Campagne, F. Feudalismo tardío y revolución, Caps. 1-4
Enviado por pabl0_torres • 5 de Octubre de 2022 • Apuntes • 7.347 Palabras (30 Páginas) • 58 Visitas
Campagne, F. Feudalismo tardío y revolución, Caps. 1-4.
1) El señorío (I): la propiedad de la tierra.
El señorío como tipo ideal.
El señorío constaba de dos elementos fundamentales.
- Un componente solariego: la propiedad de la tierra.
- En segundo lugar, un componente jurisdiccional: el poder sobre los hombres
esta distinción permite hablar de dos formas diferentes de señorío, el señorío dominical y el señorío jurisdiccional.
La superposición de ambos componentes da lugar al señorío pleno, pero bien podían existir en forma independiente.
De hecho, el componente solariego es varios siglos anterior al componente
jurisdiccional. Desde mucho antes de apropiarse del poder de ban, los señores fueron
grandes propietarios de tierras. Por otra parte, cuando finalmente se impuso el señorío
jurisdiccional, el nuevo elemento se superpuso sobre el señorío dominical, con una
tendencia a excederlo en términos espaciales. En muy raros casos, un señor era dueño
de la totalidad del territorio sobre el que ejercía su potestad jurisdiccional.
Así, en la España de los Trastámara y de los Austrias fue frecuente la creación
de nuevos señoríos conformados casi exclusivamente por el componente jurisdiccional;
señoríos en los cuales el señor no poseía prácticamente tierras. Se conformaron en
regiones que ya estaban pobladas desde hacía siglos, en las cuales la propiedad de la
tierra se hallaba ya consolidada.
Las tenencias campesinas: la enfiteusis y la ficción del dominio dividido.
El componente dominical del señorío se dividía en dos grandes secciones. Por un
lado, las tenencias campesinas dependientes, o tenencias a censo, que en Francia
recibían el nombre de censive. Por el otro, el dominio o reserva señorial.
El derecho romano había previsto dos formas de acceso a la tierra, el dominium
(propiedad privada absoluta) y la locatio (cesión temporaria del usufructo mediante un
contrato oneroso y limitado). La enfiteusis es una forma intermedia que recurre a una
ficción jurídica fenomenal, al dividir al dominio en dos realidades diferentes, generando
la ilusión de que puede tener dos dueños al mismo tiempo. El dominium queda así
dividido en dominio útil y dominio directo.
Cuando un propietario entregaba una parcela en enfiteusis, estaba cediendo a
perpetuidad el dominio útil, derecho de uso que se convertía en una propiedad per se,
que podía enajenarse y transmitirse libremente. El propietario original de la tierra
conservaba entonces el dominio directo, que le otorgaba el derecho a percibir cargos y
rentas fijadas por la costumbre, también a perpetuidad. Sólo la interrupción del pago por
un plazo prolongado (alrededor de 3 años) podía justificar la confiscación del dominio
útil, que volvía a incorporarse al dominio directo. Era, pues, una forma estable de
propiedad. Por lo demás, el titular del dominio útil podía vender dicho título, y es
importante señalar que esta fue una de las más habituales formas de penetración
burguesa en el campo europeo. En cada transacción de este tipo, el señor del dominio
directo se arrogaba también el derecho a cobrar una tasa de mutación.
Para que la enfiteusis pudiera generalizarse en el Occidente europeo, se requería
la abolición (o, al menos, la atenuación) de la servidumbre, que impedía a los
campesinos ser propietarios de iure de un dominio útil. Al mismo tiempo, la
arbitrariedad en el establecimiento de las cargas, típica de la dependencia servil,
también conspiraba contra la difusión de la enfiteusis. En las cartas de franquicia, que
los señores franceses otorgan (por lo general, las venden) a las comunidades de
campesinos dependientes desde mediados del siglo XII, se percibe con claridad la
transformación jurídica que hizo posible la generalización de la enfiteusis.
Las cargas y tributos derivados del señorío dominical.
Los señoríos solariegos occidentales adquirieron, desde fines de la Edad Media,
una serie de características distintivas: disminución del tamaño de la reserva, reducción
del papel de las tenencias campesinas en la explotación de las tierras del señor, y la casi
plena desaparición de las prestaciones gratuitas de trabajo (corveas). Las cargas que
gravaban las tenencias enfitéuticas se reducían a tres categorías: censos, rentas y tasas
de mutación.
//Los censos se originaron en las conmutaciones monetarias de las prestaciones
compulsivas de trabajo. Aunque pudieron resultar gravosos en el origen, las cartas de
franquicia los transformaron en montos fijos e inamovibles, pagaderos en metálico. En
consecuencia, las inflaciones subsiguientes (s. XIII y s. XVI) licuaron el valor de los
censos, convirtiéndolos en cargas meramente simbólicas. El pago anual del censo
simbolizaba la ficción legal que privaba al productor de la propiedad plena del
dominium.
//Las rentas eran pagos anuales, cuyos montos también se hallaban
estrictamente fijados por la costumbre, pero que no se pagaban en moneda, sino en
especie. Las rentas no implicaban reconocimiento alguno de señorío. En Francia, la más
difundida era el champart, que en ocasiones podía resultar en extremo pesada: en
promedio rondaba el 11% de la cosecha bruta, y en algunas regiones llegaba al 20%.
Los campesinos comparaban esta carga con el diezmo, que también era fijo y en especie.
//Las tasas de mutación se pagaban en caso de compraventa del dominio útil y
en caso de muerte del titular (en cuyo caso las pagaba el heredero). En algunas regiones
de Francia rondaba el 8% del valor de la venta, es decir, dependía de la dinámica del
mercado de tierras.
El dominio o reserva señorial.
Estaba constituida por las tierras del señorío sobre las cuales el señor poseía un
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