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Clases de justicias


Enviado por   •  20 de Noviembre de 2011  •  Informe  •  736 Palabras (3 Páginas)  •  255 Visitas

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CLASES DE JUSTICIAS:

Justicia distributiva:

Un aspecto interesante de la organización de las sociedades es cómo se detentan los recursos disponibles, los bienes producidos y la riqueza disponible. En principio, en la mayoría de sociedades se han manejado dos conceptos parcialmente incompatibles sobre qué es una distribución justa de los bienes y la riqueza:

• La justicia según la necesidad, sostiene aquellos que tienen mayores necesidades de un bien deben poseer asignaciones mayores.

• La justicia según el mérito, sostiene que aquellos que más contribuyen a la producción de bienes y riqueza deben tener también una mayor proporción de los mismos.

En la práctica en las sociedades modernas los dos criterios de justicia distributiva coexisten en la asignación de recursos, aplicándose con mayor o menor prioridad uno u otro según el caso concreto.

Justicia universal:

El principio de justicia universal trata de evitar la impunidad de los crímenes más atroces cometidos a la humanidad. Ante estos delitos, cada Estado, como integrante de la Comunidad Internacional y con el objetivo de protegerla debe proceder a juzgar a todo delincuente que detenga en su territorio, cualquiera que sea su nacionalidad y el lugar de ejecución del delito, como ocurre, por ejemplo,la piratería y el tráfico de estupefacientes.

Este principio se basa en delitos de naturaleza internacional que atacan intereses fundamentales de la Comunidad Internacional. La definición de estos delitos procede de Tratados Internacionales que ni excluyen ni obligan a la aplicación de este principio considerando que es facultad del Estado preverlo o no en su legislación interna.

Justicia Particular:

La justicia particular regula los derechos de los particulares; se refiere a las relaciones de los particulares entre sí o de los particulares con el todo social. A la justicia particular se la divide en dos aspectos: conmutativa, y distributiva.

Justicia conmutativa:

Es la que se da entre las personas y las comunidades entre sí en un plano de igualdad, cuando se establece el intercambio de cosas, como en las relaciones de derecho privado (compraventas, permutas, arrendamientos, créditos, etcétera).

Son aportaciones que las partes se dan entre sí en un plano de igualdad. El tipo de relación que priva dentro de la justicia conmutativa, es la de coordinación. La justicia conmutativa exige la equivalencia entre prestación y contraprestación, bajo un principio de igualdad aritmética. La relación de justicia conmutativa se da entre dos términos o personas en plano de igualdad.

Justicia social:

es un concepto aparecido a mediados del siglo XIX, referido a las situaciones de desigualdad social, que define

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