) y mucho poder, se dejaría ver y sentir por las costas portuguesas, golfo de Cádiz y estrecho de Gibraltar. Durante los meses citados, el papa Alejandro VI mandó despachar sucesivamente cuatro bulas de indudables consecuencias para el futuro del Nuevo Mundo. Dos de ellas son conocidas con el nombre de Inter Caetera, la tercera con el de Eximiae Devotionis, y bajo el título de Dudum Siquidem la cuarta.

4 LA PRIMERA INTER CAETERA

Fue redactada y despachada en abril, si bien datada unos días después: el 3 de mayo de 1493. Tanto en el título como en el contenido de la misma, se la ha querido ver como una réplica de su homónima portuguesa. En dicho documento papal se hacían dos concesiones fundamentales en favor de los Reyes Católicos: en primer lugar, la donación de tierras descubiertas y por descubrir en el mar océano por la parte de occidente "hacia las Indias", siempre que no perteneciesen a ningún príncipe cristiano. En segundo lugar, la concesión de privilegios espirituales u obligación de "adoctrinar a los indígenas y habitantes dichos en la fe católica e imponerlos en las buenas costumbres". Este documento pecaba de imprecisión.

Para corregir y matizar esta primera concesión papal, se pensó, hacia mayo de 1493 y bajo inspiración colombina, solicitar de Alejandro VI otras dos bulas (la segunda Inter Caetera y la Eximiae Devotionis) llamadas a sustituir e invalidar el primer documento pontificio. El original de este documento se conserva en el Archivo General de Indias, y una copia en el del Vaticano.

Esquema

Introducción; Antecedentes; El origen de las bulas; La primera Inter Caetera; La segunda Inter Caetera; La bula Eximiae Devotionis; La bula Dudum Siquidem

5 LA SEGUNDA INTER CAETERA

Vista preliminar de la sección

Conocida como bula de donación-demarcación, seguía manteniendo la concesión de islas y tierras 'firmes' descubiertas y por descubrir hacia el occidente y 'mediodía'. Era también de demarcación, porque establecía una raya o línea divisoria trazada de norte a sur por el meridiano que pasa a cien leguas de la islas Azores y Cabo Verde, para delimitar las zonas de expansión de Castilla y Portugal en el futuro. A su vez, el pontífice, en esta segunda bula, retrotraía los derechos castellanos sobre las nuevas tierras a la Navidad de 1492, en lugar del tres de mayo de 1493 que decía el anterior documento. Con esto, parece que se quería evitar una posible recalada de naves portuguesas a raíz del éxito colombino; y bajo pena de excomunión se prohibía navegar a las Indias a cualquier persona, sin licencia de los reyes de Castilla. El documento original se conserva en el Archivo General de Indias y una copia en el del Vaticano.

6 LA BULA EXIMIAE DEVOTIONIS

Datada el 3 de mayo de 1493, recoge la concesión de privilegios espirituales que contenía la primera

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