CLASES DE JUSTICIA; CLASES DE IUDICIA
Enviado por clameran • 4 de Marzo de 2014 • 460 Palabras (2 Páginas) • 441 Visitas
CLASES DE JUSTICIA; CLASES DE IUDICIA
En la época Romana la justicia se ejercía de dos maneras; esta se clasifica en el “iudicium legitimum” o juicio legitimo y en el “iudicium quae imperio continetur” o juicios del imperio; el primero se caracterizaba por:
Juicio Legitimo o “iudicium legitimum”
Son juicios legítimos los que se celebran en la ciudad de Roma, o dentro de la primera milla a la redonda, entre ciudadanos romanos y ante un juez único. Estos juicios, en virtud de la ley “Iulia Iudiciaria”, expiran si no son fallados antes del año y seis meses. Se conoce porque concurren sin falta a las siguientes características:
• Son solamente celebrados en Roma o dentro de una milla a la redonda.
• Exclusivamente entre ciudadanos romanos.
• Poseían juez único.
• El juez debía ser ciudadano Romano.
Juicios de Imperio o “iudicium quae imperio continetur”
Son juicios fundados en el imperio del magistrado, dependen del poder del magistrado los juicios ante el tribunal de recuperadores o los que se celebran ante el juez único, pero interviniendo un extranjero como juez o como litigante; igualmente todos los que se celebran fuera de una milla a la redonda de la ciudad de Roma, lo mismo si es entre extranjeros que entre ciudadanos. Estos dependen del poder del magistrado, porque tienen vigencia mientras dura el poder del magistrado que los ordeno. Se conocen porque concurren sin falta a las siguientes características:
• Son celebrados fuera de Roma.
• Una o ambas partes litigantes son extranjeras.
• Puede poseer un juez extranjero o un juez colegiado, como el caso de los recuperatores, aunque todos sean ciudadanos.
Diferencias entre Juicio Legítimos y juicios de Imperio
En los dos modos de ejercer justicia en Roma se pueden encontrar diferencias en cuanto a:
• El tiempo de vigencia de los juicios.
• Los efectos del iudicium, en relación con la necesidad de la “excepción de cosa juzgada o deducida en ju
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icio”. Los juicios que se fundan en el derecho legítimo “iudicia legitima” expiran si no se falla la acción en un año y seis meses; en cambio, los juicios que se fundan en el puro poder político del magistrado (iudicia imperio continentur) no pueden durar más que el tiempo que este mismo ejerce su cargo que es de un año.
RECURSOS DE INTERSECCION
Dentro de las sentencias que emanaban tanto en los juicios legítimos como los del imperio, existían unos procedimientos donde la parte perjudicada podía repugnarse; alegando que la decisión final era injusta y pidiendo la no ejecución de ella, esto a través de las
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